Está Vd. en

Documento BOE-A-1995-13959

Resolución de 17 de mayo de 1995, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se prorroga la homologación de los cursos de Especialidad Marítima al Centro de Formación Ocupacional Marítimo de Bamio (Villagarcía de Arosa), del Instituto Social de la Marina.

Publicado en:
«BOE» núm. 137, de 9 de junio de 1995, páginas 17289 a 17289 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-1995-13959

TEXTO ORIGINAL

Examinada la documentación presentada por don Jesús Pérez López, Director provincial del Instituto Social de la Marina de Villagarcía de Arosa, en solicitud de prórroga de homologación del centro que dicho Instituto tiene en El Salgueiral-Bamio para impartir cursos de Especialidad Marítima.

Vista la documentación aportada, así como los informes obrantes en el expediente, y de conformidad con lo establecido en la Orden de 16 de octubre de 1990, así como el punto segundo de la Resolución de 8 de junio de 1993 de esta Dirección General,

Esta Dirección General ha resuelto:

Primero.-Prorrogar la homologación de los cursos de Especialidad Marítima siguientes:

Curso para el personal de buques petroleros.

Curso para el personal de buques-tanque para el transporte de productos químicos.

Curso para el personal de buques-tanque para el transporte de gases licuados.

Curso para la manipulación de gas inerte y lavado con crudo.

Curso de observador de radar de punteo automático (ARPA).

Segundo.-Quince días antes de la celebración del curso remitirá a la Inspección General de Enseñanza Superiores Náuticas relación nominal del profesorado, acompañada del currículum profesional de cada uno de ellos, así como memoria desarrollada del programa y medios materiales a utilizar durante el curso, a efectos de la oportuna inspección por parte de los servicios de esta Dirección General.

Tercero.-En el plazo de quince días de la finalización del curso, el Centro Ocupacional Marítimo de Bamio remitirá a la Inspección General de Enseñanzas Superiores Náuticas las actas del curso y las pruebas realizadas.

Cuarto.-Al personal de la Marina Mercante que haya finalizado con aprovechamiento el curso impartido se le expedirá por la Dirección General de la Marina Mercante (Inspección General de Enseñanzas Superiores Náuticas) el oportuno certificado oficial, a la vista de la certificación emitida por el Centro Ocupacional Marítimo de Bamio, en la que conste que han superado las pruebas establecidas.

Quinto.-Esta prórroga de homologación tendrá validez por dos años, a partir de la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», pudiéndose prorrogar a la vista de la memoria, planes de estudios, prácticas y demás documentación que presente el Centro de Formación Ocupacional Marítima de Bamio sobre los cursos realizados en base a esta homologación.

Sexto.-Al objeto de comprobar que el desarrollo de los cursos se adecua a los niveles de calidad y profesionalidad necesarios, la Inspección General de Enseñanzas Superiores Náuticas efectuará inspecciones periódicas de los mismos.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 17 de mayo de 1995.-El Director general, Pedro Anatael Meneses Roque.

Ilmo. Sr. Inspector general de Enseñanzas Superiores Náuticas.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid