La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado una sentencia el 20 de febrero de 1995, en el recurso contencioso-administrativo número 1.497/1994, interpuesto por doña Isabel Gallego Ceballos contra la Resolución de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de 7 de febrero de 1994, que desestimó el recurso de reposición planteado por la interesada contra los actos administrativos por los que a partir de la entrada en vigor de la Ley 33/1987 se abonan los trienios perfeccionados.
La parte dispositiva de la mencionada sentencia contiene el pronunciamiento siguiente:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña María Isabel Gallego Ceballos contra la Resolución de 15 de febrero de 1994, que desestimó la pretensión formulada, debemos confirmar y confirmamos dicha resolución administrativa por ser conforme a Derecho sin hacer condena en costas.»
En su virtud, esta Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conforme a lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto el cumplimiento y ejecución, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.
Madrid, 13 de junio de 1995.-La Directora general, Juana María Lázaro Ruiz.
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