En virtud de las competencias atribuidas al Director general del Instituto Nacional de la Seguridad Social por los artículos 59.2, c), 64.3, c), y 72.1, b), del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento general de ingresos del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, y de conformidad con el artículo 13.1 y 3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 27), se dispone:
Primero.-Delegar en el Subdirector general de Régimen Interior de esta entidad, respecto del personal destinado en la misma, las siguientes competencias:
a) Las resoluciones sobre redistribución de efectivos. Respecto al personal adscrito a las Intervenciones Centrales y Territoriales, las competencias que en esta materia se delegan se efectuarán a propuesta del Interventor general de la Seguridad Social. b) Las resoluciones sobre comisiones de servicio.
c) Atribuir el desempeño provisional de puestos de trabajo en los casos previstos en el artículo 21.1, b), de la Ley 30/1984, de 2 de agosto («Boletín Oficial del Estado» del 3).
Se exceptúan de esta delegación las facultades delegadas en el punto siguiente a los Directores provinciales.
Segundo.-Delegar en los Directores provinciales de este Instituto las siguientes competencias de los funcionarios destinados en cada Dirección Provincial:
a) Las resoluciones sobre redistribución de efectivos.
b) Las resoluciones sobre las comisiones de servicio, siempre que tengan lugar dentro del ámbito provincial.
c) Atribuir el desempeño provisional de puestos de trabajo en los casos previstos en el artículo 21.2, b), de la Ley 30/1984, de 2 de agosto («Boletín Oficial del Estado» del 3).
Tercero.-Esta Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 12 de junio de 1995.-El Director general, Fidel Ferreras Alonso.
Sres. Secretario general, Subdirectores generales, Gerente del Fondo Especial, Interventor Central y Directores provinciales del INSS.
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