En el recurso contencioso-administrativo número 1.662/1993, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Estudio 2000, Sociedad Anónima», contra resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 15 de enero de 1992 y de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 28 de mayo de 1993, se ha dictado, con fecha 25 de marzo de 1995, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto en nombre de la entidad "Estudio 2000, Sociedad Anónima", contra resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas, Registro de la Propiedad Industrial, de fecha 15 de enero de 1992, por la que se concedió la inscripción de la marca número 482.658, a favor de la entidad "Puma-Sportschuhfabriken Rudolf Dassler K. G." para las clases 9, 10, 12, 37 y 41, y contra la resolución del mismo organismo, de 28 de mayo de 1993, que desestimó el recurso de reposición interpuesto contra la anterior, debemos declarar y declaramos la nulidad de las resoluciones impugnadas, que quedarán sin efecto, como no ajustadas a Derecho, por lo que declaramos que no procede la concesión de la inscripción solicitada; sin hacer imposición de costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de junio de 1995.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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