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Documento BOE-A-1995-19091

Orden de 27 de julio de 1995 por la que se convoca concurso para la adjudicación de 355 plazas de alojamiento en la residencia de estudiantes «Colegio de Oviedo», de la Universidad de Salamanca, para el curso académico 1995-1996.

Publicado en:
«BOE» núm. 189, de 9 de agosto de 1995, páginas 24714 a 24715 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1995-19091

TEXTO ORIGINAL

Con objeto de facilitar el alojamiento de jóvenes estudiantes de baja renta, desplazados de su lugar de origen por razón de sus estudios en la Universidad de Salamanca, se suscribió el 28 de abril de 1992 un Convenio entre el Ministerio de Asuntos Sociales, la Junta de Castilla y León, el Ayuntamiento de Salamanca y la Universidad de Salamanca.

Una vez finalizada la construcción y acondicionamiento del inmueble correspondiente, y para la consecución definitiva del objeto del Convenio, es preceptivo, según se recoge en la estipulación quinta del Convenio, la oferta de las plazas a los y las jóvenes mediante Orden del Ministerio de Asuntos Sociales, cuyas bases han sido previamente acordadas por el Comité de Dirección, según lo establecido en el reiterado Convenio.

En su virtud, tengo a bien disponer:

Se convoca concurso para la adjudicación de 355 plazas de alojamiento en la Residencia de Estudiantes «Colegio de Oviedo», de Salamanca, que se regirá por las bases que figuran como anexo de la presente Orden.

Madrid, 27 de julio de 1995.

ALBERDI ALONSO

ANEXO

Primera.-Se convoca a concurso público de méritos 355 plazas de residentes, para el curso académico 1995-1996, en la residencia de estudiantes «Colegio de Oviedo», que se otorgarán de conformidad con las presentes bases.

Segunda.-Son posibles beneficiarlos de una plaza de residente las siguientes personas:

a) Estudiantes de primero y segundo Ciclo, en cualquiera de las Diplomaturas y Licenciaturas de la Universidad de Salamanca.

b) Estudiantes de Tercer Ciclo y Becarios de Investigación y Ayudantes que realicen su labor con carácter transitorio en la Universidad de Salamanca y las personas aspirantes a dicha condición hasta la resolución de su vinculación definitiva con esta Universidad. Para este colectivo se reservará el 5 por 100 de las plazas ofertadas.

En cualquiera de los casos establecidos en los párrafos anteriores, los adjudicatarios de las plazas serán menores de veintiséis años, con bajo nivel de renta.

c) En caso de quedar plazas disponibles después de su adjudicación a las personas incluidas en los apartados a) y b), el resto de las plazas podrán ser cubiertas por cualesquiera estudiantes de la Universidad de Salamanca, menores de veintiséis años de edad, no incluidos en el apartado a), aunque no reúnan los requisitos de renta o de distancia.

Tercera.-Las plazas de la residencia universitaria «Colegio de Oviedo» que salen a concurso son las siguientes:

a) Doscientas sesenta y cuatro plazas en 132 habitaciones dobles: El precio ordinario por alojamiento (sin extras) al que se ofrecen estas plazas es de 45.203 pesetas mensuales por residente. El precio subvencionado es de 35.203 pesetas/mes, si la renta personal y familiar ponderada no excede de 3,5 veces a 2,5 veces el S.M.I., y de 30.203 pesetas/mes, si la renta personal y familiar ponderada no excede de 2,5 a 0 veces el S.M.I.

b) Ochenta y nueve plazas en habitaciones individuales:

El precio ordinario al que se ofrecen estas plazas es de 54.576 pesetas/mes por residente. El precio subvencionado estará en función del nivel de renta familiar o personal. Si la renta personal y familiar ponderada no excede de 3,5 veces a 2,5 veces el S.M.I., será de 44.576 pesetas/mes; si dicha renta no excede de 2,5 a 0 veces el S.M.I., será de 39.576 pesetas/mes.

c) Dos habitaciones individuales para residentes discapacitados con un grado de minusvalía igual o superior al 65 por 100:

El precio al que se ofrecen estas plazas será de 30.203 pesetas/mes.

Cuarta.-Las plazas se adjudicarán por una Comisión de Selección que realizará su asignación conforme a una valoración ponderada a los siguientes criterios:

a) Para los estudiantes de primero y segundo ciclo que soliciten una de las plazas previstas en el punto a) de la base tercera, se aplicarán los siguientes índices de prioridad:

1. Nivel de renta personal y familiar ponderada según la legislación vigente:

Entre 3,5 y 3 veces el S.M.I.: 5

Menor de 3 y hasta 2,5 veces el S.M.I.: 8

Menor de 2,5 y hasta 2 veces el S.M.I.: 12

Menor de 2 y hasta 1,5 veces el S.M.I.: 16

Menor de 1,5 y hasta 1 veces el S.M.I.: 20

Menor de 1 vez el S.M.I.: 26

2. Distancia del domicilio familiar al centro docente:

Entre 5 y 10 kilómetros: 3.

Entre 10 y 30 kilómetros: 6.

Entre 30 y 50 kilómetros: 10.

Más de 50 kilómetros: 12

3. Expediente académico:

Aprobado-Suficiente: 3.

Bien: 6.

Notable: 10.

Sobresaliente: 12.

Matrícula honor: 14

b) Para las personas recogidas en el punto b) de la base segunda los criterios de preferencia serán los de renta económica y expediente académico.

c) Para las personas recogidas en el punto c) de la base segunda los criterios de preferencia serán los de expediente académico.

Quinta.-El otorgamiento de una plaza de residente es por el plazo de un curso académico. La readmisión no es un derecho. Aquellos que deseen continuar en la residencia en el curso siguiente, deberán solicitar nuevamente su admisión al centro para un período nuevo. La resolución sobre la nueva adjudicación se ajustará a las bases previstas en la convocatoria correspondiente, teniendo en cuenta además las notas obtenidas en el curso anterior y el informe de la Dirección sobre el cumplimiento de la normativa vigente y el adecuado desenvolvimiento de la convivencia.

Los residentes aceptarán el reglamento de funcionamiento interno, cuya aplicación corresponde a la Dirección académica de la Residencia. Los residentes se comprometen a cumplir las normas de convivencia de la residencia, así como el resto de las normas universitarias, además de las que se establezcan para el adecuado uso de los servicios y el funcionamiento general de la residencia.

Sexta.-Todo posible beneficiario que desee ser admitido en la residencia deberá dirigir a la Dirección del Servicio de Colegios y Residencias de la Universidad de Salamanca, plaza Fonseca, sin número, su solicitud en el impreso previsto a tal efecto, que se le proporcionará en dicho Servicio. La solicitud deberá presentarse, en horario de mañana, en el Registro general de la Universidad de Salamanca, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, hasta quince días hábiles después de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

A la vista de las solicitudes presentadas la Comisión de selección resolverá sobre la concesión de las plazas. La resolución de adjudicación de las plazas podrá ser recurrida mediante los procedimientos legales establecidos.

La Comisión podrá ampliar el plazo de presentación de solicitudes atendiendo a las circunstancias que concurran.

Séptima.-a) Los estudiantes de primero, segundo, tercer ciclo, así como cualquier persona que aspire a una de estas categorías deberán presentar los siguientes documentos:

1. Solicitud y Cuestionario anexo debidamente rellenados.

2. Certificación académica oficial de los estudios realizados en 1994-1995, y en su caso, tarjeta de selectividad o fotocopia compulsada de los mismos.

3. Certificado médico oficial de no padecer enfermedad infectocontagiosa.

4. Cuatro fotografías tamaño carné (una puesta en la solicitud)

5. Documentación acreditativa de la renta del último ejercicio fiscal de todos los miembros perceptores de la unidad familiar, mediante fotocopia de la declaración de la Renta 1994 (en caso de no estar obligado a presentarla: Certificado de empresa, Seguridad Social u organismo pagador). Si el solicitante es independiente deberá acreditar esta circunstancia mediante justificante de pago de alquiler de vivienda y justificante de ingresos propios.

6. Certificado de empadronamiento que exprese la fecha desde la que reside en el municipio declarado como habitual, declaración jurada en que conste la distancia desde el domicilio familiar a la residencia.

7. Focotopia del libro de familia.

8. Fotocopia del DNI y del NIF.

9. Documentación que acredite, en cada caso, la vinculación con la Universidad de Salamanca (resguardo de matrícula o impreso de preinscripción, acreditación de admisión o preadmisión a alguno de los cursos, así como cualquier otro documento que acredite su vinculación con la Universidad).

10. Para todos los solicitantes, declaración jurada, debidamente firmada, en la que harán constar su aceptación de las normas de la residencia.

b) Los becarios de investigación y ayudantes de la Universidad deberán remitir la misma documentación del apartado a), con la salvedad en el punto 2, que deberá ser sustituido por su currículum vitae.

Octava.-La efectiva ocupación de la plaza estará condicionada a la presentación del documento que acredite el pago de una fianza de 25.000 pesetas.

En el supuesto de que se produjese la renuncia voluntaria a la plaza de residente antes de que finalizase el plazo de terminación del curso académico se perderá la fianza salvo que dicha plaza se abandone por causa de fuerza mayor.

En el supuesto de que algún residente causase, voluntaria o involuntariamente, daños a los bienes de la residencia, se asignarán estas cantidades, así como las que les fueren reclamadas en su caso, a la reparación de los perjuicios ocasionados.

De no concurrir ninguna de las circunstancias expresas en los párrafos anteriores, así como las contempladas en el Reglamento de funcionamiento, se devolverán las cantidades señaladas una vez finalizado el curso académico.

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