Visto el expediente de reconocimiento, clasificación e inscripción en el Registro de Fundaciones Culturales Privadas y Entidades análogas de la Fundación «Concha Márquez», y
Resultando que por doña María Concepción Márquez Cecilia y cinco personas más se procedió a constituir una fundación cultural privada con la expresada denominación en escritura pública compresiva de los estatutos que han de regir la misma, ante el Notario de Madrid don José Manuel Senante Romero, el día 26 de abril de 1994 posteriormente complementada por otras dos escrituras de modificación autorizadas por el Notario de Madrid don Emilio Villalobos Bernal de fechas 29 de diciembre de 1994 y 30 de mayo de 1995, fijándose su domicilio en Madrid, calle Sánchez Barcaiztegui, número 18, bajo;
Resultando que el capital inicial de la institución asciende a la cantidad de 1.000.000 de pesetas, aportadas por la fundadora doña María Concepción Márquez Cecilia, constando certificación de que dicha cantidad se encuentra depositada en entidad bancaria a nombre de la fundación, se especifica el objeto de la misma consistente en: El desarrollo de las actividades que, con carácter meramente enunciativo se determinan como fines generales y actividades específicas y que son los siguientes: a) Reconocimiento y expansión de jóvenes artistas en las áreas de pintura y escultura preferentemente y otras actividades artísticas afines. b) Realización de exposiciones individuales y colectivas. c) Concursos y becas de estudio para apoyo y estímulo de creación artística. d) Sustentar el material específico y necesario para el desarrollo de las actividades propias del artista. e) Celebración de conferencias, coloquios y seminarios que contribuyan a la mejora del trabajo. f) Intercambio y relaciones de actividades que contribuyan a la mejora de las condiciones artísticas con otras entidades. g) Difusión e investigación de las actividades que abarquen todo tipo de creación artística y que contribuyan a encontrar nuevas vías de desarrollo. Son actividades específicas de la Fundación: a) Financiación y promoción de exposiciones. b) Concesión de becas. c) Concursos y premios de arte. d) Promoción de seminarios y mesas redondas. e) Creación de centros de educación artística y financiación a la investigación. f) Creación y promoción de iniciativas y proyectos para dotación de material. g) Edición, creación y fondo documental de publicaciones artísticas. h) Colaboración con las instituciones y fundaciones del Estado, Comunidades Autónomas, Municipios y otros organismos públicos en actividades afines de la fundación;
Resultando que el gobierno, administración y representación de la Fundación se encomienda a un patronato constituido como sigue: Presidenta: Doña María Concepción Márquez Cecilia; vicepresidente: don Roberto Ferrer García; tesorera: Doña Silvia Muster Márquez; secretario: Don José Luis Belda Blanco; asesor jurídico: Doña Pilar Gómez Pérez, y administrador: Don Celestino Cuesta Gascón, todos los cuales han aceptado expresamente sus cargos.
Vistos la Constitución vigente; la Ley General de Educación, de 4 de agosto de 1970; el Reglamento de las Fundaciones Culturales Privadas y Entidades análogas, de 21 de julio de 1972; los Reales Decreto 1762/1979, de 29 de junio; 565/1985, de 24 de abril y la Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de interés General y las demás disposiciones concordantes y de general aplicación;
Considerando que, conforme a lo prevenido en los artículos 1 y 2 del Real Decreto 1762/1979, en relación con el artículo 103.4 del Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas, de 21 de julio de 1972, es de la competencia de este Departamento el reconocer, clasificar e inscribir la presente Fundación, en consideración a los fines que se propone cumplir;
Considerando que el presente expediente ha sido promovido por persona legitimada para ello, y que al mismo se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos señalados en el artículo 1.º del Reglamento de las Fundaciones Culturales Privadas y Entidades análogas, aprobado por Decreto 2930/1972, de 21 de julio, con las especificaciones de sus artículos 6.º y 7.º, siendo por su carácter una institución cultural y benéfica,
Este Ministerio a propuesta de la Secretaría General del Protectorado, previo informe favorable del Servicio Jurídico del Departamento, ha resuelto:
Primero.-Reconocer como fundación cultural privada, con el carácter de benéfica, la denominada Fundación «Concha Márquez».
Segundo.-Encomendar su representación y gobierno al patronato cuya composición anteriormente se detalla.
Tercero.-Aprobar su presupuesto para el primer año.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 28 de julio de 1995.-P. D. (Orden de 9 de junio de 1994), el Subsecretario, Enrique Linde Paniagua.
Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento.
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