La Orden de 14 de julio de 1995 («Boletín Oficial del Estado» del 25) procedió a desarrollar la legislación establecida por el Real Decreto 959/1990 en relación con las condiciones precisas para la obtención de los diferentes títulos y licencias aeronáuticos civiles.
En desarrollo del punto 1.2.7 de la mencionada Orden, esta Dirección General acuerda aprobar los programas correspondientes para la obtención del título de Mecánico de a bordo, los cuales serán publicados en los Servicios Centrales de este centro directivo y en las Direcciones Provinciales del Ministerio de Obras Públicas, Transporte y Medio Ambiente.
Madrid, 25 de julio de 1995.-El Director general, Juan Manuel Bujía Lorenzo.
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