Para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha de 30 de diciembre de 1994 por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Sevilla) en el recurso contencioso-administrativo número 348/1993, promovido por doña Margarita Medina Vinuesa, contra resolución expresa de este Ministerio denegatoria de la petición formulada por la recurrente sobre abono de diferencias retributivas por el concepto de indemnización por residencia, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: Que desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña Margarita Medina Vinuesa contra la resolución que recoge el primero de los antecedentes de hecho de esta Sentencia, lo que consideramos ajustada al ordenamiento jurídico. Sin costas.»
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.
Madrid, 15 de septiembre de 1995.-P. D. (Orden de 28 de octubre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» de 14 de noviembre), el Subsecretario, José Luis Temes Montes.
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