La entidad denominada Montepío de Previsión Social Empleados de Cofares fue inscrita por Resolución de la Dirección General de la Seguridad Social del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de fecha 29 de septiembre de 1975, con el número 3.053, en el Registro Oficial de Entidades de Previsión Social, creado al amparo de la Ley de 6 de diciembre de 1941 y Reglamento para su aplicación de 26 de mayo de 1943, ambas disposiciones derogadas por la disposición derogatoria 1.b) de la Ley 33/1984, de 2 de agosto, sobre Ordenación del Seguro Privado, y por la disposición final segunda del Reglamento de Entidades de Previsión Social de 4 de diciembre de 1985.
La referida entidad ha presentado ante esta Dirección General de Seguros documentación acreditativa del acuerdo adoptado por la Asamblea General, en reunión celebrada el 23 de abril de 1995, en relación con la modificación de sus Estatutos sociales y del objeto social en particular.
A la vista de la actividad que la entidad venía desarrollando, del acuerdo adoptado y documentación aportada por la misma y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 29.1.a) y b) de la Ley 33/1984, de 2 de agosto, sobre Ordenación del Seguro Privado,
Este Ministerio, a propuesta de la Dirección General de Seguros, ha acordado:
Cancelar a la entidad denominada Montepío de Previsión Social Empleados de Cofares del Registro Especial de Entidades Aseguradoras establecido en los artículos 40 de la Ley 33/1984, de 2 de agosto, sobre Ordenación del Seguro Privado, y 13 del Reglamento de Entidades de Previsión Social de 4 de diciembre de 1995.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 21 de septiembre de 1995.-P. D. (Orden de 29 de diciembre de 1986), el Secretario de Estado de Economía, Alfredo Pastor Bodmer.
Ilmo. Sr. Director general de Seguros.
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