Por Orden de 25 de mayo de 1993 se acordó revocar la autorización administrativa concedida a la entidad «La Maquinista Terrestre, Sociedad de Socorros y Retiros de Empleados y Obreros de los Ferrocarriles de España» (en liquidación), para realizar operaciones de previsión social de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29.1, b), de la Ley 33/1984, de 2 de agosto, sobre Ordenación del Seguro Privado.
Ultimada la liquidación, habiéndose cumplimentado el requisito previsto en el artículo 106.2 del Reglamento de Ordenación del Seguro Privado de 1 de agosto de 1985, a propuesta de la Dirección General de Seguros,
Este Ministerio ha tenido a bien:
Primero.-Declarar la extinción de la entidad denominada «La Maquinista Terrestre, Sociedad de Socorros y Retiros de Empleados y Obreros de los Ferrocarriles de España» (en liquidación).
Segundo.-Proceder a su cancelación del Registro Especial de Entidades Aseguradoras previsto en los artículos 40 de la Ley 33/1984, de 2 de agosto, sobre Ordenación del Seguro Privado, y 13 del Reglamento de Entidades de Previsión Social de 4 de diciembre de 1985.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 21 de septiembre de 1995.-P. D. (Orden de 29 de diciembre de 1986), el Secretario de Estado de Economía, Alfredo Pastor Bodmer.
Ilmo. Sr. Director general de Seguros.
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