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Documento BOE-A-1995-25045

Resolución de 20 de octubre de 1995, de la Universidad de Extremadura, por la que se ejecuta, en sus propios términos, la sentencia número 884/1995, dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el recurso contencioso-administrativo número 375/1994, promovido por don Antonio Pérez Díaz.

Publicado en:
«BOE» núm. 275, de 17 de noviembre de 1995, páginas 33506 a 33507 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1995-25045

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 375/1994, seguido a instancia de don Antonio Pérez Díaz, y que versa sobre Resolución dictada por el Rectorado de la Universidad de Extremadura, de fecha 2 de febrero de 1994, por la que se deniega la petición de revisión de los efectos económicos reconocidos tras la evaluación de méritos docentes practicada en su momento y con efectos de 1 de abril de 1989, se ha dictado sentencia por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, con fecha 19 de octubre de 1995, cuya parte dispositiva contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos: Estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto, en su propio nombre, por don Antonio Pérez Díaz, contra la Resolución del Rectorado de la Universidad de Extremadura, de 2 de febrero de 1994, por la que se declaraba la extemporaneidad de la reclamación de abono de atrasos en concepto de retroactividad de los méritos docentes valorados a efectos de determinar el complemento específico, debemos anular y anulamos la citada resolución por no estar ajustadas al ordenamiento jurídico y, en su consecuencia se reconoce el derecho del actor a percibir por el concepto indicado la cantidad de 447.117 pesetas; sin hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas del proceso.»

En su virtud, este Rectorado, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1989, de 1 de junio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado» para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Badajoz, 20 de octubre de 1995.-El Rector, César Chaparro Gómez.

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