En el recurso contencioso-administrativo número 28/1992, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Repsol-Butano, Sociedad Anónima», contra Resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 1 de junio de 1990 y 15 de junio de 1991, se ha dictado, con fecha 29 de abril de 1995 por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto en nombre de la entidad "Repsol-Butano, Sociedad Anónima" contra la resolución del Registro de la Propiedad Industrial (hoy Oficina Española de Patentes y Marcas), de 15 de junio de 1991, por la que se desestimó el recurso de reposición interpuesto contra la de 1 de junio de 1990, que concedió la inscripción de la marca número 515.611, denominativa «Cutano», para productos de la clase 3.ª, a favor de la entidad coadyuvante doctor Korl Thomae G.M.B.H., debemos declarar y declaramos la nulidad de las resoluciones impugnadas, por ser contrarias a Derecho, con los efectos consiguientes, sin hacer imposición de costas.»
En su virtud, este organismo en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 16 de octubre de 1995.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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