Aprobada por Resolución Rectoral de 10 de agosto de 1995 la oferta de empleo público para 1995 del personal de Administración y Servicios de la Universidad de La Coruña,
Este Rectorado, en uso de las competencias que le estan atribuídas en el articulo 18 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, en relación con el artículo 3.º, 2 e) de la misma norma, así como en los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Decreto de la Junta de Galicia 253/1992, de 10 de septiembre («Diario Oficial de Galicia» del 17), y al objeto de atender las necesidades de personal de Archivos, Bibliotecas y Museos, resuelve
Artículo 1.
Convocar pruebas selectivas para cubrir 28 plazas de funcionarios de la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos, grupo B, de la Universidad de La Coruña, destinados a realizar las funciones de gestión y técnicas especializadas en el ámbito orgánico de archivos y bibliotecas.
Del total de plazas convocadas se reservará una plaza para ser cubierta entre personas con minusvalía de grado igual o superior al 33 por 100, de conformidad con lo previsto en la disposición adicional decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto. En el caso de no ser cubierta por este turno, dicha plaza se acumulará a las del sistema general de acceso libre.
Las pruebas selectivas se realizarán con sujeción a las siguientes bases:
Bases de la convocatoria
1. Solicitudes
1.1 Los que deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en la instancia según modelo que figura como anexo IV. A la instancia se acompañará focotopia del documento nacional de identidad, acreditándose además el pago de los derechos de examen en la forma prevista en el punto 1.2.
Las solicitudes se dirigirán al Excelentísimo Señor Rector de la Universidad de La Coruña en el plazo de 20 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
La presentación de las solicitudes se hará en el Registro General de la Universidad de La Coruña (rúa de la Maestranza, sin número), o en las restantes formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» del 27 de noviembre),
1.2 Los derechos de examen serán de 7.570 pesetas que se ingresarán, directamente o mediante transferencia, en cualquiera de las oficinas de la Caja Postal, en la cuenta corriente número 17957982, «Pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos», a nombre de la Universidad de La Coruña. A la solicitud deberá acompañarse el resguardo acreditativo del pago de los derechos de examen, cuya falta determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso el pago supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 1.1.
1.3 Los aspirantes que aleguen méritos en la fase de concurso deberán acreditarlos mediante certificación expedida por la Gerencia de la Universidad de La Coruña. Esta certificación deberá acompañarse unida a la solicitud.
1.4 Los aspirantes que concurran a las plazas reservadas para quienes tengan la condición legal de minusvalía deberán formular la correspondiente opción con declaración expresa de reunir la condición exigida al respecto.
1.5 Los aspirantes que padezcan alguna discapacidad, podrán indicarlo en el recuadro número 14 de la solicitud y solicitar, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en los que esta adaptación sea necesaria, expresándolo en el recuadro número 15.
1.6 En el recuadro 17 de la solicitud se hará constar el idioma, francés, inglés o alemán, que se elige para el segundo ejercicio.
1.7 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hagan constar en sus solicitudes, pudiendo unicamente demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido en la base 1.1. para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza, salvo causa excepcional sobrevenida, justificada y discrecionalmente apreciada por el Tribunal.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser español.
b) Tener cumplidos dieciocho años de edad y menos de sesenta y cinco.
c) Estar en posesión del título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Formación Profesional de tercer grado o equivalente, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en la que finalice el plazo de presentación de las solicitudes. De conformidad con lo establecido en la disposición transitoria quinta de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, se considera equivalente al título de Diplomado Universitario el tener superado tres años completos de Licenciatura.
d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni estar inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme.
2.2 Todos los requisitos deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de las solicitudes y gozar de los mismos durante el proceso selectivo.
3. Discapacidades
3.1 Para la realización de las pruebas selectivas el Tribunal calificador de las mismas establecerá, para las personas con minusvalías que lo hubiesen demandado en la solicitud de admisión, las adaptaciones posibles de tiempos y medios.
4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad dictará resolución, que será publicada en el «Boletín Oficial del Estado», declarando aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos, que serán hechas públicas en el tablón de anuncios del Rectorado de la Universidad y en el Vicerrectorado del Campus de Ferrol, con mención expresa de los apellidos, nombre, documento nacional de identidad, y en su caso, las causas de la exclusión.
Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados la partir de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida Resolución, para subsanar el defecto que tenga motivado la exclusión. Transcurrido dicho plazo, el Rector dictará Resolución declarando aprobada la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, contra la que los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
4.2 El hecho de figurar en lista de admitidos no prejuzga que se les reconozca a los interesados la posesión de los requisitos exigidos, cuestión que tendrán que acreditar en su momento, de acuerdo con lo previsto en la base 9.1 de esta convocatoria.
5. Sistema selectivo
5.1 El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición libre, con la valoración de méritos, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
5.2 El programa de los ejercicios de la fase de oposición es el que figura como anexo II.
6. Tribunal calificador
6.1 El Tribunal calificador es el que figura como anexo III de la presente convocatoria.
6.2 El Tribunal en su constitución, composición y funcionamiento se atendrá a lo dispuesto en el artículo 13 del Real Decreto 364/1995 y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» del 27 de noviembre).
6.3 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas en el número que estime necesario.
6.4 El Tribunal tendrá la categoría segunda de las recogidas en el Decreto 299/1990, de 24 de mayo («Diario Oficial de Galicia» de 1 de junio).
7. Calendario de las pruebas
7.1 El lugar y fecha del comienzo de los ejercicios será hecho público en la Resolución Rectoral que apruebe las listas de aspirantes admitidos y excluidos.
7.2 La duración máxima de las pruebas selectivas será de un año desde la fecha de publicación de la presente convocatoria.
7.3 Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.
7.4 El orden de actuación de los aspirantes será el que determine la Dirección General de la Función Pública de la Comunidad Autónoma para el año en que se realice la prueba.
8. Lista de aprobados
8.1 Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de oposición el Tribunal calificador hará públicas, en el lugar o lugares de celebración de los ejercicios y en aquellos otros que estime oportuno, las relaciones de aspirantes que hayan superado cada uno de ellos, con indicación de la puntuación obtenida.
8.2 La lista con la valoración de los méritos de la fase de concurso se hará pública una vez celebrado el último ejercicio de la fase de oposición.
8.3 El Tribunal hará pública, en la sede del Rectorado en La Coruña y del Vicerrectorado del Campus de Ferrol, la lista de los aspirantes que superaron el proceso selectivo, constituida por los opositores que hubiesen obtenido mayor puntuación en el mismo, de acuerdo con el sistema de puntuación previsto en el anexo I. Estas listas serán confeccionadas según el orden de puntuación final alcanzada por cada aspirante, y en ningún caso podrá contener un número de candidatos superior al de las plazas convocadas. Los opositores que no se encuentren incluidos en esta relación tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos, único extremo acerca del que podrá el Tribunal certificar.
8.4 El Tribunal elevará al Rector la relación definitiva de los aspirantes aprobados por el orden de esta puntuación final, en la que se especificarán, además, las calificaciones de las fases de concurso y de oposición, con propuesta de que se extienda a su favor nombramiento de funcionarios de carrera.
9. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios
9.1 En el plazo de veinte días naturales a partir del día siguiente al que se hiciese pública la relación definitiva de aprobados en las pruebas selectivas, éstos deberán presentar en la Gerencia de la Universidad de La Coruña (rúa de la Maestranza, sin número) los siguientes documentos:
a) Fotocopia compulsada del título exigido para acceder a las pruebas.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
c) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el servicio.
d) Certificado de los órganos competentes de la Comunidad Autónoma que acredite la condición legal de minusvalía, en su caso.
9.2 Cumplimentados debidamente por los aspirantes que superaron las pruebas selectivas los trámites de presentación de documentos, serán nombrados funcionarios de carrera de la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de La Coruña, mediante Resolución del Rectorado de la Universidad que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».
Artículo 2.
Las presentes pruebas selectivas se ajustarán a lo dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio; la Ley 4/1988, de 26 de mayo, de la Función Pública de Galicia; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 10 de abril), que aprueba el Reglamento General de Ingreso de Personal al servicio de la Administración General del Estado; el Decreto 95/1991, de 20 de marzo («Diario Oficial de Galicia» del 25); la Ley 30/1992, del 26 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 27 de noviembre), los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Decreto de la Junta de Galicia 253/1992, de 10 de septiembre («Diario Oficial de Galicia» de 17 de septiembre) y las bases de esta convocatoria.
Artículo 3.
La presente convocatoria, sus bases, y cuantos actos administrativos se deriven de ellas podrán ser impugnados ante la jurisdicción del contencioso-administrativo en los casos y en la forma establecidos en la Ley de 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, («Boletín Oficial del Estado» del 27).
Asimismo, los interesados podrán interponer recurso ordinario contra los actos del Tribunal calificador ante el Rector de la Universidad de La Coruña, en los términos previstos en el artículo 114 y concordantes de la mencionada Ley.
La Coruña, 27 de noviembre de 1995.-El Rector, José Luis Meilán Gil.
ANEXO I
Procedimiento de selección
Fase de oposición
La oposición constará de las cuatro pruebas que seguidamente se indican, todas ellas de carácter obligatorio, siendo eliminatorias las tres primeras. En aquellas pruebas en que para establecer la puntuación final sea preciso aportar por cada uno de los miembros del Tribunal su puntuación particular, dicha puntuación se obtendrá con la media aritmética de las otorgadas por cada uno de los miembros del Tribunal, debiendo desecharse a estos efectos la máxima y la mínima concedidas o, en su caso, una de las que aparezcan repetidas como tales.
a) Primera prueba. Consta de dos ejercicios:
Primer ejercicio: Catalogación de dos impresos modernos, que se ajustará a las vigentes «Reglas de Catalogación» (Madrid. Ministerio de Cultura) y al Formato Ibermarc (Madrid. Ministerio de Cultura). Los encabezamientos de materia se redactarán libremente o ajustándose a alguna de las listas de encabezamientos existentes.
Los aspirantes podrán utilizar para este ejercicio el material que estimen oportuno.
Segundo ejercicio: Consistirá en la realización por escrito, en español o gallego, de un resumen (de hasta 300 palabras) de un texto con sentido completo, relativo a temas bibliotecarios/documentales, en idioma extranjero (inglés, francés o alemán, a elección del opositor, que lo indicará en el impreso de solicitud de participación en las pruebas selectivas). La realización de este ejercicio podrá hacerse con ayuda de diccionario de lengua y de vocabulario técnico.
El tiempo máximo de realización de cada uno de los dos ejercicios será de una hora. Se calificará de 0 a 10 puntos cada ejercicio, siendo necesario para superar la prueba obtener un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos.
b) Segunda prueba: Consistirá en el desarrollo por escrito de tres temas, uno por cada uno de los grupos en que se divide el programa que se incluye como anexo II de la presente convocatoria. Cada tema será elegido por el opositor entre dos del mismo grupo seleccionados por sorteo en presencia de los opositores.
Los opositores dispondran de un tiempo máximo de tres horas y media para la realización de este ejercicio. Los temas serán leídos por los aspirantes, en sesión pública convocada al efecto, ante el Tribunal, que valorará, además de los contenidos, la claridad y el orden de las ideas, y la facilidad de expresión escrita.
Esta prueba se calificará de 0 a 10 puntos cada tema, y se eliminara a los aspirantes que no alcancen un mínimo de 15 puntos en total, así como a aquellos que obtengan una puntuación inferior a 5 puntos en el tema del tercer grupo.
c) Tercera prueba: Consistirá en una entrevista personal con el Tribunal para evaluar la idoneidad del aspirante respecto a las funciones atribuidas a la escala de funcionarios a la cual oposita, la capacidad de juicio, la madurez intelectual, la capacidad de relacionar y otras aptitudes referidas a las materias que son objeto de esta convocatoria, en base a las cuestiones que le serán formuladas.
La duración máxima de la entrevista será de veinte minutos.
Esta prueba se calificara de 0 a 10 puntos.
d) Prueba de lengua gallega: Consistirá en la traducción de dos textos propuestos por el Tribunal, uno del gallego al castellano y otro del castellano al gallego, sin diccionario, y durante un tiempo de treinta minutos como máximo.
Esta prueba se valorará de 0 a 3 puntos.
Fase de concurso
Se valorarán los servicios prestados en la Universidad de La Coruña como Diplomado Universitario del área de Biblioteca y Archivo, en régimen de contrato temporal o funcionario interino, a razón de 0,25 puntos por cada mes completo, hasta un máximo de 4,5 puntos.
Sistema de puntuación
La puntuación final de cada aspirante vendrá dada por la suma total de todas las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en las pruebas de la fase de oposición.
En caso de empate entre dos o más aspirantes se dará preferencia al que tuviese mayor puntuación en la fase de oposición; y, de persistir el empate, al que hubiese obtenido una mayor puntuación en la segunda prueba.
ANEXO II
Programa
I. Organización del Estado y de la Administración Pública
1. La Constitución Española de 1978: Estructura, contenido. La división de poderes y su aplicación en la Constitución española y el Estatuto de Galicia.
2. El Estatuto de Autonomía de Galicia: Estructura y contenido. La reforma del Estatuto.
3. Las Administraciones públicas: Administraciones territoriales e institucionales. La organización territorial del Estado Español. Las Comunidades Autónomas. La Administración local. La Administración institucional.
4. Principios constitucionales de la actividad administrativa. Fundamentos del procedimiento administrativo. Régimen jurídico y procedimiento administrativo aplicable a la Universidad de la Administración del Estado y de la Comunidad autónoma.
5. La organización administrativa. El órgano administrativo: Concepto y naturaleza. Clases de órganos. La competencia administrativa. Delegación. Avocación. Encargo de gestión. Suplencia. Instrucciones y órdenes de servicio. Abstención y recusación.
6. Los derechos de los ciudadanos como administrados. Legitimación en el procedimiento. La motivación de los actos administrativos. La notificación y la publicación de los actos administrativos. Los plazos. Cómputo de plazos. El registro.
7. Los recursos por vía administrativa: Recurso ordinario y recurso de revisión. Reclamaciones previas al ejercicio de las acciones judiciales. El recurso contencioso administrativo,
8. La responsabilidad de las Administraciones públicas y de sus autoridades y del personal a su servicio.
9. El funcionario público. Concepto y clases. Selección. Nacimiento y extinción de la relación funcionarial. Provisión de puestos de trabajo. Promoción profesional. Situaciones administrativas.
10. Deberes y derechos de los funcionarios públicos. Régimen de incompatibilidades. Responsabilidad. El sistema de retribución. Régimen disciplinario.
11. El derecho de asociación sindical. Legislación vigente. Principios fundamentales y régimen jurídico. Los órganos de representación del personal.
12. El personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas. Régimen jurídico. Selección. Puestos a desempeñar por el personal laboral.
II. La Institución universitaria
13. La autonomía universitaria en la Constitución española. La ley orgánica de Reforma Universitaria.
14. Competencias de la Administración del Estado y de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia universitaria. Ordenación del sistema universitario de Galicia. Consejos Sociales y Universitario de Galicia.
15. La Universidad de La Coruña: Sus Estatutos. Organos de Gobierno colegiados y unipersonales. Estructura orgánica de la administración y los servicios. El Servicio de Biblioteca y Archivo de la Universidad.
16. La Universidad de La Coruña: Sus Estatutos. Organización académica. Los alumnos. El personal docente. El personal de administración y servicios. La investigación científica y técnica. Estudios que se imparten y estructura organizativa de la Universidad.
17. Régimen económico-financiero de las Universidades. Financiación. Referencia al presupuesto de la Universidad de La Coruña: Elaboración, contenido, estructura.
18. La Europa comunitaria. Las instituciones comunitarias. Política de la Comunidad Europea sobre bibliotecas.
19. La calidad en el trabajo. Concepto e importancia. Variables que inciden. Indicadores de calidad. La autoevaluación. Especial referencia al ámbito bibliotecario.
20. La organización: concepto y significado. Sistemas de organización. La estructura básica de la organización. Mecanismos de coordinación. Su aplicación en las bibliotecas.
21. Gestión de equipos de trabajo. Iniciativa y creatividad. Distribución del trabajo y control de resultados. Justificación y necesidad en el ámbito de la Administración Pública.
22. La formación como instrumento de profesionalización y mejora del servicio. Formación y promoción.
23. Importancia de la información en la función administrativa. Sistemas de comunicación internos: elementos, funciones y circuitos de información.
24. Concepto de informática. La informática para usuarios y como herramienta de soporte en el proceso administrativo. Conceptos informáticos básicos.
III. Especialidad profesional de bibliotecas y archivos
25. Bibliotecas universitarias: Concepto y función. Situación de las bibliotecas universitarias en España.
26. Gestión de la colección bibliográfica: Selección y adquisición de libros, publicaciones periódicas y fondos especiales en las bibliotecas universitarias. Criterios para su formación y mantenimiento.
27. Gestión de la colección bibliográfica: Proceso técnico de libros, publicaciones periódicas y fondos especiales en las bibliotecas universitarias. Normalización ISBD, ISBN e ISSN, ISO, etc.
28. Formatos para almacenamiento y transmisión de datos bibliográficos por ordenador. Formatos MARC: Bibliográfico, de autoridades y de fondos. Catalogación compartida y catalogación derivada: fines, problemas y procedimientos.
29. El suministro de información en la biblioteca: Servicios de referencia, búsquedas bibliográficas automatizadas, difusión selectiva de la información.
30. El acceso al documento original. Accesibilidad de los fondos, préstamo, préstamo interbibliotecario y suministro de copias.
31. Planificación y organización de los servicios a los usuarios de una biblioteca universitaria.
32. Estudio y evaluación de los usuarios de una biblioteca universitaria. Propuestas de actuación en la formación de usuarios de una biblioteca universitaria.
33. Sistemas de evaluación de la gestión y de los servicios de una biblioteca universitaria.
34. Interrelación de la biblioteca con el resto de la actividad universitaria. Propuestas de actuación. Difusión de los servicios de la biblioteca con el resto de la comunidad universitaria y con el exterior.
35. Incorporación de nuevas tecnologías en las bibliotecas universitarias. Gestión del servicio de teledocumentación en una biblioteca universitaria.
36. Sistema de automatización para una biblioteca universitaria.
37. Organización de un catálogo colectivo de bibliotecas universitarias. Gestión y mantenimiento de un catálogo de autoridades en una biblioteca universitaria.
38. Impacto de la automatización de las tareas bibliotecarias y de las nuevas tecnologías de la información en la biblioteca.
39. La cooperación bibliotecaria: Sistemas y redes de bibliotecas universitarias en España. Posibilidades de cooperación de las bibliotecas universitarias gallegas con el resto del sistema bibliotecario de Galicia.
40. Planificación, organización espacial y equipamiento de bibliotecas universitarias.
41. Fuentes de información impresas y automatizadas en Ciencias Sociales y Humanidades.
42. Fuentes de información impresas y automatizadas en Ciencia y Tecnología, y en Biomedicina.
43. Definición y objetivos de la bibliografía. Estado actual: El Control Bibliográfico Universal.
44. El sistema español de bibliotecas. Legislación y competencia de las distintas administraciones.
45. Concepto y función del archivo. Clases de archivos. El Archivo como unidad funcional. El archivo de la Universidad de La Coruña en sus Estatutos.
46. Tratamiento y gestión de los documentos administrativos en las universidades.
47. Transferencia de documentos y expurgo. Servicio de archivo: información, certificación y consulta. Automatización de las tareas de archivo.
48. Organización administrativa de los archivos españoles. el acceso a la documentación en los archivos. Aspectos legales.
49. Legislación española sobre patrimonio artístico, bibliográfico y documental. La regulación de la propiedad intelectual.
ANEXO III
Tribunal calificador
Titulares:
Presidente: Don José Ramón Soraluce Blond, Vicerrector de Extensión Universitaria.
Vocales: Doña Angeles Campos Rodríguez, Jefa del Servicio de Biblioteca y Archivo Histórico; don Baudilio Barreiro Bayón, Catedrático de Universidad de Historia Moderna, y doña María José Gutierrez Calvete, Directora de Biblioteca de la Facultad de Ciencias de la Educación, como representante sindical.
Secretaria: Doña Teresa Rodríguez Facal, Directora de Biblioteca de la Facultad de Informática.
Suplentes:
Presidente: Don Víctor Manuel Cabrera Sánchez, Vicesecretario General de la Universidad.
Vocales: Doña María José Lobeiras Fernández, Directora de Biblioteca de la Facultad de Ciencias; don Victor Alonso Troncoso, Catedrático de Universidad de Historia Antigüa, y don Ricardo García Mira, Jefe de la Sección de Gestión de Personal, como representante sindical.
Secretaria: Doña María Consolación Cubero Suárez, Directora de Biblioteca de la Escuela Universitaria de Enfermería.
(ANEXO IV OMITIDO)
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