Visto el expediente de indulto de don Emilio José Rodríguez García, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Oviedo, en sentencia de fecha 15 de diciembre de 1993, como autor de un delito de falsedad en documento privado, a la pena de seis meses de arresto mayor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos el día 9 de noviembre de 1991; a propuesta del Ministro de Justicia e Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de enero de 1995,
Vengo en conmutar a don Emilio José Rodríguez García la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, por una multa de 300.000 pesetas, a condición de que la misma sea abonada en el plazo que determine el Tribunal sentenciador y no vuelva a cometer delito durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 20 de enero de 1995.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia e Interior,
JUAN ALBERTO BELLOCH JULBE
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