En el recurso contencioso-administrativo número 1.196/1992, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Zumos de Navarra, Sociedad Anónima», contra Resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 5 de abril de 1991 y de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 20 de enero de 1993, se ha dictado, con fecha 20 de septiembre de 1994, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de la entidad mercantil "Zumos de Navarra, Sociedad Anónima", contra la Resolución de fecha 5 de abril de 1991 del Registro de la Propiedad Industrial, que concedió la marca número 1.238.092, "Zumo de Naranja Gre-2", para distinguir productos de la clase 32 del Nomenclátor, y contra la de 20 de enero de 1993, que desestimó el recurso de reposición formulado frente a aquélla, debemos declarar y declaramos ajustadas a derecho las citadas Resoluciones; sin hacer imposición de costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 31 de enero de 1995.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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