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Documento BOE-A-1995-7451

Resolución de 28 de febrero de 1995, de la Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental de la Consejería de Cultura, por la que se incoa expediente de delimitación del entorno de la iglesia parroquial de Santa María de Ferreira de Pallares, Municipio de Guntín (Lugo).

Publicado en:
«BOE» núm. 71, de 24 de marzo de 1995, páginas 9354 a 9355 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Galicia
Referencia:
BOE-A-1995-7451

TEXTO ORIGINAL

Por Real Decreto de 1 de junio de 1979 («Boletín Oficial del Estado» de 9 de julio), fue declarado bien de interés cultural, con categoría de monumento histórico artístico la iglesia parroquial de Santa María de Ferreira de Pallares, municipio de Guntín (Lugo).

Siendo la mencionada declaración anterior a la entrada en vigor de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, es preciso en la actualidad concretar la delimitación de su entorno.

En consecuencia, y vistos los informes de los servicios técnicos y órganos consultivos favorables a la incoacion del expediente para la delimitación del entorno de la iglesia parroquial de Santa María de Ferreira de Pallares, municipio de Guntín (Lugo),

Esta Dirección General resuelve:

Primero.-Tener por incoado expediente para la delimitación del entorno de la iglesia parroquial de Santa María de Ferreira de Pallares, municipio de Guntín (Lugo).

Proteger este monumento y la zona afectada por la incoación, siendo su delimitación la siguiente:

Comienza la línea en el punto 1, situado en el eje de la carretera que desde Guntín se dirige a Ferreira de Pallares.

Desde este punto la línea coincide con el eje de la pista que sube hasta la carretera que se dirige al lugar de Carpaceiro, encontrándose con el eje de esta en el punto 2.

Desde este punto 2, la línea coincide con el eje de esta última carretera hasta el punto 3.

A partir de este punto 3, la línea coincide con el eje del camino que baja hasta el arroyo Sagade, punto 4.

Desde este punto 4, la línea continúa por los límites este de las parcelas catastrales números 80, 78-b y 77 hasta el punto 5 que se sitúa en el eje del camino que baja hacia Ferreira.

Desde este punto 5, la línea continúa por los límites este de las parcelas catastrales números 379 y 383, por el límite, sur de la parcela catastral 382, punto 6.

Desde aquí, la línea continúa hacia el sur, coincidiendo con el límite de las parcelas catastrales 588-d y 588-1, punto 7. Desde este punto 7, la línea coincide con el eje del camino que lleva hasta la carretera que desde Ferreira se dirige al lugar de Matei, punto 8.

Desde este punto 8, situado en el eje de este último camino, la línea coincide con su eje hasta el punto 9, en la que la carretera se encuentra con el camino que baja al arroyo Sagade.

Por el eje de este camino, desde el punto 9, la línea continúa coincidiendo con los linderos este y sur de las parcelas catastrales números 325-c, 389-c, 334 y 331, hasta el punto 10, que se sitúa en el arroyo Sagade.

Desde este punto 10, la línea rodea las parcelas catastrales números 321 y 229, hasta el punto 11, que se sitúa en el eje del camino que sube hacia el núcleo de Ferreira.

Desde el punto 11, la línea coincide con el eje de este último camino hasta el punto 12, donde se produce una rotura para que la línea continúe coincidiendo con el lindero oeste de las parcelas catastrales números 188 y 187 para llegar al punto 1, donde se cierra el ámbito de la delimitación.

Segundo.-Seguir la tramitación del expediente según las disposiciones vigentes.

Tercero.-Dar traslado de la resolución al Alcalde del municipio de Guntín (Lugo) y notificarle que el otorgamiento de nuevas licencias de obras y la ejecución de las ya concedidas antes de incoarse el expediente precisarán resolución favorable de la Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental.

Cuarto.-Notificar la presente Resolución al Obispo de Lugo, al Registro de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Cultura y al Registro de Bienes de Interés Cultural de Galicia.

Quinto.-Que la presente Resolución sea publicada en el «Diario Oficial de Galicia» y en el «Boletín Oficial del Estado», abriéndose un período de información pública de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a su publicación en el «Diario Oficial de Galicia».

Santiago de Compostela, 28 de febrero de 1995.-El Director general, Angel Sicart Giménez.

(PLANO OMITIDO)

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