De acuerdo con lo prevenido en el artículo 105.1.a) de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativo de 27 de diciembre de 1956, viene a acordarse la ejecución, en sus propios términos, de la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supreior de Justicia de Castilla-La Mancha, de 18 de enro de 1995, recaída en los autos números 233, 279 y 363/1993 (acumulados), interpuestos por doña María Agustín Jiménez, doña Josefina García Valcárcel, don José Angel Jara del Rey y don Mauricio Vargas Díaz, contra acuerdos de la Universidad de Castilla-La Mancha sobre pruebas para la cobertura de plazas de telefonista, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
«Fallamos: Que desestimando los presentes recursos contencioso-administrativos acumulados interpuestos por doña María Agustín Jiménez, doña Josefina García Valcárcel, don José Angel Jara del Rey y don Mauricio Vargas Díaz, debemos declarar y declaramos ajustados a derecho los actos en ellos impugnados; todo ello sin costas.»
En virtud de lo expuesto, este Rectorado, de acuerdo con las competencias que le confiere el artículo 33 de los Estatutos de la Universidad de Castilla-La Mancha, aprobados por Real Decreto 1291/1991, de 2 de agosto («Boletín Oficial del Estado» del 10), acuerda la ejecución del fallo que se acaba de transcribir en sus propios términos, adoptando las medidas necesarias al efecto.
Ciudad Real, 20 de febrero de 1995.-El Rector, Luis Alberto Arroyo Zapatero.
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