En el recurso contencioso-administrativo número 1.426-92-04, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Liberty Public Limited Company», contra resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 5 de febrero de 1991, 11 y 29 de julio de 1991 y 27 de febrero de 1992, se ha dictado, con fecha 31 de diciembre de 1994 por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo 1.426/1992, recursos acumulados interpuestos, respectivamente, por la Procuradora doña Amparo Ramírez Plaza, en nombre y representación de don Luis Barrenechea Anguera y por el Procurador don Rafael Rodríguez Montaut, en nombre y representación de «Liberty Public Limited Company», contra la resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial, de fecha 5 de febrero de 1991, por la que se concedió la inscripción de la marca número 1.287.994, «Buenos Liberto» y las de fecha 27 de febrero de 1992, desestimatorias de los recursos de reposición interpuestos con fechas 11 y 29 de julio, respectivamente, cuyas resoluciones confirmamos, por ser conformes a Derecho; sin especial pronunciamiento sobre costas.»
En su virtud, este Organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V.S.
Madrid, 15 de marzo de 1995.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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