La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, en grado de apelación, con fecha 26 de abril de 1994, en el recurso de apelación número 1.251/1992 en el que son partes, de una, como apelante, don Jesús Ramón Picatoste Merino, y de otra, como apelada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Letrado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la sentencia de 11 de diciembre de 1990 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, recaída en el recurso 224/1987, sobre incompatibilidades.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
«Fallamos: Desestimamos el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de don Jesús Ramón Picatoste Merino, contra la sentencia de la Sala Segunda de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Madrid, de 11 de diciembre de 1990, dictada en el recurso 224/1987. Sin costas.»
En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid 31 de marzo de 1995.-P. D. (Orden de 25 de mayo de 1987, «Boletín Oficial del Estado» del 30), el Subsecretario, Francisco Hernández Spínola.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública.
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