Vistos, la solicitud presentada por la organización de productores de frutas y hortalizas «Profusal», reconocida específicamente para los efectos contemplados en el título II bis del Reglamento (CEE) número 1035/72, del Consejo, de 18 de mayo de 1972, y el informe favorable de las Comunidades Autónomas competentes.
Considerando que en la tramitación del expediente se han observado las disposiciones y requisitos establecidos en el Reglamento (CEE) número 2159/89, de la Comisión, de 18 de julio, y la Orden de 18 de julio de 1989, sobre la Normativa de Aplicación de las Ayudas para la Mejora de la Calidad y de la Comercialización de los Frutos de Cáscara y las Algarrobas («Ceratonia Siliqua L.»).
En consecuencia, a propuesta del Director general de Producciones y Mercados Agrícolas, resuelvo:
Con arreglo a las disposiciones legales, anteriormente mencionadas, se aprueba el plan de mejora de la calidad y de la comercialización de frutos de cáscara y algarroba, presentado por la organización de productores de frutas y hortalizas «Profusal», reconocida específicamente para el sector de frutos de cáscara y algarroba.
Madrid, 3 de mayo de 1996.
ATIENZA SERNA
Ilmo. Sr. Director general de Producciones y Mercados Agrícolas.
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