Vistos los antecedentes de los centros privados de educación especial que se relacionan en anexo y que, de hecho, han cesado en sus actividades docentes, extinguiéndose así su autorización.
Hechos
Primero.-Los centros tratados no han cumplido la obligatoriedad de aportar los datos de escolarización que se les había solicitado, con lo que se evidencia su falta de funcionamiento.
Segundo.-Por parte de la Dirección General de Centros Educativos, se ha otorgado a los titulares de los centros trámite de audiencia, tal como contempla la normativa legal.
Tercero.-Los centros relacionados en anexo no están acogidos al régimen de conciertos educativos.
Fundamentos de Derecho
Primero.-Son de aplicación, en este caso, las siguientes disposiciones:
Ley 30/1992, de 26 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 4), reguladora del Derecho a la Educación.
Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre («Boletín Oficial del Estado» del 4), de Ordenación General del Sistema Educativo.
Real Decreto 332/1992, de 3 de abril («Boletín Oficial del Estado» del 9), sobre autorización de centros docentes privados, para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias.
Segundo.-Es objetivo primordial llevar a cabo las correspondientes inscripciones de cese en el Registro de Centros Docentes, a fin de que los datos contenidos en el mismo reflejen la realidad existente.
Tercero.-En consecuencia, y según lo dispuesto en el artículo 16.1 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, proceder dar cumplimiento a lo expuesto.
Por todo ello, este Ministerio ha dispuesto:
Primero.-Aprobar, de oficio, la extinción de la autorización de los centros privados de educación especial que se relacionan en anexo a la presente Orden ministerial, por no ejercer la actividad docente para la que fueron autorizados.
Segundo.-Quedan sin efecto las disposiciones que autorizaron el funcionamiento legal de dichos centros; siendo necesario para el caso de que se instase la reapertura de los mismos, dar cumplimiento a los preceptos legales vigentes en materia de autorización de centros escolares privados.
Tercero.-Contra la presente disposición, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, y el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre.
Madrid, 30 de julio de 1996.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.
Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.
ANEXO QUE SE CITA
Código: 33021461. Provincia: Asturias. Municipio: Oviedo. Localidad: Oviedo. Denominación: «Alfalar». Domicilio: Campomanes, 11. Titular: Doña María Jesús García Sánchez.
Código: 28030290. Provincia: Madrid. Municipio: Collado Villalba. Localidad: Los Negrales. Denominación: «Apascovi». Domicilio: travesía Batalla de Bailén, sin número. Titular: Asociación de Padres y Amigos de Niños Subdotados.
Código: 28007929. Provincia: Madrid. Municipio: Madrid. Localidad: Madrid. Denominación: «María Inmaculada». Domicilio: Méjico, 10. Titular: Reverendas Terciarias Franciscanas de la Purísima.
Código: 28030587. Provincia: Madrid. Municipio: Madrid. Localidad: Madrid. Denominación: «Peripatos». Domicilio: Endrinas, 7. Titular: Don Benigno Martín García.
Código: 28028295. Provincia: Madrid. Municipio: Móstoles. Localidad: Móstoles. Denominación: «FANEM». Domicilio: Simón Hernández, 92 (urbanización «Los Delfines»). Titular: Familias y Amigos de Niños Especiales de Móstoles.
Código: 28035779. Provincia: Madrid. Municipio: Paracuellos del Jarama. Localidad: Belvis del Jarama. Denominación: «Belvis del Jarama». Domicilio: Escuelas, sin número. Titular: Asociación de Padres de Niños Autistas.
Código: 47003179. Provincia: Valladolid. Municipio: Valladolid. Localidad: Puente Duero. Denominación: «Inmaculada Concepción». Domicilio: Carretera de Villanueva de Duero, kilómetro 11,400. Titular: Don Emilio Bautista Soto.
Código: 50010260. Provincia: Zaragoza. Municipio: Zaragoza. Localidad: Zaragoza. Denominación: «Centro de Educación Especial para Deficientes Motóricos». Domicilio: Balbino Orensanz, sin número. Titular: Asociación de Padres de Disminuidos Físicos de Zaragoza.
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