En virtud de lo establecido en el artículo 3.º de la Ley del Monopolio Fiscal de Tabacos se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en expendedurías de tabaco y timbre del área del monopolio de la península e islas Baleares, que han sido propuestos por los correspondientes fabricantes e importadores:
Primero.-Los precios de venta al público de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en expendedurías de tabaco y timbre de la península e islas Baleares, serán los siguientes:
Precio total
de venta al público
-
Pesetas/cajetilla
A) Cigarrillos
Bastos (25) / 280
B) Cigarros
Calypso:
Reig Mini / 21
Farias:
Farias Club / 21
Gloria Palmera:
Gran Corona (25) / 295
Medias Coronas (5) / 255
Nuncios (25) / 305
Panetelas (5) / 234
King Edward:
Imperial / 60
Invincible / 78
Specials / 47
Tip / 49
Vegafina:
Delicias / 21
Mini / 18,50
Segundo.-La presente Resolución entrará en vigor el día 1 de noviembre de 1996.
Madrid, 25 de octubre de 1996.-El Delegado del Gobierno en el Monopolio de Tabacos, Alberto López de Arriba y Guerri.
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