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En el recurso contencioso-administrativo número 495/1993, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Recreativos Franco, Sociedad Anónima», contra Resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 8 de agosto de 1991 y de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 5 de marzo de 1993, se ha dictado, con fecha 21 de mayo de 1996, por el citado Tribunal sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de la entidad "Recreativos Franco, Sociedad Anónima", contra la Resolución de fecha 8 de agosto de 1991 del Registro de la Propiedad Industrial, que concedió el modelo de utilidad número 9000861, así como frente a la de 5 de marzo de 1993, que desestimó el recurso formulado contra aquélla, debemos declarar y declaramos ajustadas a derecho las citadas Resoluciones; sin hacer imposición de costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 31 de octubre de 1996.-El Director general, Julián Álvarez Álvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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