Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Séptima)
de la Audiencia Nacional el recurso número 7/959/1996, interpuesto por
la Procuradora doña Paloma Soledad Muelas García, en nombre y
representación de don Manuel Rico Bellido, sobre sanción disciplinaria, por
la que se le impuso al recurrente la sanción de un mes de suspensión
de funciones como autor de una falta grave, la citada Sala de lo
Contencioso-Administrativo (Sección Séptima) de la Audiencia Nacional ha
dictado sentencia, de 1 de junio de 1998, cuya parte dispositiva dice así:
"Fallamos: Que desestimamos el recurso contencioso-administrativo
interpuesto por la representación procesal de don Manuel Rico Bellido,
contra la Resolución de la Secretaría de Estado de Asuntos Penitenciarios,
de fecha 29 de abril de 1996, a que la demanda se contrae, la cual
confirmamos como conforme a Derecho. Sin hacer expresa imposición de
costas."
En su virtud, esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto
en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla, en sus propios
términos, la expresada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 23 de octubre de 1998.-El Director general, Ángel Yuste
Castillejo.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal de Instituciones Penitenciarias.
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