Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Murcia el recurso número 1/885/1996, interpuesto por
don Miguel Guillem Hernández, contra desestimación de solicitud de
reconocimiento de servicios prestados como funcionario interino, la citada
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia
de Murcia ha dictado sentencia, de 21 de septiembre de 1998, cuya parte
dispositiva dice así:
"Fallamos: Que estimando en parte el recurso interpuesto por don
Miguel Guillem Hernández, anulamos y dejamos sin efecto la Resolución
de la Subsecretaría del Ministerio de Justicia e Interior, de 28 de febrero
de 1996, por no ser conforme a Derecho, en el particular que deniega
el reconocimiento a efecto de trienios del tiempo de servicios prestados
en la Consejería de Sanidad de la Generalidad Valenciana, declarando
el derecho del actor a que le sean efectivamente reconocidos; sin costas."
En su virtud, esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto
en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla, en sus propios
términos, la expresada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 26 de octubre de 1998.-El Director general, Ángel Yuste
Castillejo.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal de Instituciones Penitenciarias.
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