Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera)
de la Audiencia Nacional el recurso número 3/1.227/1996, interpuesto
por don Luis Francisco Reyero González, representado por la Procuradora
doña Ana María García Fernández, sobre sanción disciplinaria, por la que
se impuso al recurrente la sanción de diez días de suspensión de funciones
como autor disciplinariamente responsable de una falta grave, la citada
Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) de la Audiencia
Nacional ha dictado sentencia de 7 de julio de 1998, cuya parte dispositiva
dice así:
"Fallamos:
Primero.-Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso
número 1.227/1996, interpuesto por don Luis Francisco Reyero González,
representado por la Procuradora doña Ana María García Fernández, contra
la Resolución del Ministerio de Justicia e Interior (Dirección General de
Administración Penitenciaria) de fecha 22 de marzo de 1996, descrita en
el primer fundamento de Derecho, que se confirma en lo que afecta a
este recurso por ajustarse al ordenamiento jurídico.
Segundo.-No hacemos una expresa condena en costas."
En su virtud, esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla, en sus propios
términos, la expresada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 30 de octubre de 1998.-El Director general, Ángel Yuste
Castillejo.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal de Instituciones Penitenciarias.
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