De conformidad con la Orden de 23 de enero de 1998, por la que
se establecen las bases para la concesión de ayudas y subvenciones con
cargo a los presupuestos del Consejo Superior de Deportes y de acuerdo
con la Resolución de 14 de julio de 1998 ("Boletín Oficial del Estado"
de 5 de agosto) por la que se convocan la concesión de subvenciones
a universidades públicas para la construcción o remodelación de
instalaciones deportivas, y una vez concluido el plazo de subsanación dado
por Resolución de 15 de septiembre de 1998 ("Boletín Oficial del Estado"
del 19), han sido admitidas al procedimiento de concesión de subvenciones
las siguientes solicitudes:
Universidad de La Rioja.
Universidad Complutense de Madrid.
Universidad de Valladolid.
Universidad de Girona.
Universidad Politécnica de Madrid ETS de Agrónomos.
Universidad Politécnica de Madrid ETS de Arquitectura.
Habiendo sido excluidas por no aportar la documentación requerida:
Universidad Autónoma de Barcelona.
Universidad "Carlos III", de Madrid.
Universidad de Valencia.
Se ha considerado presentada fuera de plazo la Universidad de
Zaragoza.
Vista la propuesta realizada por la Comisión de Valoración, esta
Secretaría de Estado ha resuelto la concesión de subvenciones a las siguientes
Universidades:
Universidad de Valladolid. Instalación: Acondicionamiento Complejo
Deportivo. Importe: 33.106.610 pesetas.
Universidad de La Rioja. Instalación: Frontón corto. Importe:
26.084.981 pesetas.
Universidad de Girona. Instalación: Obras campo de fútbol. Importe:
39.248.106 pesetas.
Universidad Complutense de Madrid. Adaptación puente zona sur.
Importe: 60.000.000 de pesetas.
Universidad Politécnica ETS Agrónomos de Madrid. Instalación: Obras
de pista polideportiva. Importe: 3.797.063 pesetas.
Universidad ETS Arquitectura de Madrid. Instalación: Reforma
vestuarios y gimnasio. Importe: 31.607.330 pesetas.
Con cargo a los presupuestos de este Consejo Superior de Deportes
en el año 1998, Programa 422P, Concepto 742.
De conformidad a lo establecido en la base sexta de la Resolución
de 14 de julio de 1998, las Universidades beneficiarias, deberán remitir
en el plazo de quince días, a partir de la publicación en el "Boletín Oficial
del Estado" de las subvenciones concedidas la siguiente documentación:
Aceptación de la subvención.
Acuerdo del órgano de gobierno competente, asumiendo el compromiso
de financiación de la parte de presupuesto no subvencionado y de los
excesos que respecto al proyecto se puedan producir.
En caso de cofinanciación de otras Instituciones, acuerdo expreso por
el órgano competente de la entidad cofinanciadora.
Certificado, expedido por los Organismos correspondientes, de estar
al corriente de pago en obligaciones tributarias y con la Seguridad Social,
en la fecha de la concesión de la subvención.
En el plazo de un mes a partir de la publicación en el "Boletín Oficial
del Estado" de las subvenciones concedidas, las Universidades beneficiarias
deberán remitir:
Copia del anuncio de licitación de las obras.
A la presentación de la documentación anterior, se podrá hacer efectiva
la subvención otorgada.
De cualquier manera, la tramitación definitiva de la subvención queda
condicionada a la remisión de la documentación y cumplimiento de los
plazos anteriormente expuestos, a partir de la fecha de concesión de la
subvención.
El Consejo Superior de Deportes podrá verificar en cualquier momento
el desarrollo de las obras, pudiendo asistir al replanteo y recepción de
las mismas.
Las universidades beneficiarias deberán justificar la inversión realizada
mediante la remisión al Consejo Superior de Deportes del contrato de
obras, acta de comprobación del replanteo, del acta de recepción definitiva
de las obras y certificado, expedido, por el órgano competente de dichas
universidades, en el que se haga constar que la ayuda concedida ha sido
íntegramente aplicada para la cual se otorga.
La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente de su
publicación en el "Boletín Oficial del Estado", pudiendo ser recurrida ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en un
plazo de dos meses, previa comunicación al órgano administrativo que
dictó la Resolución.
Madrid, 5 de noviembre de 1998.-El Secretario de Estado-Presidente
del Consejo Superior de Deportes, Santiago Fisas Ayxelá.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid