La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia, con fecha 22 de diciembre de 1997, en el recurso contencioso-administrativo número 4/900/1996, en el que son partes, de una, como demandante, don José Sabaris Casal, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas, de fecha 12 de junio de 1996, que estimó en parte el recurso ordinario interpuesto contra la resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, de fecha 22 de enero de 1996, sobre reintegro de gastos por asistencia sanitaria.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
"Fallamos:
Primero.-Desestimar el recurso contencioso-administrativo promovido por el Letrado don Enrique Lillo Pérez, en nombre y representación de don José Sabaris Casal, contra la resolución del Subsecretario del Ministerio para las Administraciones Públicas, de 12 de junio de 1996, sobre solicitud de reintegro por gastos de asistencia médica, por ser el acto recurrido ajustado a Derecho.
Segundo.-Desestimar las demás pretensiones deducidas por la parte recurrente.
Tercero.-No procede hacer expresa declaración en materia de costas."
En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el "Boletín Oficial del Estado", para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 23 de febrero de 1998.-P. D. (Orden de 19 de noviembre de 1997, "Boletín Oficial del Estado" del 28), el Secretario general técnico, Tomás González Cueto.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Directora general de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.
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