Visto el expediente promovido por doña María Resurrección Gil Martínez, en representación de la Compañía de las Hijas de la Caridad de San Vicente de Paúl, entidad titular de los siguientes centros docentes: Uno de Educación Infantil, «Santa Luisa de Marillac», sito en la calle Inocencio Fernández, número 40, y otro de Educación Primaria, «San Rafael Arcángel», sito en la calle Otero y Delage, número 105 (antes 57), de Madrid, en solicitud de cambio de denominación de ambos centros, que pasarían a denominarse «San Rafael Arcángel-Santa Luisa»,
Este Ministerio, de conformidad con los artículos 13, 14.1 y 16 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril («Boletín Oficial del Estado» del 9), ha resuelto:
Autorizar el cambio de denominación de los centros «Santa Luisa de Marillac» y «San Rafael Arcángel», que a partir de la presente Orden ministerial se denominarán «San Rafael Arcángel-Santa Luisa».
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido en los artículos 25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Madrid, 7 de mayo de 1999.–P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Roberto Mur Montero.
Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.
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