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Documento BOE-A-1999-14022

Resolución de 11 de mayo de 1999, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación al Informe de Fiscalización de la Fundación para la Formación Continua (FORCEM).

Publicado en:
«BOE» núm. 151, de 25 de junio de 1999, páginas 24288 a 24289 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Cortes Generales
Referencia:
BOE-A-1999-14022

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 11 de mayo de 1999, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de Fiscalización de la Fundación para la Formación Continua (FORCEM), acuerda:

1. Valorar positivamente el sistema vigente de organización y gestión de la Formación Continua en nuestro país, basado en dos acuerdos, el II Acuerdo Nacional de Formación Continua suscrito entre las Organizaciones Empresariales y Sindicales más representativas a través de la negociación colectiva, que junto con los acuerdos alcanzados en el marco de la negociación colectiva de carácter sectorial estatal que lo desarrollan, conforma la gestión técnica y organizativa del sistema, y el II Acuerdo Tripartito de Formación Continua suscrito entre aquellas organizaciones y el Gobierno, que dispone la estructura y financiación del mismo.

2. Reconocer la vigencia de los principios que informan el sistema de Formación Continua y su eficacia general.

3. Instar al Gobierno de la Nación a que en el desarrollo y aplicación de los vigentes Acuerdos de Formación Continua, mejore los controles de los fondos públicos procedentes de la cuota de Formación Profesional afectados a los Planes de Formación de los trabajadores ocupados, para posibilitar la mejora en el uso de aquellos fondos, garantizando su eficacia normativa y la mayor eficiencia económica.

4. Considerar que la unidad de caja de las cuotas de Formación Profesional representa el criterio que mejor concreta el principio constitucional de justicia en la actividad financiera de los entes públicos, sin perjuicio de la existencia tanto de otras fuentes de financiación de la formación continua de los trabajadores ocupados, como de otros entes gestores, con similar protagonismo de los agentes sociales, empresas y trabajadores, que pudieran constituirse.

5. Instar a los entes públicos implicados a profundizar en la mejora de los controles de los fondos públicos afectados a los planes de formación de los trabajadores ocupados, con el fin de aumentar la eficacia y la eficiencia en su uso y de garantizar el pleno cumplimiento de la normativa aplicable.

6. Solicitar del Tribunal que agote todas las vías legales a su alcance para esclarecer el destino dado a los fondos utilizados irregularmente por la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Valenciana y para depurar las responsabilidades que se deriven de tal caso.

7. Se insta al Gobierno a que adopte las medidas que sean precisas para que la financiación de todas las iniciativas públicas de Formación Profesional Continua se financien, a través de las cuotas recaudadas a tal efecto, con el complemento de los fondos recibidos del Fondo Social Europeo.

8. Se insta al Gobierno a que dicte las normas que sean precisas para que el actual sistema de formación continua de oferta pase a serlo demanda, atendiendo a los intereses reales del tejido económico, representados por los requerimientos reales de formación espontáneamente manifestados por empresas y trabajadores.

9. Se insta al Gobierno a que, a través de una nueva regulación de la materia, facilite la apertura por igual del sistema formativo a todos los agentes económicos y sociales, particularmente a los representativos de la «economía social».

10. Se insta al Gobierno a que se establezca un sistema de evaluación sobre objetivos alcanzados por el sistema de formación continua, de modo que sea valorable su impacto en la mejora de la competitividad del sistema productivo a través de la modificación de sus agentes.

11. Se insta al Gobierno para que adopte las medidas que sean precisas para que las salvedades puestas de manifiesto en el informe del Tribunal de Cuentas se corrijan en todos y cada uno de los casos detectados.

12. Se insta al Gobierno para que, a través de los medios que estime más oportunos, se incremente el control de la gestión de los fondos aplicados a la financiación propia de la fundación FORCEM.

13. Se insta al Gobierno para que, a través de los medios que estime más oportunos, se refuercen las medidas de control dirigidas a la adecuada aplicación de las subvenciones por parte de sus destinatarios finales.

14. Se insta al Tribunal de Cuentas a que fiscalice los ejercicios 1996, 1997 y 1998 de la FORCEN, incluyendo una auditoría completa de los mismos.

15. La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas insta al FORCEM a establecer un sistema de control y evaluación de los resultados, al objeto de conocer el impacto concreto de las acciones formativas del FORCEM sobre la población ocupada.

16. La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas insta al Gobierno a implementar un sistema de comprobaciones destinado a detectar que los asistentes a los cursos de formación continua están dados de alta a la Seguridad Social y están empleados en las empresas a las que dicen pertenecer. Asimismo se deberá exigir un mayor control, a todas las partes implicadas, de la existencia a los cursos por parte de los trabajadores.

17. La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas insta al Gobierno a instar a los distintos órganos de control interno (INEM-IGAE-FORCEM) la implantación de una metodología de revisión automática y exhaustiva de las justificaciones de subvenciones para formación continua, al objeto de verificar su adecuación a la normativa aplicable.

18. La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas insta al Gobierno para que modifique las bases reguladoras y los criterios para la concesión de ayudas de formación continua, al objeto de evitar exclusiones arbitrarias.

19. La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas insta al Gobierno para que dicte una normativa específica que desarrolle las relaciones que deben existir entre el FORCEM y la Unidad Administradora del Fondo Social Europeo (UAFSE).

20. La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas insta al Gobierno y a los agentes sociales integrantes de la fundación FOR-CEM para que avance en la territorialización de los recursos del FORCEM por Comunidades Autónomas, al objeto de aumentar el grado de efectividad de la formación continua.

21. La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas constata que el sistema de formación continua de trabajadores, iniciado mediante el acuerdo del Ministerio de Trabajo y los agentes sociales que posibilita la creación de la FORCEM, es un sistema innovador y que el modelo utilizado de formación a la demanda se ha acreditado como bueno, si bien en los primeros años de puesta en marcha ha presentado bastantes problemas de gestión.

22. La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas insta al Ministerio de Trabajo para que continúe la labor normativa que ha permitido subsanar buena parte de las deficiencias observadas por el Tribunal de Cuentas y a que en futuros acuerdos con los agentes sociales incida en el control de la gestión de la formación continua, en los sistemas de evaluación de resultados y en la apertura de posibilidades de formación a las pequeñas y medianas empresas y a los trabajadores de la economía social.

23. La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas insta al FORCEM a que elabore un sistema de evaluación de la labor formativa realizada, reconociendo las dificultades que conlleva el haberse abierto la demanda de cursos a las pequeñas y medianas empresas y a que extreme las medidas de control mediante sistemas de auditoría continuada.

Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de mayo de 1999.‒El Presidente, Josep Sánchez i Llibre.–El Secretario primero, José Acosta Cubero.

(En suplemento aparte se publica el informe correspondiente)

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