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Documento BOE-A-1999-21392

Resolución de 13 de octubre de 1999, de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales, por la que se desarrolla la Orden de 22 de junio de 1995, reguladora de los premios nacinales, y la Orden de 2 de marzo de 1999, de convocatoria de dichos premios, para la concesión de los premios nacionales de artes plásticas, fotografía, restauración y conservación de bienes culturales.

Publicado en:
«BOE» núm. 263, de 3 de noviembre de 1999, páginas 38577 a 38577 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1999-21392

TEXTO ORIGINAL

Convocados por Orden de 2 de marzo de 1999 ("Boletín Oficial del

Estado" número 62, del 13) los Premios Nacionales de Artes Plásticas,

Fotografía, Restauración y Conservación de Bienes Culturales, procede

desarrollar la normativa que regule su concesión.

En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en los puntos segundo

y noveno de la Orden de 22 de junio de 1995,

Esta Dirección General ha resuelto:

Primero:

1. Los Premios Nacionales de Artes Plásticas, Fotografía, Restauración

y Conservación de Bienes Culturales recompensarán la meritoria labor

del galardonado en cada uno de sus ámbitos culturales como

reconocimiento de la obra o actuación realizada durante el año 1998 o como

reconocimiento a una trayectoria profesional, con el fin de destacar

aportaciones sobresalientes y continuadas orientadas a promocionar las Artes

Plásticas y la Fotografía, y a favorecer la restauración y conservación

del Patrimonio Histórico Español.

2. Para la concesión de los premios se tendrá en cuenta la calidad

de las obras o actividades recompensadas, y su significación como

aportación sobresaliente e innovadora a la vida cultural y artística española.

3. Los premios se otorgarán en base a las actividades de creación

cultural realizadas por personas físicas o colectivos susceptibles de ser

considerados como creadores cualquiera que sea su personalidad jurídica.

Segundo.-La dotación económica de los premios será de:

5.000.000 de pesetas, Premio Nacional de Artes Plásticas.

2.500.000 pesetas, Premio Nacional de Fotografía.

2.500.000 pesetas, Premio Nacional de Conservación y Restauración

de Bienes Culturales.

Tercero:

1. Para cada uno de los tres premios se constituirá un jurado, cuya

composición será la siguiente:

Presidente: Director general de Bellas Artes y Bienes Culturales.

Vocales: Seis personalidades de reconocido prestigio en el ámbito de

cada uno de los premios y entre las que se encontrará la persona premiada

en la convocatoria anterior o un representante de la persona jurídica

premiada, libremente designada por ésta.

Secretario: Un funcionario de la Dirección General de Bellas Artes

y Bienes Culturales, designado por el Director general, quien actuará con

voz pero sin voto.

2. Los Vocales del jurado serán designados por Orden del Ministro

de Educación y Cultura, a propuesta del Director general de Bellas Artes

y Bienes Culturales. La Orden de designación será publicada en el "Boletín

Oficial del Estado".

3. Los miembros del Jurado tendrán derecho a percibir las

gratificaciones correspondientes a sus trabajos de asesoramiento, con las

limitaciones establecidas en la legislación vigente sobre incompatibilidades

y, en su caso, la parte de locomoción y alojamiento en que pudieran incurrir

para el desarrollo de dicho trabajo.

4. En lo no previsto en esta Resolución se regirá por lo dispuesto

en los artículos 22 a 27 de la Ley 30/R, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

Cuarto.-Los candidatos a los Premios Nacionales de Artes Plásticas,

Fotografía, Restauración y Conservación de Bienes Culturales serán

presentados por los miembros del Jurado o por las entidades culturales o

profesionales relacionadas con los diferentes ámbitos culturales, mediante

propuestas razonadas dirigidas al Ministro o al propio Jurado, una vez

constituido.

Quinto.-El fallo será elevado al Ministro de Educación y Cultura a

través del Director general de Bellas Artes y Bienes Culturales, antes del

15 de diciembre de 1999. La Orden de concesión del premio se publicará

inmediatamente en el "Boletín Oficial del Estado".

Sexto.-Los importes de estos premios y los gastos derivados de los

mismos se satisfarán con cargo a las dotaciones presupuestarias asignadas

a la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales.

Séptimo.-La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente a

su publicacion en el "Boletín Oficial del Estado".

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 13 de octubre de 1999.-El Director general, Benigno Pendás

García.

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