Contido non dispoñible en galego
Visto el expediente de indulto de don Lauro Lario Juan, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Tribunal Supremo, Sala Segunda, en sentencia de fecha 30 de abril de 1999, resolutoria de recurso de casación interpuesto contra otra de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia, de fecha 7 de febrero de 1998, como autor de un delito contra la Hacienda Pública, a la pena de dos años de prisión menor y multa de 22.000.000 de pesetas, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en 1991, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en indultar a don Lauro Lario Juan la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
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