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Documento BOE-A-2000-3103

Orden de 3 de febrero de 2000 por la que se convoca concurso para la provisión de destinos en la Carrera Fiscal.

Publicado en:
«BOE» núm. 40, de 16 de febrero de 2000, páginas 7101 a 7103 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2000-3103

TEXTO ORIGINAL

Se convoca concurso para provisión de los destinos en el

Ministerio Fiscal que se relacionan a continuación:

I. Plazas de segunda categoría a proveer por Fiscales

o Abogados Fiscales

Comunidad Autónoma de Andalucía

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Sevilla: Una plaza de

Fiscal.

Comunidad Autónoma de Canarias

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Canarias: Una

plaza de Fiscal.

Comunidad Autónoma de Cantabria

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria: Una

plaza de Teniente Fiscal.

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria: Dos

plazas de Fiscal.

Comunidad Autónoma de Castilla y León

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Valladolid: Una plaza

de Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Zamora: Una plaza de

Fiscal.

Comunidad Autónoma de Cataluña

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Dos

plazas.

Adscripción permanente de Badalona: Dos plazas de Fiscal.

Adscripción permanente de Terrassa: Dos plazas de Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Tarragona: Una plaza

de Fiscal.

Comunidad Autónoma de Galicia

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Ourense: Una plaza de

Fiscal.

Comunidad de Madrid

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de

Madrid: Dos plazas de Fiscal.

Adscripción permanente de Alcalá de Henares: Tres plazas de

Fiscal.

Adscripción permanente de Móstoles: Una plaza de Fiscal.

Comunidad Valenciana

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad

Valenciana: Una plaza de Fiscal.

Adscripción permanente de Elx: Una plaza de Fiscal.

País Vasco

Adscripción permanente de Barakaldo: Una plaza de Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa: Una plaza

de Teniente Fiscal.

II. Plaza servida por Fiscal en situación de servicios

especiales a cubrir por antigüedad y según lo dispuesto en el

artículo 118 de la Ley Orgánica del Poder Judicial

Comunidad de Madrid

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de

Madrid: Una plaza de Fiscal.

III. Plazas de tercera categoría a proveer por Fiscales

o Abogados Fiscales

Comunidad Autónoma de Andalucía

Adscripción permanente de Motril: Una plaza de Abogado

Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Almería: Una plaza de

Abogado Fiscal.

Adscripción permanente de Algeciras: Una plaza de Abogado

Fiscal.

Adscripción permanente de Jerez de la Frontera: Una plaza

de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Huelva: Dos plazas de

Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Málaga: Una plaza de

Abogado Fiscal.

Adscripción permanente de Marbella: Una plaza de Abogado

Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Sevilla: Una plaza de

Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de Aragón

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Aragón: Una plaza

de Abogado Fiscal.

Principado de Asturias

Adscripción permanente de Langreo: Una plaza de Abogado

Fiscal.

Comunidad Autónoma de Canarias

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Canarias: Dos

plazas de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Tenerife: Dos plazas de

Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de Cantabria

Adscripción permanente de Torrelavega: Una plaza de Abogado

Fiscal.

Comunidad Autónoma de Castilla y León

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León:

Una plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Zamora: Una plaza de

Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de Cataluña

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña: Una

plaza de Abogado Fiscal.

Adscripción permanente de Vilanova i la Geltrú: Dos plazas

de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Lleida: Una plaza de

Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Tarragona: Una plaza

de Abogado Fiscal.

Comunidad Autónoma de Extremadura

Adscripción permanente de Mérida: Dos plazas de Abogado

Fiscal.

Comunidad Autónoma de Galicia

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Pontevedra: Una plaza

de Abogado Fiscal.

Comunidad de Madrid

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de

Madrid: Dos plazas de Abogado Fiscal.

Adscripción permanente de Alcalá de Henares: Una plaza de

Abogado Fiscal.

Región de Murcia

Adscripción permanente de Cieza: Una plaza de Abogado

Fiscal.

Comunidad Valenciana

Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad

Valenciana: Dos plazas de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Audiencia Provincial de Alicante: Dos plazas de

Abogado Fiscal.

El concurso se sujetará a las siguientes bases:

Primera.-Las solicitudes de los aspirantes, dirigidas al Ministro

de Justicia por conducto de su Jefe inmediato, se presentarán

ante este último dentro de los diez naturales siguientes al de la

publicación de la presente Orden en el "Boletín Oficial del Estado".

Segunda.-En las instancias, según modelo que se acompaña

en el anexo, los solicitantes consignarán:

a) Nombre, apellidos, categoría en la carrera, antigüedad,

cargo que desempeñan con expresión de las fechas en que fueron

nombrados y tomaron posesión de los mismos.

b) Destino al que aspiran y, cuando sean varios, orden de

prelación según sus preferencias.

c) Que, en caso de ser nombrados para el destino o destinos

a que aspiren, no incurrirán en alguna de las

incompatibilidades o prohibiciones que establecen los artículos 57 y 58 de la

Ley 50/1981.

Las peticiones que se formulen en forma condicionada, o no

aparezcan redactadas con claridad suficiente, carecerán de validez.

Tercera.-No podrán tomar parte en el concurso:

a) Los miembros del Ministerio Fiscal en quienes no concurran

los requisitos establecidos para cada caso.

b) Los trasladados en aplicación de lo dispuesto en los

artículos 39.3 y 40 de la Ley 50/1981, respecto de las Fiscalías donde

estaban destinados mientras subsistan las causas que

determinaron el traslado.

c) Los electos para un destino que hubiera sido solicitado

por ellos.

d) Los que llevasen menos de un año contado desde la fecha

de posesión en plaza a la que hubieran accedido voluntariamente.

e) Los suspensos mientras la suspensión no se levante.

Cuarta.-Los Fiscales Jefes de los Tribunales Superiores de

Justicia y de las Audiencias, una vez consignada en las solicitudes

la fecha de la presentación, las remitirán sin dilación al Fiscal

General del Estado, y al día siguiente de terminado el plazo de

presentación de instancias, comunicarán al Fiscal General del

Estado, telegráficamente el número de instancias presentadas o el

hecho de no haberse presentado ninguna.

Quinta.-Dentro de los ocho días siguientes al del vencimiento

del plazo para solicitar las plazas vacantes, el Fiscal General del

Estado convocará al Consejo Fiscal, para que emita el informe

correspondiente en relación con la resolución del concurso, y una

vez evacuado elevará a este Ministerio la propuesta de los

nombramientos que procedan, a la que acompañará tanto las instancias

presentadas como los informes del Consejo Fiscal.

Sexta.-Recibidas las propuestas de nombramiento, este

Departamento las elevará al Consejo de Ministros o resolverá

directamente, según procediere, de conformidad con lo dispuesto en

el artículo 38 de la Ley 50/1981.

Séptima.-En aplicación de lo establecido en la regla cuarta

de la disposición transitoria primera del Real Decreto 391/1989,

de 21 de abril, las plazas incluidas en los apartados I ("plazas

de segunda categoría a proveer por Fiscales o Abogados Fiscales")

que hubieran de quedar desiertas por falta de solicitantes, serán

adjudicadas, en la Orden de resolución del concurso, al Abogado

Fiscal o a los Abogados Fiscales más antiguos en el escalafón

que estuvieran destinados en la Fiscalía o, en su caso, en la

adscripción permanente a las que dichas plazas pertenezcan.

Madrid, 3 de febrero de 1999.-P. D. (Orden de 29 de octubre

de 1996), el Director general de Relaciones con la Administración

de Justicia, Juan Ignacio Zoido Álvarez.

ANEXO: (Ver imagen página 7103)

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