Visto el expediente de indulto de don Diego José Rodríguez Conejo, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Málaga, en sentencia de fecha 22 de enero de 1997, como autor de tres delitos de robo, a la pena de dos años de prisión por cada uno de los delitos, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1996, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 14 de abril de 2000,
Vengo en indultar a don Diego José Rodríguez Conejo las penas privativas de libertad pendientes de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 14 de abril de 2000.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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