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Visto el expediente de indulto de don José María Ruiz León, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Ciudad Real, en sentencia de fecha 10 de noviembre de 1998, como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas en concurso con un delito de allanamiento de local, a la pena de treinta meses de prisión; un delito de robo de uso de vehículo de motor, a la pena de arresto de veintiún fines de semana, y un delito de atentado a agente de la autoridad, a la pena de un año de prisión, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1998, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 14 de abril de 2000,
Vengo en indultar a don José María Ruiz León las penas privativas de libertad pendientes de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 14 de abril de 2000.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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