Existiendo puestos de trabajo vacantes en los Servicios
periféricos del Organismo Autónomo Trabajo y Prestaciones
Penitenciarias, dotados presupuestariamente, y cuya provisión
corresponde llevar a efecto por el procedimiento de concurso este Ministerio,
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20.1.a) de la Ley
30/1984, de 2 de agosto, modificado por la Ley 23/1988, de
28 de julio, previa autorización de las bases de la presente
convocatoria por la Secretaría de Estado para la Administración
Pública, y de conformidad con el artículo 39 del Real Decreto
364/1995, de 10 de marzo, por la que se aprueba el Reglamento
General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración del Estado, ha dispuesto convocar concurso para la provisión
de los puestos de trabajo vacantes en sus servicios periféricos,
que se relacionan en el anexo I a esta Orden, con arreglo a las
siguientes
Bases de convocatoria
Aspirantes
Primera.-1. Podrán tomar parte en el presente concurso los
funcionarios de carrera pertenecientes a los Cuerpos Especial y
de Ayudantes, escalas masculina y femenina, de Instituciones
Penitenciarias, siempre que en la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes reúnan los requisitos que se indican
para cada puesto de trabajo, aprobados por la Comisión ejecutiva
de la Comisión Interministerial de Retribuciones.
2. a) Cada uno de los funcionarios participantes podrá
solicitar, por el orden de preferencia que estime oportuno, los puestos
vacantes que se incluyen en el anexo 1a).
b) Asimismo, para el caso de que se produzca alguna vacante,
se podrán solicitar las plazas incluidas en el anexo 1b)
c) Las plazas podrán solicitarse en el orden preferencial que
el participante estime oportuno, pudiendo, en todo caso, reflejarse
con independencia del anexo al que pertenezcan.
3. La Administración, en virtud de su capacidad
autoorganizativa, teniendo en cuenta el Plan de Creación y Amortización
de Centros Penitenciarios y otras necesidades organizativas,
determinará las plazas a cubrir del anexo 1b).
4. Los requisitos y méritos que se invoquen deberán cumplirse
por los interesados en la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes.
5. La indicada fecha servirá de referencia para efectuar los
cómputos que hayan de realizarse, pero no justificará en ningún
caso, la adjudicación de plazas a quien con posterioridad a tal
fecha hubiera quedado en situación de suspenso o hubieran dejado
de reunir los requisitos exigidos para acceder a los puestos
solicitados, viniendo obligados los concursantes en tales supuestos,
a manifestar por escrito los impedimentos en cuestión.
6. Los funcionarios que pertenezcan a dos Cuerpos de distinto
grupo, sólo podrán participar en el presente concurso desde uno
de ellos. La certificación de méritos deberá referirse a los requisitos
y méritos correspondientes a dicho Cuerpo.
Segunda.-1. Podrán participar en esta convocatoria los
funcionarios comprendidos en la base primera, con independencia
de la situación administrativa en que se encuentren, excepto los
suspensos en firme, que no podrán participar mientras
permanezcan en dicha situación, siempre que reúnan las condiciones
generales exigidas y los requisitos especificados en la presente
convocatoria.
2. Los funcionarios en activo con destino definitivo sólo
podrán participar en el presente concurso si han transcurrido dos
años desde la toma de posesión del último destino obtenido por
concurso, salvo que se dé alguno de los supuestos siguientes:
a) Que tengan destino definitivo en el ámbito del Ministerio
del Interior, con excepción de los destinados en la Secretaria de
Estado de Seguridad.
b) Que hayan sido removidos del puesto de trabajo obtenido
por el procedimiento de concurso o de libre designación, antes
de haber transcurrido dos años desde la correspondiente toma
de posesión.
c) Que procedan de un puesto de trabajo suprimido.
3. Los funcionarios reingresados al servicio activo mediante
adscripción provisional en el departamento sólo tendrán la
obligación de participar si se convoca el puesto que ocupan
provisionalmente. En el caso de no participar en este concurso, los
funcionarios a que se refiere este apartado podrán ser destinados
a las vacantes que se generen después de atender las solicitudes
del resto de los concursantes.
4. Los funcionarios en situación de excedencia voluntaria por
interés particular o excedencia por agrupación familiar sólo podrán
participar si llevan más de dos años en esta situación.
5. Los funcionarios en situación de excedencia para el cuidado
de hijos o servicios especiales sólo podrán participar cuando hayan
transcurrido dos años desde la toma de posesión del último destino
obtenido por concurso, salvo que se trate de funcionarios con
derecho a reserva de puesto de trabajo en este Ministerio, a
excepción de la Secretaría de Estado de Seguridad, o en el supuesto
previsto en el artículo 20.1,e) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto,
así como en el caso de supresión del puesto de trabajo reservado.
6. Los funcionarios en situación administrativa de servicios
en Comunidades Autónomas sólo podrán participar en este
concurso si a la fecha de finalización del plazo de presentación de
instancias han transcurrido dos años desde su transferencia o
traslado a las mismas.
7. En caso de estar interesados por razones de convivencia
familiar dos funcionarios, aunque pertenezcan a distinto Cuerpo
o escala, en las vacantes que se convocan para un mismo
municipio, podrán condicionar su petición al hecho de que ambos
obtengan destino en el mismo concurso y en el mismo municipio,
entendiéndose, en caso contrario, anulada la petición efectuada por
ambos. Quienes se acojan a esta petición condicional deberán
acompañar a su solicitud fotocopia de la petición del otro
funcionario en la misma convocatoria.
8. Los funcionarios con alguna discapacidad podrán instar
en la solicitud de vacantes la adaptación del puesto o puestos
de trabajo solicitados que no supongan una modificación
exorbitante en el contexto de la organización.
La Comisión de valoración podrá recabar del interesado, en
entrevista personal, la información que estime necesaria en orden
a la adaptación deducida, así como el dictamen de los órganos
competentes correspondientes, respecto de la procedencia de la
adaptación y de la compatibilidad con el desempeño de las tareas
y funciones del puesto en concreto.
Méritos
Tercera.-La valoración de los méritos para la adjudicación de
los puestos de trabajo se realizará con arreglo al siguiente baremo:
1. Méritos específicos: Se encuentran recogidos en el anexo
I.a. de esta Orden, valorándose con la puntuación máxima de
2,3 puntos.
Cuando la experiencia en el desempeño de puestos de trabajo
se adquiera a través de comisión de servicios, solo serán tenidas
en cuenta, a efectos de valoración de este apartado, las realizadas
en los dos últimos años.
2. Valoración del grado personal: Se valorará hasta un
máximo de 6,50 puntos. Por tener consolidado un grado personal:
Superior al nivel del puesto solicitado: 6,50 puntos.
Igual al nivel del puesto solicitado: 6 puntos.
Inferior al del puesto solicitado: 5 puntos.
En este apartado se valorará en su caso, el grado reconocido
en la Administración de las Comunidades Autónomas, cuando se
halle dentro del intervalo de niveles establecido en el artículo 71
del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, para el Grupo de
titulación al que pertenezca el funcionario.
En el supuesto de que el grado reconocido en una Comunidad
Autónoma exceda del máximo establecido en la Administración
del Estado, de acuerdo con lo establecido en dicho Real Decreto,
para el grupo de titulación al que pertenezca el funcionario, deberá
valorarse el máximo correspondiente al intervalo de niveles
asignado a su grupo de titulación en la Administración del Estado.
El funcionario que participe desde un departamento ajeno al
Ministerio del Interior y que tenga un grado personal consolidado
o que pueda ser consolidado durante el período de presentación
de instancias deberá recabar del órgano o unidad a que se refiere
la base cuarta que dicha circunstancia quede expresamente
reflejada en el anexo III (certificado de méritos).
3. Valoración del trabajo desarrollado: Se adjudicarán hasta
un máximo de 6 puntos en función del nivel de complemento
de destino del puesto de trabajo actualmente desempeñado, con
arreglo a los siguientes criterios:
a) Por estar desempeñando un puesto de trabajo de nivel
superior al del puesto solicitado:
Durante dos meses o más: 6.
Durante menos de dos meses: 5,5.
b) Por estar desempeñando un puesto de trabajo de nivel igual
al del puesto solicitado:
Durante dos meses o más: 5,5.
Durante menos de dos meses: 5.
c) Por estar desempeñando un puesto de trabajo inferior al
del puesto solicitado:
Durante dos meses o más: 5.
Durante menos de dos meses: 4,5.
Aquellos funcionarios que concursen desde un puesto de
trabajo sin nivel de complemento de destino, se entenderá que están
desempeñando un puesto de nivel mínimo correspondiente al
grupo al que pertenezca su cuerpo o escala.
Cuando se trate de funcionarios procedentes de la situación
de servicios especiales, se atenderá al nivel del último puesto que
desempeñaban en activo o, en su defecto, se les atribuirá el nivel
mínimo correspondiente al grupo en que se clasifique su cuerpo
o escala.
4. Cursos de formación y perfeccionamiento: Por tratarse de
puestos básicos en su grupo no se valorarán cursos de formación.
5. Antigüedad: La antigüedad se valorará hasta un máximo
de 6 puntos, a razón de 0,20 puntos por cada año completo de
servicios, sin que puedan computarse más de una vez los servicios
prestados simultáneamente.
A estos efectos, se computarán los servicios prestados con
carácter previo al ingreso en el cuerpo o escala del funcionario
solicitante, expresamente reconocidos al amparo de lo dispuesto
en la Ley 70/1978, de 26 de diciembre.
Solicitudes, requisitos y documentación
Cuarta.-1. Los méritos, así como los requisitos y datos
imprescindibles, deberán ser acreditados, por certificado, en copia
de modelo que figura como anexo III a esta Orden.
Este certificado deberá ser expedido por las unidades
competentes en materia de personal de los departamentos ministeriales
u organismos autónomos, de la Dirección General de Instituciones
Penitenciarias o del Organismo Autónomo Trabajo y Prestaciones
Penitenciarias si se trata de funcionarios destinados en servicios
centrales.
Cuando se trate de funcionarios destinados en los servicios
periféricos de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias,
el Organismo Autónomo Trabajo y Prestaciones Penitenciarias,
o de cualquier otro departamento u organismo, será expedido por
los Secretarios generales de las Delegaciones o Subdelegaciones
del Gobierno de la provincia en que se ubiquen los centros o
las unidades en que se encuentren prestando sus servicios. En
el caso de funcionarios destinados en los servicios periféricos del
Ministerio de Defensa, sus certificados serán expedidos por los
Delegados de Defensa.
2. Respecto al personal destinado en Comunidades
Autónomas, dicha certificación deberá ser expedida por la Dirección
General de la Función Pública de la Comunidad u organismo similar.
3. En cuanto a los funcionarios que se encuentren en situación
de excedencia voluntaria, la mencionada certificación será
expedida por la Subdirección General de Personal de Instituciones
Penitenciarias, de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias.
4. Los méritos alegados por los concursantes serán
acreditados documentalmente mediante las pertinentes certificaciones,
justificantes o cualquier otro medio, sin perjuicio de que se pueda
recabar de los interesados las aclaraciones o aportación de la
documentación adicional que se estime necesaria para la
comprobación de dichos méritos.
5. Los concursantes que procedan de la situación de suspenso
deberán acompañar a su solicitud documentación acreditativa de
la terminación del período de suspensión.
6. Los excedentes voluntarios por interés particular
acompañarán a su solicitud declaración de no haber sido separados
del servicio de cualesquiera de las Administraciones Públicas.
7. Las certificaciones se expresarán referidas a la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Presentación de solicitudes
Quinta.-1. La cumplimentación y tramitación de las
solicitudes de los funcionarios en activo para tomar parte en este
concurso se realizará en la oficina de Gabinete de Dirección, a través
del programa informático elaborado al efecto.
Los funcionarios que se encuentren en otras situaciones
administrativas participarán conforme al modelo publicado como anexo
II a esta Orden, a través de las oficinas a que se refiere el artículo
38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, pudiendo ser igualmente utilizado este
procedimiento por los funcionarios mencionados en el párrafo anterior.
2. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días
hábiles a contar a partir del siguiente al de la publicación de la
presente convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".
Transcurrido este plazo, serán remitidas, por el Gabinete de
Dirección, todas las solicitudes, junto con el anexo III, certificado
de méritos, señalado en la base cuarta, y la documentación que
se adjunte.
3. El concursante deberá unir a la solicitud reseña del puesto
o puestos a que se aspire por orden de preferencia, así como
la documentación que hubiera de acompañar.
4. Una vez finalizada la grabación de las solicitudes
cumplimentadas en los anexos II y III y valorados los méritos y
documentaciones alegadas por la Comisión de valoración, a la que
hace referencia la base sexta, este centro directivo remitirá a cada
unidad periférica los listados provisionales del resultado del
concurso, donde quedarán recogidas las puntuaciones obtenidas por
cada concursante, siguiendo el baremo de la base tercera, que
deberán ser expuestos para conocimiento de los mismos.
Las alegaciones que en cuanto a variación en las puntuaciones
formulen los interesados deberán ser remitidas a este centro
directivo en un plazo máximo de diez días naturales, a partir de la
recepción del listado provisional, aportando, a tal efecto las
pruebas documentales oportunas encaminadas a las modificaciones
que estimen deben efectuarse, debiendo utilizar para su
comunicación, preferentemente, los centros penitenciarios.
Comisión de valoración
Sexta.-1. Los méritos serán valorados por una Comisión de
valoración compuesta por los siguientes miembros: La Gerente
del Organismo Autónomo Trabajo y Prestaciones Penitenciarias
o persona en quien delegue, quien la presidirá ; siete miembros
en representación del centro directivo al que figuren adscritos los
puestos convocados, uno de los cuales actuará como Secretario,
y un representante de cada una de las centrales sindicales más
representativas y de las que cuenten con más del 10 por 100
de representantes en el conjunto de las Administraciones públicas
o en el ámbito correspondiente.
Los miembros de la Comisión deberán pertenecer a grupo de
titulación igual o superior al exigido para los puestos convocados.
Serán nombrados por el ilustrísimo señor Presidente del
Organismo Autónomo de Trabajo y Prestaciones Penitenciarias.
Prioridad para la adjudicación de destinos
Séptima.-1. Para poder obtener un puesto de trabajo en el
presente concurso, habrá de alcanzarse una puntuación mínima
de 4 puntos.
2. La propuesta de adjudicación de cada uno de los puestos
vendrá dada por la puntuación obtenida según el baremo de la
base tercera.
3. En caso de empate en la puntuación, se acudirá para
dirimirlo a la otorgada a los méritos enunciados en la base tercera
por el orden expresado. De persistir el empate se acudirá a la
fecha de ingreso como funcionario de carrera en el cuerpo o escala
desde el que se concursa y, en su defecto, al número obtenido
en el proceso selectivo.
Plazos de resolución
Octava.-1. La presente convocatoria se resolverá mediante
Orden que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado". A tal
efecto, los listados de adjudicaciones serán expuestos en los
tablones de anuncios de los centros penitenciarios y oficina de
información de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias
y del Organismo Autónomo Trabajo y Prestaciones Penitenciarias,
en donde se determinarán los puestos de trabajo que se adjudican
y los funcionarios que se destinan a los mismos, con indicación
del puesto de procedencia, localidad y nivel de complemento de
destino, así como, en su caso, situación administrativa de
procedencia.
2. El concurso se resolverá dentro de los dos meses siguientes
al día en que finalice el plazo de presentación de instancias.
3. La resolución del concurso se motivará con referencia al
cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la
convocatoria. En todo caso, deberán quedar acreditadas en el
procedimiento, como fundamento de la resolución adoptada, la
observancia del procedimiento debido y la valoración final de los méritos
de los candidatos.
Tomas de posesión
Novena.-1. Los destinos adjudicados serán irrenunciables,
salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión, se hubiere
obtenido otro destino mediante convocatoria pública, en cuyo caso
los adjudicatarios deberán comunicar, por escrito, su opción en
el plazo de tres días desde la publicación de la resolución en
el "Boletín Oficial del Estado".
2. Los traslados a que puedan dar lugar las adjudicaciones
de los puestos de trabajo tendrán la consideración de voluntarios
y, en consecuencia, no generarán derecho al abono de
indemnización por concepto alguno, sin perjuicio de las excepciones
previstas en el régimen de indemnizaciones por razón de servicio.
3. El personal que obtenga destino a través de este concurso
no podrá participar en concurso de traslado que convoque tanto
la Administración del Estado como las Comunidades Autónomas
hasta que hayan transcurrido dos años desde la toma de posesión
del puesto adjudicado, salvo en los supuestos contemplados en
el artículo 20.1, f) de la Ley 30/1984, modificado por la Ley
23/1988, de 28 de julio.
Décima.-1. El plazo para tomar posesión será de tres días
hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario, o de
un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio
activo.
El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir
del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los
tres días hábiles siguientes al de la publicación de la resolución
del concurso en el "Boletín Oficial del Estado". Si la resolución
comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de
posesión deberá computarse desde dicha publicación.
2. El Subsecretario del Departamento donde preste servicios
el funcionario podrá, no obstante, diferir el cese por necesidades
del servicio, hasta veinte días hábiles, debiendo comunicarse a
la Unidad a donde haya sido destinado el funcionario.
Excepcionalmente, a propuesta del Departamento, por
exigencias del normal funcionamiento de los servicios, apreciadas en
cada caso por el Secretario de Estado para la Administración
Pública, podrá aplazarse la fecha del cese hasta un máximo de tres
meses, computada la prórroga prevista en el párrafo anterior.
Con independencia de lo establecido en los dos párrafos
anteriores, la Subsecretaría del Departamento podrá conceder una
prórroga de incorporación hasta de un máximo de veinte días
hábiles si el destino implica cambio de residencia y si lo solicita
el interesado por razones justificadas.
3. El cómputo del plazo posesorio se iniciará cuando finalicen
los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos
a los interesados, salvo que, por causas justificadas, el órgano
convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.
4. Efectuada la toma de posesión, el plazo posesorio se
considerará como de servicio activo a todos los efectos, excepto en
los supuestos de reingreso desde la situación de excedencia
voluntaria.
Normas finales
Undécima.-1. De acuerdo con el artículo 14 de la
Constitución Española y la Directiva Comunitaria de 9 de febrero de
1976, la Administración Pública lleva a cabo una política de
igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al
acceso al empleo, a la formación profesional y a las condiciones
de trabajo.
Duodécima.-La presente convocatoria, que pone fin a la vía
administrativa, de conformidad con el artículo 116 de la Ley 30/92,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá ser
recurrida potestativamente ante este organismo autónomo,
mediante la interposición de recurso de reposición en el plazo de un mes,
contado a partir del día siguiente al de su publicación, o ser
impugnada directamente ante los Juzgados Centrales de lo
Contencioso-Administrativo (Madrid), pudiendo interponerse, en este caso,
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a
contar desde el día siguiente al de su publicación.
Madrid, 14 de abril de 2000.-P. D. (Orden de 30 de noviembre
de 1998), el Presidente del Organismo Autónomo Trabajo y
Prestaciones Penitenciarias, Ángel Yuste Castillejo.
ANEXO I.a
Descripción
puesto,
méritos
específicos,
cursos
Núm Clavepuesto Centrodirectivo,puesto detrabajo Vac. Localidad Grupo Nivel C. específico
0161 Nanclares de Oca
1 6COX0 Coordinador de servicios ..................... 1 Nanclares de Oca ............. B 18 1.599.972 2
2 6GPR0 Gestor de Producción ......................... 1 Nanclares de Oca ............. B 18 1.440.348 1
0261 Albacete
3 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Albacete ...................... B 18 836.604 2
0361 Alicante Cumplimiento
4 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Font-Calent ................... B 18 1.017.756 2
0461 Almería Cumplimiento
5 6GRP0 Gestor de Producción ......................... 1 Almería ....................... B 18 854.508 1
Descripción
puesto,
méritos
específicos,
cursos
Núm Clavepuesto Centrodirectivo,puesto detrabajo Vac. Localidad Grupo Nivel C. específico
0661 Badajoz
6 6GPR0 Gestor de Producción ......................... 1 Badajoz ...................... B 18 854.508 1
0762 Palma de Mallorca
7 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 2 Palma de Mallorca ............ B 18 1.017.756 2
8 6GRP0 Gestor de Producción ......................... 1 Palma de Mallorca ............ B 18 854.508 1
0763 Ibiza
9 6COX0 Coordinador de servicios ..................... 1 San José ..................... B 18 752.184 2
0961 Burgos
10 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Burgos ....................... B 18 1.017.756 2
1161 Puerto de Santa María-I
11 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Puerto de Santa María ........ B 18 1.017.756 2
1163 Algeciras
12 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ..................... 1 Algeciras ..................... C 15 580.620 3
1168 Puerto de Santa María-II
13 6GPR0 Gestor de Producción ......................... 1 Puerto de Santa María ........ B 18 854.508 1
1261 Castellón
14 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Castellón ..................... B 18 912.108 2
15 6GPR0 Gestor de Producción ......................... 1 Castellón ..................... B 18 749.280 1
1364 Herrera de la Mancha
16 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Manzanares .................. B 18 1.017.756 2
1562 Teixeiro (Curtis)
17 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 2 Curtis ........................ B 18 1.017.756 2
18 6GPR0 Gestor de Producción ......................... 1 Curtis ........................ B 18 854.508 1
1661 Cuenca
19 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Cuenca ....................... B 18 752.184 2
1862 Albolote
20 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 2 Albolote ...................... B 18 1.017.756 2
21 6GPR0 Gestor de Producción ......................... 1 Albolote ...................... B 18 854.508 1
2061 San Sebastián
22 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 San Sebastián ................ B 18 1.599.972 2
2162 Huelva
23 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Huelva ....................... B 18 1.017.756 2
24 6GPR0 Gestor de Producción ......................... 1 Huelva ....................... B 18 854.508 1
2361 Jaén
25 6COX0 Coordinador de servicios ..................... 1 Jaén .......................... B 18 1.017.756 2
26 6GPR0 Gestor de Producción ......................... 1 Jaén .......................... B 18 854.508 1
2462 León
27 6GPR0 Gestor de Producción ......................... 1 Mansilla ...................... B 18 854.508 1
2661 Logroño
28 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Logroño ...................... B 18 836.604 2
2762 Lugo-Monterroso
29 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Monterroso ................... B 18 836.604 2
2863 Madrid-III (Valdemoro)
30 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Valdemoro ................... B 18 1.017.756 2
2864 Madrid-IV (Navalcarnero)
31 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Navalcarnero ................. B 18 1.017.756 2
2865 Madrid-V (Soto del Real)
32 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Soto del Real ................. B 18 1.017.756 2
Descripción
puesto,
méritos
específicos,
cursos
Núm Clavepuesto Centrodirectivo,puesto detrabajo Vac. Localidad Grupo Nivel C. específico
2866 Madrid VI (Aranjuez)
33 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Aranjuez ..................... B 18 1.017.756 2
34 6GPR0 Gestor de Producción ......................... 1 Aranjuez ..................... B 18 854.508 1
28671 Victoria Kent
35 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Madrid ....................... B 18 836.604 2
36 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ..................... 2 Madrid ....................... C 15 706.344 3
2869 Madrid-I Mujeres (Alcalá de Henares)
37 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Alcalá de Henares ............. B 18 1.017.756 2
38 6GPR0 Gestor de Producción ......................... 1 Alcalá de Henares ............. B 18 854.508 1
2962 Málaga
39 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Alhaurín de la Torre ........... B 18 1.017.756 2
40 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ..................... 2 Alhaurín de la Torre ........... C 15 706.344 3
3061 Murcia
41 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Sangonera La. ................ B 18 912.108 2
3161 Pamplona
42 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Pamplona .................... B 18 1.599.972 2
3261 Ourense
43 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ..................... 1 Pereiro de Aguia .............. C 15 580.620 3
3363 Villabona
44 6GPR0 Gestor de Producción ......................... 1 Villabona ..................... B 18 854.508 1
3462 La Moraleja (Dueñas)
45 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 La Moraleja ................... B 18 1.017.756 2
46 6GPR0 Gestor de Producción ......................... 1 La Moraleja ................... B 18 854.508 1
3561 Las Palmas
47 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 2 Tafira Alta .................... B 18 1.017.756 2
48 6GPR0 Gestor de Producción ......................... 1 Tafira Alta .................... B 18 854.508 1
49 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ..................... 2 Tafira Alta .................... C 15 706.344 3
3562 Arrecife
50 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Arrecife de Lanzarote ......... B 18 752.184 2
3663 A Lama
51 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 2 Pontevedra ................... B 18 1.017.756 2
52 6GPR0 Gestor de Producción ......................... 1 Pontevedra ................... B 18 854.508 1
3762 Topas
53 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Topas ........................ B 18 1.017.756 2
3863 Tenerife
54 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 2 El Rosario .................... B 18 1.017.756 2
55 6GPR0 Gestor de Producción ......................... 1 El Rosario .................... B 18 854.508 1
56 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ..................... 1 El Rosario .................... C 15 706.344 3
3961 El Dueso (Santoña)
57 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Santoña ...................... B 18 912.108 2
4160 Sevilla
58 6GPR0 Gestor de Producción ......................... 1 Sevilla ........................ B 18 854.508 1
4163 Alcalá de Guadaira-Mujeres
59 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Alcalá de Guadaira ............ B 18 836.604 2
4261 Soria
60 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Soria ......................... B 18 912.108 2
4561 Ocaña-I
61 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Ocaña ........................ B 18 912.108 2
62 6GPR0 Gestor de Producción ......................... 1 Ocaña ........................ B 18 765.768 1
Descripción
puesto,
méritos
específicos,
cursos
Núm Clavepuesto Centrodirectivo,puesto detrabajo Vac. Localidad Grupo Nivel C. específico
4564 Ocaña-II
63 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Ocaña ........................ B 18 836.604 2
64 6GPR0 Gestor de Producción ......................... 1 Ocaña ........................ B 18 687.420 1
4660 Valencia
65 6GPR0 Gestor de Producción ......................... 2 Picassent ..................... B 18 854.508 1
4661 Valencia Preventivos
66 6COX1 Coordinador de Servicios Preventivos ......... 2 Picassent ..................... B 18 1.017.756 2
4662 Valencia Cumplimiento
67 6COX2 Coordinador de Servicios Cumplimiento ...... 2 Picassent ..................... B 18 1.017.756 2
4664 Valencia CIS
68 6COX4 Coordinador de Servicios CIS OATPP ......... 1 Picassent ..................... B 18 836.604 2
69 6FPS4 Apoyo Servicios Sociales CIS ................. 1 Picassent ..................... C 15 706.344 3
4761 Valladolid
70 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Villanubla .................... B 18 912.108 2
71 6GPR0 Gestor de Producción ......................... 1 Villanubla .................... B 18 749.280 1
4861 Bilbao
72 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Basauri ....................... B 18 1.599.972 2
5066 Daroca
73 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Daroca ....................... B 18 1.017.756 2
74 6GPR0 Gestor de Producción ......................... 1 Daroca ....................... B 18 854.508 1
5161 Ceuta
75 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Ceuta ........................ B 18 836.604 2
5261 Melilla
76 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 2 Melilla ........................ B 18 836.604 2
ANEXO I.b
Descripción
puesto,
méritos
específicos,
cursos
Núm Clavepuesto Centrodirectivo,puesto detrabajo Localidad Grupo Nivel C. específico
0161 Nanclares de Oca
77 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Nanclares de Oca ................ C 15 1.331.928 3
0261 Albacete
78 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Albacete ......................... C 15 580.620 3
0361 Alicante Cumplimiento
79 6GPR0 Gestor de Producción ............................ Font-Calent ...................... B 18 854.508 1
80 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Font-Calent ...................... C 15 706.344 3
0461 Almería Cumplimiento
81 6COX0 Coordinador de Servicios ........................ Almería .......................... B 18 1.017.756 2
82 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Almería .......................... C 15 706.344 3
0561 Ávila
83 6COX0 Coordinador de Servicios ........................ Brieva ........................... B 18 836.604 2
0661 Badajoz
84 6COX0 Coordinador de Servicios ........................ Badajoz ......................... B 18 1.017.756 2
85 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Badajoz ......................... C 15 706.344 3
0762 Mallorca
86 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Palma Mallorca .................. C 15 706.344 3
Descripción
puesto,
méritos
específicos,
cursos
Núm Clavepuesto Centrodirectivo,puesto detrabajo Localidad Grupo Nivel C. específico
0961 Burgos
87 6GPR0 Gestor de Producción ............................ Burgos .......................... B 18 854.508 1
88 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Burgos .......................... C 15 706.344 3
1062 Cáceres
89 6COX0 Coordinador de Servicios ........................ Cáceres .......................... B 18 836.604 2
90 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Cáceres .......................... C 15 580.620 3
1162 Jerez de la Frontera
91 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Jerez de la Frontera .............. C 15 580.620 3
1163 Algeciras
92 6COX0 Coordinador de Servicios ........................ Algeciras ........................ B 18 836.604 2
1168 Puerto de Santa María-II
93 6COX0 Coordinador de Servicios ........................ Puerto de Santa María ............ B 18 1.017.756 2
94 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Puerto Santa María .............. C 15 706.344 3
1261 Castellón
95 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Castellón ........................ C 15 637.164 3
1364 Herrera de la Mancha
96 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Manzanares ...................... C 15 706.344 3
1461 Córdoba
97 6COX0 Coordinador de Servicios ........................ Córdoba ......................... B 18 912.108 2
98 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Córdoba ......................... C 15 650.292 3
1562 Teixeiro (Curtis)
99 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Curtis ........................... C 15 706.344 3
1862 Albolote
100 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Albolote ......................... C 15 706.344 3
2061 San Sebastián
101 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ San Sebastián ................... C 15 1.331.928 3
2162 Huelva
102 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Huelva .......................... C 15 706.344 3
2361 Jaén
103 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Jaén ............................. C 15 706.344 3
2462 León
104 6COX0 Coordinador de Servicios ........................ Mansilla de L. .................... B 18 1.017.756 2
105 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Mansilla de L. .................... C 15 706.344 3
2661 Logroño
106 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Logroño ......................... C 15 580.620 3
2761 Lugo-Bonxe
107 6COX0 Coordinador de Servicios ........................ Bonxe ........................... B 18 836.604 2
108 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Bonxe ........................... C 15 580.620 3
2862 Madrid II (Alcalá de H.-Meco)
109 6COX0 Coordinador de Servicios ........................ Alcalá de Henares ................ B 18 1.017.756 2
110 6GPR0 Gestor de Producción ............................ Alcalá de Henares ................ B 18 854.508 1
111 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Alcalá de Henares ................ C 15 706.344 3
2863 Madrid III (Valdemoro)
112 6GPR0 Gestor de Producción ............................ Valdemoro ....................... B 18 854.508 1
2864 Madrid IV (Navalcarnero)
113 6GPR0 Gestor de Producción ............................ Navalcarnero .................... B 18 854.508 1
2865 Madrid V (Soto del Real)
114 6GPR0 Gestor de Producción ............................ Soto del Real .................... B 18 854.508 1
Descripción
puesto,
méritos
específicos,
cursos
Núm Clavepuesto Centrodirectivo,puesto detrabajo Localidad Grupo Nivel C. específico
2962 Málaga
115 6GPR0 Gestor de Producción ............................ Alhaurín de L. ................... B 18 854.508 1
3061 Murcia
116 6GPR0 Gestor de Producción ............................ Sangonera La .................... B 18 749.280 1
117 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Sangonera La .................... C 15 637.164 3
3161 Pamplona
118 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Pamplona ....................... C 15 1.331.928 3
3261 Ourense
119 6COX0 Coordinador de Servicios ........................ Pereiro de Ag. ................... B 18 836.604 2
3363 Villabona
120 6COX0 Coordinador de Servicios ........................ Villabona ........................ B 18 1.017.756 2
121 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Villabona ........................ C 15 706.344 3
3663 A Lama
122 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Pontevedra ...................... C 15 706.344 3
3762 Topas
123 6GPR0 Gestor de Producción ............................ Topas ........................... B 18 854.508 1
124 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Topas ........................... C 15 706.344 3
3961 El Dueso (Santoña)
125 6GPR0 Gestor de Producción ............................ Santoña ......................... B 18 749.280 1
126 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Santoña ......................... C 15 637.164 3
4062 Segovia Cumplimiento
127 6COX0 Coordinador de Servicios ........................ Segovia .......................... B 18 836.604 2
4160 Sevilla
128 6COX0 Coordinador de Servicios ........................ Sevilla ........................... B 18 1.017.756 2
129 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Sevilla ........................... C 15 706.344 3
4761 Valladolid
130 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Villanubla ....................... C 15 637.164 3
4861 Bilbao
131 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Basauri .......................... C 15 1.331.928 3
5061 Zaragoza
132 6COX0 Coordinador de Servicios ........................ Zaragoza ........................ B 18 836.604 2
133 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Ceuta ............................ C 15 580.620 3
5161 Ceuta
134 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Ceuta ............................ C 15 580.620 3
5261 Melilla
135 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Melilla ........................... C 15 580.620 3
Denominacióndelpuesto detrabajo. Descripcióndefunciones Méritosespecíficos Puntuación
1 Gestor de Producción.
Apoyo en la Gestión de los Talleres productivos, bajo la
supervisión del Coordinador de Producción.
Por el desempeño de puestos de trabajo adscritos al
Cuerpo Especial de IIPP, durante un tiempo mínimo
de seis meses.
2
Elaboración de cuantas estadísticas, indicadores, datos o
informes relacionados con la actividad productiva se le
requieran desde el Centro Penitenciario, incluidos todos
los requeridos por el Gestor Económico Administrativo del
Organismo Autónomo para el cumplimiento de su
cometido, o desde la Sede Central del Organismo Autónomo
de Trabajo y Prestaciones Penitenciarias.
Lengua de la Comunidad Autónoma. 0,3
Denominacióndelpuesto detrabajo. Descripcióndefunciones Méritosespecíficos Puntuación
2 Coordinador de Servicios.
Apoyo en la gestión administrativa de las actividades de
enseñanza reglada, formación continua, cultura y deporte, y
en general, todas las relativas a la formación integral del
interno.
Por el desempeño de puestos de trabajo adscritos al
cuerpo Especial de IIPP, durante un tiempo mínimo
de seis meses.
Lengua de la Comunidad Autónoma.
2
Apoyo en la gestión administrativa de talleres productivos
en los casos de centros no dotados con Coordinador de
Producción.
0,3
Elaboración de cuantas estadísticas, indicadores, datos e
informes relacionados con su actividad productiva se le
requieran desde el centro penitenciario, incluidos todos los
requeridos por el Gestor económico del organismo, para
el cumplimiento de su cometido.
Apoyo a la gestión económica del organismo, cuando así se
le encomiende.
Cualquiera otra que se le encomiende, relacionada con las
líneas de actuación del organismo.
3 Apoyo Servicios Sociales.
Realización de las tareas administrativas necesarias para el
normal desarrollo del servicio.
Por el desempeño de puestos de trabajo adscritos al
Cuerpo de Ayudantes de IIPP, durante un tiempo
mínimo de seis meses.
2
Informar a los diferentes colectivos de atención.
Realizar el control de presentaciones de los liberados
condicionales, internos de permiso y los sometidos a otras
medidas.
Lengua de la Comunidad Autónoma. 0,3
Realizar el control y seguimiento de los casos que se le
asignen, desplazándose si fuera necesario.
Realización de las gestiones externas que se le encomienden
en relación con el servicio.
Prestar apoyo en las tareas de archivo y gestión de
documentos para el buen funcionamiento del servicio.
ANEXOS II y III (Ver imágenes páginas 17408 a 17410)
ANEXO IV
Apellidos ........................................................................................
Nombre ..........................................................................................
Puesto número (1) ...............................................................................
Denominación del puesto ........................................................................
Firma
Méritosquesealeganporelconcursanteenrelaciónconloscitadosenelanexo I(3)
Experiencia, conocimientos,actividades, cursos, diplomas,publicaciones, etc. (4)Méritosadecuadosalpuesto solicitado (2)
(1) El interesado deberá rellenar un impreso, como mínimo, por cada puesto solicitado.
(2) En esta columna se recogerán los méritos adecuados a la "descripción de funciones" que figuran en el anexo I.a) (transcripción
literal).
(3) En esta columna se expondrá por el concursante los méritos personales y profesionales que considere oportunos y referidos
a los "méritos adecuados a las características del puesto" que se citan en el anexo I.
(4) Esta descripción no exime de la pertinente documentación, sin la cual no se procederá a su valoración.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid