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Documento BOE-A-2000-8722

Orden de 14 de abril de 2000 por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo vacantes en los Servicios periféricos del Organismo Autónomo Trabajo y Prestaciones Penitenciarias.

Publicado en:
«BOE» núm. 113, de 11 de mayo de 2000, páginas 17399 a 17411 (13 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2000-8722

TEXTO ORIGINAL

Existiendo puestos de trabajo vacantes en los Servicios

periféricos del Organismo Autónomo Trabajo y Prestaciones

Penitenciarias, dotados presupuestariamente, y cuya provisión

corresponde llevar a efecto por el procedimiento de concurso este Ministerio,

de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20.1.a) de la Ley

30/1984, de 2 de agosto, modificado por la Ley 23/1988, de

28 de julio, previa autorización de las bases de la presente

convocatoria por la Secretaría de Estado para la Administración

Pública, y de conformidad con el artículo 39 del Real Decreto

364/1995, de 10 de marzo, por la que se aprueba el Reglamento

General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración

General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y

Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la

Administración del Estado, ha dispuesto convocar concurso para la provisión

de los puestos de trabajo vacantes en sus servicios periféricos,

que se relacionan en el anexo I a esta Orden, con arreglo a las

siguientes

Bases de convocatoria

Aspirantes

Primera.-1. Podrán tomar parte en el presente concurso los

funcionarios de carrera pertenecientes a los Cuerpos Especial y

de Ayudantes, escalas masculina y femenina, de Instituciones

Penitenciarias, siempre que en la fecha de finalización del plazo de

presentación de solicitudes reúnan los requisitos que se indican

para cada puesto de trabajo, aprobados por la Comisión ejecutiva

de la Comisión Interministerial de Retribuciones.

2. a) Cada uno de los funcionarios participantes podrá

solicitar, por el orden de preferencia que estime oportuno, los puestos

vacantes que se incluyen en el anexo 1a).

b) Asimismo, para el caso de que se produzca alguna vacante,

se podrán solicitar las plazas incluidas en el anexo 1b)

c) Las plazas podrán solicitarse en el orden preferencial que

el participante estime oportuno, pudiendo, en todo caso, reflejarse

con independencia del anexo al que pertenezcan.

3. La Administración, en virtud de su capacidad

autoorganizativa, teniendo en cuenta el Plan de Creación y Amortización

de Centros Penitenciarios y otras necesidades organizativas,

determinará las plazas a cubrir del anexo 1b).

4. Los requisitos y méritos que se invoquen deberán cumplirse

por los interesados en la fecha de finalización del plazo de

presentación de solicitudes.

5. La indicada fecha servirá de referencia para efectuar los

cómputos que hayan de realizarse, pero no justificará en ningún

caso, la adjudicación de plazas a quien con posterioridad a tal

fecha hubiera quedado en situación de suspenso o hubieran dejado

de reunir los requisitos exigidos para acceder a los puestos

solicitados, viniendo obligados los concursantes en tales supuestos,

a manifestar por escrito los impedimentos en cuestión.

6. Los funcionarios que pertenezcan a dos Cuerpos de distinto

grupo, sólo podrán participar en el presente concurso desde uno

de ellos. La certificación de méritos deberá referirse a los requisitos

y méritos correspondientes a dicho Cuerpo.

Segunda.-1. Podrán participar en esta convocatoria los

funcionarios comprendidos en la base primera, con independencia

de la situación administrativa en que se encuentren, excepto los

suspensos en firme, que no podrán participar mientras

permanezcan en dicha situación, siempre que reúnan las condiciones

generales exigidas y los requisitos especificados en la presente

convocatoria.

2. Los funcionarios en activo con destino definitivo sólo

podrán participar en el presente concurso si han transcurrido dos

años desde la toma de posesión del último destino obtenido por

concurso, salvo que se dé alguno de los supuestos siguientes:

a) Que tengan destino definitivo en el ámbito del Ministerio

del Interior, con excepción de los destinados en la Secretaria de

Estado de Seguridad.

b) Que hayan sido removidos del puesto de trabajo obtenido

por el procedimiento de concurso o de libre designación, antes

de haber transcurrido dos años desde la correspondiente toma

de posesión.

c) Que procedan de un puesto de trabajo suprimido.

3. Los funcionarios reingresados al servicio activo mediante

adscripción provisional en el departamento sólo tendrán la

obligación de participar si se convoca el puesto que ocupan

provisionalmente. En el caso de no participar en este concurso, los

funcionarios a que se refiere este apartado podrán ser destinados

a las vacantes que se generen después de atender las solicitudes

del resto de los concursantes.

4. Los funcionarios en situación de excedencia voluntaria por

interés particular o excedencia por agrupación familiar sólo podrán

participar si llevan más de dos años en esta situación.

5. Los funcionarios en situación de excedencia para el cuidado

de hijos o servicios especiales sólo podrán participar cuando hayan

transcurrido dos años desde la toma de posesión del último destino

obtenido por concurso, salvo que se trate de funcionarios con

derecho a reserva de puesto de trabajo en este Ministerio, a

excepción de la Secretaría de Estado de Seguridad, o en el supuesto

previsto en el artículo 20.1,e) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto,

así como en el caso de supresión del puesto de trabajo reservado.

6. Los funcionarios en situación administrativa de servicios

en Comunidades Autónomas sólo podrán participar en este

concurso si a la fecha de finalización del plazo de presentación de

instancias han transcurrido dos años desde su transferencia o

traslado a las mismas.

7. En caso de estar interesados por razones de convivencia

familiar dos funcionarios, aunque pertenezcan a distinto Cuerpo

o escala, en las vacantes que se convocan para un mismo

municipio, podrán condicionar su petición al hecho de que ambos

obtengan destino en el mismo concurso y en el mismo municipio,

entendiéndose, en caso contrario, anulada la petición efectuada por

ambos. Quienes se acojan a esta petición condicional deberán

acompañar a su solicitud fotocopia de la petición del otro

funcionario en la misma convocatoria.

8. Los funcionarios con alguna discapacidad podrán instar

en la solicitud de vacantes la adaptación del puesto o puestos

de trabajo solicitados que no supongan una modificación

exorbitante en el contexto de la organización.

La Comisión de valoración podrá recabar del interesado, en

entrevista personal, la información que estime necesaria en orden

a la adaptación deducida, así como el dictamen de los órganos

competentes correspondientes, respecto de la procedencia de la

adaptación y de la compatibilidad con el desempeño de las tareas

y funciones del puesto en concreto.

Méritos

Tercera.-La valoración de los méritos para la adjudicación de

los puestos de trabajo se realizará con arreglo al siguiente baremo:

1. Méritos específicos: Se encuentran recogidos en el anexo

I.a. de esta Orden, valorándose con la puntuación máxima de

2,3 puntos.

Cuando la experiencia en el desempeño de puestos de trabajo

se adquiera a través de comisión de servicios, solo serán tenidas

en cuenta, a efectos de valoración de este apartado, las realizadas

en los dos últimos años.

2. Valoración del grado personal: Se valorará hasta un

máximo de 6,50 puntos. Por tener consolidado un grado personal:

Superior al nivel del puesto solicitado: 6,50 puntos.

Igual al nivel del puesto solicitado: 6 puntos.

Inferior al del puesto solicitado: 5 puntos.

En este apartado se valorará en su caso, el grado reconocido

en la Administración de las Comunidades Autónomas, cuando se

halle dentro del intervalo de niveles establecido en el artículo 71

del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, para el Grupo de

titulación al que pertenezca el funcionario.

En el supuesto de que el grado reconocido en una Comunidad

Autónoma exceda del máximo establecido en la Administración

del Estado, de acuerdo con lo establecido en dicho Real Decreto,

para el grupo de titulación al que pertenezca el funcionario, deberá

valorarse el máximo correspondiente al intervalo de niveles

asignado a su grupo de titulación en la Administración del Estado.

El funcionario que participe desde un departamento ajeno al

Ministerio del Interior y que tenga un grado personal consolidado

o que pueda ser consolidado durante el período de presentación

de instancias deberá recabar del órgano o unidad a que se refiere

la base cuarta que dicha circunstancia quede expresamente

reflejada en el anexo III (certificado de méritos).

3. Valoración del trabajo desarrollado: Se adjudicarán hasta

un máximo de 6 puntos en función del nivel de complemento

de destino del puesto de trabajo actualmente desempeñado, con

arreglo a los siguientes criterios:

a) Por estar desempeñando un puesto de trabajo de nivel

superior al del puesto solicitado:

Durante dos meses o más: 6.

Durante menos de dos meses: 5,5.

b) Por estar desempeñando un puesto de trabajo de nivel igual

al del puesto solicitado:

Durante dos meses o más: 5,5.

Durante menos de dos meses: 5.

c) Por estar desempeñando un puesto de trabajo inferior al

del puesto solicitado:

Durante dos meses o más: 5.

Durante menos de dos meses: 4,5.

Aquellos funcionarios que concursen desde un puesto de

trabajo sin nivel de complemento de destino, se entenderá que están

desempeñando un puesto de nivel mínimo correspondiente al

grupo al que pertenezca su cuerpo o escala.

Cuando se trate de funcionarios procedentes de la situación

de servicios especiales, se atenderá al nivel del último puesto que

desempeñaban en activo o, en su defecto, se les atribuirá el nivel

mínimo correspondiente al grupo en que se clasifique su cuerpo

o escala.

4. Cursos de formación y perfeccionamiento: Por tratarse de

puestos básicos en su grupo no se valorarán cursos de formación.

5. Antigüedad: La antigüedad se valorará hasta un máximo

de 6 puntos, a razón de 0,20 puntos por cada año completo de

servicios, sin que puedan computarse más de una vez los servicios

prestados simultáneamente.

A estos efectos, se computarán los servicios prestados con

carácter previo al ingreso en el cuerpo o escala del funcionario

solicitante, expresamente reconocidos al amparo de lo dispuesto

en la Ley 70/1978, de 26 de diciembre.

Solicitudes, requisitos y documentación

Cuarta.-1. Los méritos, así como los requisitos y datos

imprescindibles, deberán ser acreditados, por certificado, en copia

de modelo que figura como anexo III a esta Orden.

Este certificado deberá ser expedido por las unidades

competentes en materia de personal de los departamentos ministeriales

u organismos autónomos, de la Dirección General de Instituciones

Penitenciarias o del Organismo Autónomo Trabajo y Prestaciones

Penitenciarias si se trata de funcionarios destinados en servicios

centrales.

Cuando se trate de funcionarios destinados en los servicios

periféricos de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias,

el Organismo Autónomo Trabajo y Prestaciones Penitenciarias,

o de cualquier otro departamento u organismo, será expedido por

los Secretarios generales de las Delegaciones o Subdelegaciones

del Gobierno de la provincia en que se ubiquen los centros o

las unidades en que se encuentren prestando sus servicios. En

el caso de funcionarios destinados en los servicios periféricos del

Ministerio de Defensa, sus certificados serán expedidos por los

Delegados de Defensa.

2. Respecto al personal destinado en Comunidades

Autónomas, dicha certificación deberá ser expedida por la Dirección

General de la Función Pública de la Comunidad u organismo similar.

3. En cuanto a los funcionarios que se encuentren en situación

de excedencia voluntaria, la mencionada certificación será

expedida por la Subdirección General de Personal de Instituciones

Penitenciarias, de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias.

4. Los méritos alegados por los concursantes serán

acreditados documentalmente mediante las pertinentes certificaciones,

justificantes o cualquier otro medio, sin perjuicio de que se pueda

recabar de los interesados las aclaraciones o aportación de la

documentación adicional que se estime necesaria para la

comprobación de dichos méritos.

5. Los concursantes que procedan de la situación de suspenso

deberán acompañar a su solicitud documentación acreditativa de

la terminación del período de suspensión.

6. Los excedentes voluntarios por interés particular

acompañarán a su solicitud declaración de no haber sido separados

del servicio de cualesquiera de las Administraciones Públicas.

7. Las certificaciones se expresarán referidas a la fecha de

finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Presentación de solicitudes

Quinta.-1. La cumplimentación y tramitación de las

solicitudes de los funcionarios en activo para tomar parte en este

concurso se realizará en la oficina de Gabinete de Dirección, a través

del programa informático elaborado al efecto.

Los funcionarios que se encuentren en otras situaciones

administrativas participarán conforme al modelo publicado como anexo

II a esta Orden, a través de las oficinas a que se refiere el artículo

38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, pudiendo ser igualmente utilizado este

procedimiento por los funcionarios mencionados en el párrafo anterior.

2. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días

hábiles a contar a partir del siguiente al de la publicación de la

presente convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".

Transcurrido este plazo, serán remitidas, por el Gabinete de

Dirección, todas las solicitudes, junto con el anexo III, certificado

de méritos, señalado en la base cuarta, y la documentación que

se adjunte.

3. El concursante deberá unir a la solicitud reseña del puesto

o puestos a que se aspire por orden de preferencia, así como

la documentación que hubiera de acompañar.

4. Una vez finalizada la grabación de las solicitudes

cumplimentadas en los anexos II y III y valorados los méritos y

documentaciones alegadas por la Comisión de valoración, a la que

hace referencia la base sexta, este centro directivo remitirá a cada

unidad periférica los listados provisionales del resultado del

concurso, donde quedarán recogidas las puntuaciones obtenidas por

cada concursante, siguiendo el baremo de la base tercera, que

deberán ser expuestos para conocimiento de los mismos.

Las alegaciones que en cuanto a variación en las puntuaciones

formulen los interesados deberán ser remitidas a este centro

directivo en un plazo máximo de diez días naturales, a partir de la

recepción del listado provisional, aportando, a tal efecto las

pruebas documentales oportunas encaminadas a las modificaciones

que estimen deben efectuarse, debiendo utilizar para su

comunicación, preferentemente, los centros penitenciarios.

Comisión de valoración

Sexta.-1. Los méritos serán valorados por una Comisión de

valoración compuesta por los siguientes miembros: La Gerente

del Organismo Autónomo Trabajo y Prestaciones Penitenciarias

o persona en quien delegue, quien la presidirá ; siete miembros

en representación del centro directivo al que figuren adscritos los

puestos convocados, uno de los cuales actuará como Secretario,

y un representante de cada una de las centrales sindicales más

representativas y de las que cuenten con más del 10 por 100

de representantes en el conjunto de las Administraciones públicas

o en el ámbito correspondiente.

Los miembros de la Comisión deberán pertenecer a grupo de

titulación igual o superior al exigido para los puestos convocados.

Serán nombrados por el ilustrísimo señor Presidente del

Organismo Autónomo de Trabajo y Prestaciones Penitenciarias.

Prioridad para la adjudicación de destinos

Séptima.-1. Para poder obtener un puesto de trabajo en el

presente concurso, habrá de alcanzarse una puntuación mínima

de 4 puntos.

2. La propuesta de adjudicación de cada uno de los puestos

vendrá dada por la puntuación obtenida según el baremo de la

base tercera.

3. En caso de empate en la puntuación, se acudirá para

dirimirlo a la otorgada a los méritos enunciados en la base tercera

por el orden expresado. De persistir el empate se acudirá a la

fecha de ingreso como funcionario de carrera en el cuerpo o escala

desde el que se concursa y, en su defecto, al número obtenido

en el proceso selectivo.

Plazos de resolución

Octava.-1. La presente convocatoria se resolverá mediante

Orden que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado". A tal

efecto, los listados de adjudicaciones serán expuestos en los

tablones de anuncios de los centros penitenciarios y oficina de

información de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias

y del Organismo Autónomo Trabajo y Prestaciones Penitenciarias,

en donde se determinarán los puestos de trabajo que se adjudican

y los funcionarios que se destinan a los mismos, con indicación

del puesto de procedencia, localidad y nivel de complemento de

destino, así como, en su caso, situación administrativa de

procedencia.

2. El concurso se resolverá dentro de los dos meses siguientes

al día en que finalice el plazo de presentación de instancias.

3. La resolución del concurso se motivará con referencia al

cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la

convocatoria. En todo caso, deberán quedar acreditadas en el

procedimiento, como fundamento de la resolución adoptada, la

observancia del procedimiento debido y la valoración final de los méritos

de los candidatos.

Tomas de posesión

Novena.-1. Los destinos adjudicados serán irrenunciables,

salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión, se hubiere

obtenido otro destino mediante convocatoria pública, en cuyo caso

los adjudicatarios deberán comunicar, por escrito, su opción en

el plazo de tres días desde la publicación de la resolución en

el "Boletín Oficial del Estado".

2. Los traslados a que puedan dar lugar las adjudicaciones

de los puestos de trabajo tendrán la consideración de voluntarios

y, en consecuencia, no generarán derecho al abono de

indemnización por concepto alguno, sin perjuicio de las excepciones

previstas en el régimen de indemnizaciones por razón de servicio.

3. El personal que obtenga destino a través de este concurso

no podrá participar en concurso de traslado que convoque tanto

la Administración del Estado como las Comunidades Autónomas

hasta que hayan transcurrido dos años desde la toma de posesión

del puesto adjudicado, salvo en los supuestos contemplados en

el artículo 20.1, f) de la Ley 30/1984, modificado por la Ley

23/1988, de 28 de julio.

Décima.-1. El plazo para tomar posesión será de tres días

hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario, o de

un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio

activo.

El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir

del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los

tres días hábiles siguientes al de la publicación de la resolución

del concurso en el "Boletín Oficial del Estado". Si la resolución

comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de

posesión deberá computarse desde dicha publicación.

2. El Subsecretario del Departamento donde preste servicios

el funcionario podrá, no obstante, diferir el cese por necesidades

del servicio, hasta veinte días hábiles, debiendo comunicarse a

la Unidad a donde haya sido destinado el funcionario.

Excepcionalmente, a propuesta del Departamento, por

exigencias del normal funcionamiento de los servicios, apreciadas en

cada caso por el Secretario de Estado para la Administración

Pública, podrá aplazarse la fecha del cese hasta un máximo de tres

meses, computada la prórroga prevista en el párrafo anterior.

Con independencia de lo establecido en los dos párrafos

anteriores, la Subsecretaría del Departamento podrá conceder una

prórroga de incorporación hasta de un máximo de veinte días

hábiles si el destino implica cambio de residencia y si lo solicita

el interesado por razones justificadas.

3. El cómputo del plazo posesorio se iniciará cuando finalicen

los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos

a los interesados, salvo que, por causas justificadas, el órgano

convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.

4. Efectuada la toma de posesión, el plazo posesorio se

considerará como de servicio activo a todos los efectos, excepto en

los supuestos de reingreso desde la situación de excedencia

voluntaria.

Normas finales

Undécima.-1. De acuerdo con el artículo 14 de la

Constitución Española y la Directiva Comunitaria de 9 de febrero de

1976, la Administración Pública lleva a cabo una política de

igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al

acceso al empleo, a la formación profesional y a las condiciones

de trabajo.

Duodécima.-La presente convocatoria, que pone fin a la vía

administrativa, de conformidad con el artículo 116 de la Ley 30/92,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá ser

recurrida potestativamente ante este organismo autónomo,

mediante la interposición de recurso de reposición en el plazo de un mes,

contado a partir del día siguiente al de su publicación, o ser

impugnada directamente ante los Juzgados Centrales de lo

Contencioso-Administrativo (Madrid), pudiendo interponerse, en este caso,

recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a

contar desde el día siguiente al de su publicación.

Madrid, 14 de abril de 2000.-P. D. (Orden de 30 de noviembre

de 1998), el Presidente del Organismo Autónomo Trabajo y

Prestaciones Penitenciarias, Ángel Yuste Castillejo.

ANEXO I.a

Descripción

puesto,

méritos

específicos,

cursos

Núm Clavepuesto Centrodirectivo,puesto detrabajo Vac. Localidad Grupo Nivel C. específico

0161 Nanclares de Oca

1 6COX0 Coordinador de servicios ..................... 1 Nanclares de Oca ............. B 18 1.599.972 2

2 6GPR0 Gestor de Producción ......................... 1 Nanclares de Oca ............. B 18 1.440.348 1

0261 Albacete

3 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Albacete ...................... B 18 836.604 2

0361 Alicante Cumplimiento

4 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Font-Calent ................... B 18 1.017.756 2

0461 Almería Cumplimiento

5 6GRP0 Gestor de Producción ......................... 1 Almería ....................... B 18 854.508 1

Descripción

puesto,

méritos

específicos,

cursos

Núm Clavepuesto Centrodirectivo,puesto detrabajo Vac. Localidad Grupo Nivel C. específico

0661 Badajoz

6 6GPR0 Gestor de Producción ......................... 1 Badajoz ...................... B 18 854.508 1

0762 Palma de Mallorca

7 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 2 Palma de Mallorca ............ B 18 1.017.756 2

8 6GRP0 Gestor de Producción ......................... 1 Palma de Mallorca ............ B 18 854.508 1

0763 Ibiza

9 6COX0 Coordinador de servicios ..................... 1 San José ..................... B 18 752.184 2

0961 Burgos

10 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Burgos ....................... B 18 1.017.756 2

1161 Puerto de Santa María-I

11 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Puerto de Santa María ........ B 18 1.017.756 2

1163 Algeciras

12 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ..................... 1 Algeciras ..................... C 15 580.620 3

1168 Puerto de Santa María-II

13 6GPR0 Gestor de Producción ......................... 1 Puerto de Santa María ........ B 18 854.508 1

1261 Castellón

14 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Castellón ..................... B 18 912.108 2

15 6GPR0 Gestor de Producción ......................... 1 Castellón ..................... B 18 749.280 1

1364 Herrera de la Mancha

16 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Manzanares .................. B 18 1.017.756 2

1562 Teixeiro (Curtis)

17 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 2 Curtis ........................ B 18 1.017.756 2

18 6GPR0 Gestor de Producción ......................... 1 Curtis ........................ B 18 854.508 1

1661 Cuenca

19 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Cuenca ....................... B 18 752.184 2

1862 Albolote

20 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 2 Albolote ...................... B 18 1.017.756 2

21 6GPR0 Gestor de Producción ......................... 1 Albolote ...................... B 18 854.508 1

2061 San Sebastián

22 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 San Sebastián ................ B 18 1.599.972 2

2162 Huelva

23 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Huelva ....................... B 18 1.017.756 2

24 6GPR0 Gestor de Producción ......................... 1 Huelva ....................... B 18 854.508 1

2361 Jaén

25 6COX0 Coordinador de servicios ..................... 1 Jaén .......................... B 18 1.017.756 2

26 6GPR0 Gestor de Producción ......................... 1 Jaén .......................... B 18 854.508 1

2462 León

27 6GPR0 Gestor de Producción ......................... 1 Mansilla ...................... B 18 854.508 1

2661 Logroño

28 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Logroño ...................... B 18 836.604 2

2762 Lugo-Monterroso

29 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Monterroso ................... B 18 836.604 2

2863 Madrid-III (Valdemoro)

30 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Valdemoro ................... B 18 1.017.756 2

2864 Madrid-IV (Navalcarnero)

31 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Navalcarnero ................. B 18 1.017.756 2

2865 Madrid-V (Soto del Real)

32 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Soto del Real ................. B 18 1.017.756 2

Descripción

puesto,

méritos

específicos,

cursos

Núm Clavepuesto Centrodirectivo,puesto detrabajo Vac. Localidad Grupo Nivel C. específico

2866 Madrid VI (Aranjuez)

33 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Aranjuez ..................... B 18 1.017.756 2

34 6GPR0 Gestor de Producción ......................... 1 Aranjuez ..................... B 18 854.508 1

28671 Victoria Kent

35 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Madrid ....................... B 18 836.604 2

36 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ..................... 2 Madrid ....................... C 15 706.344 3

2869 Madrid-I Mujeres (Alcalá de Henares)

37 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Alcalá de Henares ............. B 18 1.017.756 2

38 6GPR0 Gestor de Producción ......................... 1 Alcalá de Henares ............. B 18 854.508 1

2962 Málaga

39 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Alhaurín de la Torre ........... B 18 1.017.756 2

40 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ..................... 2 Alhaurín de la Torre ........... C 15 706.344 3

3061 Murcia

41 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Sangonera La. ................ B 18 912.108 2

3161 Pamplona

42 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Pamplona .................... B 18 1.599.972 2

3261 Ourense

43 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ..................... 1 Pereiro de Aguia .............. C 15 580.620 3

3363 Villabona

44 6GPR0 Gestor de Producción ......................... 1 Villabona ..................... B 18 854.508 1

3462 La Moraleja (Dueñas)

45 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 La Moraleja ................... B 18 1.017.756 2

46 6GPR0 Gestor de Producción ......................... 1 La Moraleja ................... B 18 854.508 1

3561 Las Palmas

47 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 2 Tafira Alta .................... B 18 1.017.756 2

48 6GPR0 Gestor de Producción ......................... 1 Tafira Alta .................... B 18 854.508 1

49 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ..................... 2 Tafira Alta .................... C 15 706.344 3

3562 Arrecife

50 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Arrecife de Lanzarote ......... B 18 752.184 2

3663 A Lama

51 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 2 Pontevedra ................... B 18 1.017.756 2

52 6GPR0 Gestor de Producción ......................... 1 Pontevedra ................... B 18 854.508 1

3762 Topas

53 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Topas ........................ B 18 1.017.756 2

3863 Tenerife

54 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 2 El Rosario .................... B 18 1.017.756 2

55 6GPR0 Gestor de Producción ......................... 1 El Rosario .................... B 18 854.508 1

56 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ..................... 1 El Rosario .................... C 15 706.344 3

3961 El Dueso (Santoña)

57 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Santoña ...................... B 18 912.108 2

4160 Sevilla

58 6GPR0 Gestor de Producción ......................... 1 Sevilla ........................ B 18 854.508 1

4163 Alcalá de Guadaira-Mujeres

59 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Alcalá de Guadaira ............ B 18 836.604 2

4261 Soria

60 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Soria ......................... B 18 912.108 2

4561 Ocaña-I

61 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Ocaña ........................ B 18 912.108 2

62 6GPR0 Gestor de Producción ......................... 1 Ocaña ........................ B 18 765.768 1

Descripción

puesto,

méritos

específicos,

cursos

Núm Clavepuesto Centrodirectivo,puesto detrabajo Vac. Localidad Grupo Nivel C. específico

4564 Ocaña-II

63 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Ocaña ........................ B 18 836.604 2

64 6GPR0 Gestor de Producción ......................... 1 Ocaña ........................ B 18 687.420 1

4660 Valencia

65 6GPR0 Gestor de Producción ......................... 2 Picassent ..................... B 18 854.508 1

4661 Valencia Preventivos

66 6COX1 Coordinador de Servicios Preventivos ......... 2 Picassent ..................... B 18 1.017.756 2

4662 Valencia Cumplimiento

67 6COX2 Coordinador de Servicios Cumplimiento ...... 2 Picassent ..................... B 18 1.017.756 2

4664 Valencia CIS

68 6COX4 Coordinador de Servicios CIS OATPP ......... 1 Picassent ..................... B 18 836.604 2

69 6FPS4 Apoyo Servicios Sociales CIS ................. 1 Picassent ..................... C 15 706.344 3

4761 Valladolid

70 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Villanubla .................... B 18 912.108 2

71 6GPR0 Gestor de Producción ......................... 1 Villanubla .................... B 18 749.280 1

4861 Bilbao

72 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Basauri ....................... B 18 1.599.972 2

5066 Daroca

73 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Daroca ....................... B 18 1.017.756 2

74 6GPR0 Gestor de Producción ......................... 1 Daroca ....................... B 18 854.508 1

5161 Ceuta

75 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 1 Ceuta ........................ B 18 836.604 2

5261 Melilla

76 6COX0 Coordinador de Servicios ..................... 2 Melilla ........................ B 18 836.604 2

ANEXO I.b

Descripción

puesto,

méritos

específicos,

cursos

Núm Clavepuesto Centrodirectivo,puesto detrabajo Localidad Grupo Nivel C. específico

0161 Nanclares de Oca

77 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Nanclares de Oca ................ C 15 1.331.928 3

0261 Albacete

78 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Albacete ......................... C 15 580.620 3

0361 Alicante Cumplimiento

79 6GPR0 Gestor de Producción ............................ Font-Calent ...................... B 18 854.508 1

80 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Font-Calent ...................... C 15 706.344 3

0461 Almería Cumplimiento

81 6COX0 Coordinador de Servicios ........................ Almería .......................... B 18 1.017.756 2

82 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Almería .......................... C 15 706.344 3

0561 Ávila

83 6COX0 Coordinador de Servicios ........................ Brieva ........................... B 18 836.604 2

0661 Badajoz

84 6COX0 Coordinador de Servicios ........................ Badajoz ......................... B 18 1.017.756 2

85 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Badajoz ......................... C 15 706.344 3

0762 Mallorca

86 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Palma Mallorca .................. C 15 706.344 3

Descripción

puesto,

méritos

específicos,

cursos

Núm Clavepuesto Centrodirectivo,puesto detrabajo Localidad Grupo Nivel C. específico

0961 Burgos

87 6GPR0 Gestor de Producción ............................ Burgos .......................... B 18 854.508 1

88 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Burgos .......................... C 15 706.344 3

1062 Cáceres

89 6COX0 Coordinador de Servicios ........................ Cáceres .......................... B 18 836.604 2

90 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Cáceres .......................... C 15 580.620 3

1162 Jerez de la Frontera

91 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Jerez de la Frontera .............. C 15 580.620 3

1163 Algeciras

92 6COX0 Coordinador de Servicios ........................ Algeciras ........................ B 18 836.604 2

1168 Puerto de Santa María-II

93 6COX0 Coordinador de Servicios ........................ Puerto de Santa María ............ B 18 1.017.756 2

94 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Puerto Santa María .............. C 15 706.344 3

1261 Castellón

95 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Castellón ........................ C 15 637.164 3

1364 Herrera de la Mancha

96 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Manzanares ...................... C 15 706.344 3

1461 Córdoba

97 6COX0 Coordinador de Servicios ........................ Córdoba ......................... B 18 912.108 2

98 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Córdoba ......................... C 15 650.292 3

1562 Teixeiro (Curtis)

99 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Curtis ........................... C 15 706.344 3

1862 Albolote

100 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Albolote ......................... C 15 706.344 3

2061 San Sebastián

101 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ San Sebastián ................... C 15 1.331.928 3

2162 Huelva

102 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Huelva .......................... C 15 706.344 3

2361 Jaén

103 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Jaén ............................. C 15 706.344 3

2462 León

104 6COX0 Coordinador de Servicios ........................ Mansilla de L. .................... B 18 1.017.756 2

105 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Mansilla de L. .................... C 15 706.344 3

2661 Logroño

106 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Logroño ......................... C 15 580.620 3

2761 Lugo-Bonxe

107 6COX0 Coordinador de Servicios ........................ Bonxe ........................... B 18 836.604 2

108 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Bonxe ........................... C 15 580.620 3

2862 Madrid II (Alcalá de H.-Meco)

109 6COX0 Coordinador de Servicios ........................ Alcalá de Henares ................ B 18 1.017.756 2

110 6GPR0 Gestor de Producción ............................ Alcalá de Henares ................ B 18 854.508 1

111 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Alcalá de Henares ................ C 15 706.344 3

2863 Madrid III (Valdemoro)

112 6GPR0 Gestor de Producción ............................ Valdemoro ....................... B 18 854.508 1

2864 Madrid IV (Navalcarnero)

113 6GPR0 Gestor de Producción ............................ Navalcarnero .................... B 18 854.508 1

2865 Madrid V (Soto del Real)

114 6GPR0 Gestor de Producción ............................ Soto del Real .................... B 18 854.508 1

Descripción

puesto,

méritos

específicos,

cursos

Núm Clavepuesto Centrodirectivo,puesto detrabajo Localidad Grupo Nivel C. específico

2962 Málaga

115 6GPR0 Gestor de Producción ............................ Alhaurín de L. ................... B 18 854.508 1

3061 Murcia

116 6GPR0 Gestor de Producción ............................ Sangonera La .................... B 18 749.280 1

117 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Sangonera La .................... C 15 637.164 3

3161 Pamplona

118 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Pamplona ....................... C 15 1.331.928 3

3261 Ourense

119 6COX0 Coordinador de Servicios ........................ Pereiro de Ag. ................... B 18 836.604 2

3363 Villabona

120 6COX0 Coordinador de Servicios ........................ Villabona ........................ B 18 1.017.756 2

121 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Villabona ........................ C 15 706.344 3

3663 A Lama

122 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Pontevedra ...................... C 15 706.344 3

3762 Topas

123 6GPR0 Gestor de Producción ............................ Topas ........................... B 18 854.508 1

124 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Topas ........................... C 15 706.344 3

3961 El Dueso (Santoña)

125 6GPR0 Gestor de Producción ............................ Santoña ......................... B 18 749.280 1

126 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Santoña ......................... C 15 637.164 3

4062 Segovia Cumplimiento

127 6COX0 Coordinador de Servicios ........................ Segovia .......................... B 18 836.604 2

4160 Sevilla

128 6COX0 Coordinador de Servicios ........................ Sevilla ........................... B 18 1.017.756 2

129 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Sevilla ........................... C 15 706.344 3

4761 Valladolid

130 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Villanubla ....................... C 15 637.164 3

4861 Bilbao

131 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Basauri .......................... C 15 1.331.928 3

5061 Zaragoza

132 6COX0 Coordinador de Servicios ........................ Zaragoza ........................ B 18 836.604 2

133 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Ceuta ............................ C 15 580.620 3

5161 Ceuta

134 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Ceuta ............................ C 15 580.620 3

5261 Melilla

135 6FPS0 Apoyo Servicios Sociales ........................ Melilla ........................... C 15 580.620 3

Denominacióndelpuesto detrabajo. Descripcióndefunciones Méritosespecíficos Puntuación

1 Gestor de Producción.

Apoyo en la Gestión de los Talleres productivos, bajo la

supervisión del Coordinador de Producción.

Por el desempeño de puestos de trabajo adscritos al

Cuerpo Especial de IIPP, durante un tiempo mínimo

de seis meses.

2

Elaboración de cuantas estadísticas, indicadores, datos o

informes relacionados con la actividad productiva se le

requieran desde el Centro Penitenciario, incluidos todos

los requeridos por el Gestor Económico Administrativo del

Organismo Autónomo para el cumplimiento de su

cometido, o desde la Sede Central del Organismo Autónomo

de Trabajo y Prestaciones Penitenciarias.

Lengua de la Comunidad Autónoma. 0,3

Denominacióndelpuesto detrabajo. Descripcióndefunciones Méritosespecíficos Puntuación

2 Coordinador de Servicios.

Apoyo en la gestión administrativa de las actividades de

enseñanza reglada, formación continua, cultura y deporte, y

en general, todas las relativas a la formación integral del

interno.

Por el desempeño de puestos de trabajo adscritos al

cuerpo Especial de IIPP, durante un tiempo mínimo

de seis meses.

Lengua de la Comunidad Autónoma.

2

Apoyo en la gestión administrativa de talleres productivos

en los casos de centros no dotados con Coordinador de

Producción.

0,3

Elaboración de cuantas estadísticas, indicadores, datos e

informes relacionados con su actividad productiva se le

requieran desde el centro penitenciario, incluidos todos los

requeridos por el Gestor económico del organismo, para

el cumplimiento de su cometido.

Apoyo a la gestión económica del organismo, cuando así se

le encomiende.

Cualquiera otra que se le encomiende, relacionada con las

líneas de actuación del organismo.

3 Apoyo Servicios Sociales.

Realización de las tareas administrativas necesarias para el

normal desarrollo del servicio.

Por el desempeño de puestos de trabajo adscritos al

Cuerpo de Ayudantes de IIPP, durante un tiempo

mínimo de seis meses.

2

Informar a los diferentes colectivos de atención.

Realizar el control de presentaciones de los liberados

condicionales, internos de permiso y los sometidos a otras

medidas.

Lengua de la Comunidad Autónoma. 0,3

Realizar el control y seguimiento de los casos que se le

asignen, desplazándose si fuera necesario.

Realización de las gestiones externas que se le encomienden

en relación con el servicio.

Prestar apoyo en las tareas de archivo y gestión de

documentos para el buen funcionamiento del servicio.

ANEXOS II y III (Ver imágenes páginas 17408 a 17410)

ANEXO IV

Apellidos ........................................................................................

Nombre ..........................................................................................

Puesto número (1) ...............................................................................

Denominación del puesto ........................................................................

Firma

Méritosquesealeganporelconcursanteenrelaciónconloscitadosenelanexo I(3)

Experiencia, conocimientos,actividades, cursos, diplomas,publicaciones, etc. (4)Méritosadecuadosalpuesto solicitado (2)

(1) El interesado deberá rellenar un impreso, como mínimo, por cada puesto solicitado.

(2) En esta columna se recogerán los méritos adecuados a la "descripción de funciones" que figuran en el anexo I.a) (transcripción

literal).

(3) En esta columna se expondrá por el concursante los méritos personales y profesionales que considere oportunos y referidos

a los "méritos adecuados a las características del puesto" que se citan en el anexo I.

(4) Esta descripción no exime de la pertinente documentación, sin la cual no se procederá a su valoración.

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