Visto el expediente de indulto de don Juan Manuel Rodríguez Cabrera, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 5 de Las Palmas de Gran Canaria, en sentencia de fecha 30 de abril de 1997, como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas, a la pena de tres años de prisión menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1994; a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 6 de septiembre de 2002,
Vengo en conmutar a don Juan Manuel Rodríguez Cabrera la pena privativa de libertad impuesta, por otra de un año de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 6 de septiembre de 2002.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
JOSÉ MARÍA MICHAVILA NÚÑEZ
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