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Documento BOE-A-2002-20014

Resolución de 9 de julio de 2002, de la Dirección General de Patrimonio y Promoción Cultural de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se acuerda incoar procedimiento de declaración del Cerro de la Virgen del Castillo, en Bernardos (Segovia), como bien de interés cultural con categoría de zona arqueológica.

Publicado en:
«BOE» núm. 247, de 15 de octubre de 2002, páginas 36303 a 36303 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-2002-20014

TEXTO ORIGINAL

Vista la propuesta formulada por el Servicio de Protección, esta Dirección General, en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/1983, de 25 de febrero; Real Decreto 3019/1983, de 21 de septiembre; Decreto 122/1983, de 15 de diciembre, y de conformidad con lo establecido en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español y el Real Decreto 64/1984, de 21 de enero, que modifica el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, que desarrolla parcialmente la Ley del Patrimonio Histórico Español, acuerda:

Primero.

Incoar procedimiento de declaración del Cerro de la Virgen del Castillo, en Bernardos (Segovia), como bien de interés cultural con categoría de zona arqueológica, según la descripción y delimitación que se publica como anexo a la presente Resolución y que figura en el plano unido al expediente.

Segundo.

Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con la legislación vigente.

Tercero.

Hacer saber al Ayuntamiento de Bernardos que, según lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, todas las obras que haya que realizar en la zona arqueológica que se pretende declarar no podrán llevarse a cabo sin la aprobación previa del proyecto correspondiente por la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural, o si es el caso, por la Dirección General.

Cuarto.

Que la presente Resolución se publique en el «Boletín Oficial de Castilla y León» y en el «Boletín Oficial del Estado», y se notifique al Registro General de Bienes de Interés Cultural, para su anotación preventiva.

Valladolid, 9 de julio de 2002.–La Directora general, Begoña Hernández Muñoz.

ANEXO
Cerro de la Virgen del Castillo, Bernardos (Segovia)

Descripción:

El Cerro del Castillo está localizado al noreste del término municipal de Bernardos, a unos tres kilómetros de esta localidad, cercano a la margen izquierda del río Eresma. Se trata de un asentamiento de tipo castreño con un marcado carácter estratégico, al que se accede a través de su ladera noroccidental.

El núcleo está formado por un doble recinto amurallado. El exterior, de mayores dimensiones, está compuesto por bastiones semicirculares y rodea al interior, de menor anchura y carente de cubos. El sistema constructivo de la muralla es similar al de otras fortificaciones peninsulares de época tardorromana. Consta de dos lienzos de mampostería integrados por bloques y lajas de pizarra, cuarcita y esquistos trabados con mortero de cal y arena, y otras veces coladas «a hueso», cuyo interior se rellena con el mismo tipo de material pétreo, pero sin concertar.

En el flanco septentrional de la fortificación se localiza una puerta de 3,20 metros de anchura entre dos de los cubos, cuya planta se estrecha hacia el interior favoreciendo su carácter defensivo.

El segundo de los recintos, localizado al interior, aparece bastante deteriorado, dando la sensación de ser más tardío y de estar destinado a proteger la zona más vulnerable del emplazamiento, la denominada acrópolis. Dentro de este segundo recinto se encuentra una construcción bastante posterior, la Ermita de la Virgen del Castillo, donde anualmente se celebra una romería.

El Cerro de la Virgen del Castillo ha sido objeto de varias intervenciones arqueológicas desde 1987.

Delimitación:

Se propone la declaración como zona arqueológica de un polígono limitado al:

Oeste: Desde la bifurcación de camino del Cerro del Castillo y el camino del Tardón, siguiendo este último hasta la antigua fábrica de paños de El Tardón, junto al río Eresma.

Sur: Se define este límite por la línea imaginaria que une la bifurcación del camino del Tardón y el camino del Cerro del Castillo con la desembocadura en el río Eresma del cauce del arroyo Bayona.

Norte y este: La margen izquierda del río Eresma, entre la fábrica de paños de El Tardón y la desembocadura del valle del arroyo Bayona.

Motivación de la delimitación: La demarcación propuesta para la zona arqueológica comprende, aparte del recinto defensivo, un área más amplia que permite apreciar, gracias a las características geográficas de la zona, el marcado carácter estratégico del asentamiento. Además, se circunscribe a límites geográficos naturales, como las márgenes del río Eresma, o a caminos rurales fácilmente identificables. Esta delimitación favorece, por lo tanto, la puesta en valor de los recursos culturales y turísticos del entorno.

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