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Documento BOE-A-2002-20016

Resolución de 12 de julio de 2002, de la Dirección General de Patrimonio y Promoción Cultural de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se acuerda incoar procedimiento de delimitación del entorno de protección del Convento de Santa Clara, en Astudillo (Palencia), declarado monumento histórico-artístico.

Publicado en:
«BOE» núm. 247, de 15 de octubre de 2002, páginas 36304 a 36304 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-2002-20016

TEXTO ORIGINAL

El Convento de Santa Clara, en Astudillo (Palencia) fue declarado monumento histórico-artístico por Decreto-ley, de 3 de junio de 1931.

En aplicación de la disposición adicional primera de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, pasa a tener la consideración y a denominarse bien de interés cultural.

Procede por tanto, adecuar la citada declaración a las prescripciones impuestas en el artículo 11.2 de la citada Ley, delimitando el entorno afectado por la declaración.

Vista la propuesta del Servicio de Protección, esta Dirección General, en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/1983, de 25 de febrero; Real Decreto 3019/1983, de 21 de septiembre; Decreto 122/1983, de 15 de diciembre, y de conformidad con lo establecido en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español y el Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, que modifica el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, que desarrolla parcialmente la Ley del Patrimonio Histórico Español, acuerda:

Primero.

Incoar procedimiento de delimitación del entorno de protección del Convento de Santa Clara, en Astudillo (Palencia), declarado monumento histórico-artístico, según la descripción y delimitación que se publica como anexo a la presente Resolución y que figura en el plano unido al expediente.

Segundo.

Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con la legislación vigente.

Tercero.

Hacer saber al Ayuntamiento de Astudillo, que según lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, todas las obras que haya que realizar en el entorno de protección que se pretende delimitar, no podrán llevarse a cabo sin la aprobación previa del proyecto correspondiente por la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural, o si es el caso, por la Dirección General.

Cuarto.

Que la presente Resolución se publique en el «Boletín Oficial de Castilla y León» y en el «Boletín Oficial del Estado», y se notifique al Registro General de Bienes de Interés Cultural, para su anotación preventiva.

Valladolid, 12 de julio de 2002.‒La Directora general, Begoña Hernández Muñoz.

ANEXO
Entorno de protección del Convento de Santa Clara, en Astudillo (Palencia)

Descripción:

El Convento de Santa Clara, en Astudillo, fue fundado en el año 1356 por doña María de Padilla y su construcción duró toda la segunda mitad del siglo XIV y comienzos del siglo XV. La obra es fundamentalmente mudéjar, destacando la portada principal, realizada en piedra con almohadillados, rematado con dos arcos de ladrillo polilobulados y decorado su vestíbulo con yesería mudéjar.

La iglesia del convento fue construida a finales del siglo XIV. Consta de una nave que se cubre con artesanado mudéjar policromado y la cabecera se abre con bóveda de crucería gótica. Del claustro, muy restaurado, sólo se conservan originales algunos alfarjes de la parte baja.

Delimitación del entorno de protección:

Desde el vértice sur de la manzana 29209, en la confluencia de la calle Puebla con el paseo, sigue el límite del suelo urbano hacia el norte, cruza la glorieta de María Padilla hasta alcanzar el vértice suroeste de la manzana 29207, continua por el límite sur de dicha manzana y su límite este, a lo largo de la calle Santa Clara, hasta su cruce con la calle Hijas de la Caridad, y continúa por el límite oeste de la manzana 30203 a lo largo de esta calle en dirección sur, sigue el límite sur de esta manzana 30203 a la calle Puebla, recogiendo el espacio confluencia de la calle San Martín con la torre y arco de San Martín y la calle San Antonio, y desde aquí toma dirección suroeste por la calle Puebla, hasta su confluencia con el paseo, punto de origen de esta delimitación.

Quedan incluidas en el ámbito de protección descrito, todas las fachadas de edificaciones y parcelas en contacto con el perímetro descrito.

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