En la cuestión de ilegalidad número 6/2002, planteada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, la Sala Tercera (Sección Primera) del Tribunal Supremo ha dictado providencia, en fecha 5 de noviembre de 2002, del siguiente tenor:
PROVIDENCIA
"Madrid, a cinco de noviembre de dos mil dos.
Se admite a trámite la cuestión de ilegalidad planteada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid respecto de los artículos 310 y 311 del Reglamento de Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril.
Publíquese el planteamiento de esta cuestión en el "Boletín Oficial del Estado" en cumplimiento de lo que dispone el artículo 124.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y remítanse las presentes actuaciones a la Sección Segunda conforme a las reglas de reparto de asuntos.
Lo acuerda la Sala y firma el Magistrado Ponente. Certifico."
Presidente: Excmo. Sr. don Ángel Rodríguez García ; Magistrados: Excmo. Sr. don Fernando Ledesma Bartet y Excmo. Sr. don Mariano de Oro-Pulido y López.
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