Visto el expediente de indulto de don Ramón Gabarri Cerreduela, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Valladolid, en sentencia de fecha 31 de julio de 2001, como autor de un delito continuado de falsedad, a la pena de veintiún meses de prisión y multa de nueve meses, con una cuota diaria de 200 pesetas, con las accesorias legales, por hechos cometidos en el año 1999; a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 22 de noviembre de 2002,
Vengo en conmutar a don Ramón Gabarri Cerreduela la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, por otra de trescientos sesenta y cinco días de multa, a satisfacer en cuotas diarias de 2 euros, cuyo inicio y forma de cumplimiento será determinado por el Tribunal sentenciador, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 22 de noviembre de 2002.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
JOSÉ MARÍA MICHAVILA NÚÑEZ
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