El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación
de impacto ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, y
su Reglamento de ejecución, aprobado por Real Decreto 1131/1988, de
30 de septiembre, establecen que los proyectos públicos o privados,
consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra
actividad comprendida en el anexo II de este Real Decreto legislativo sólo
deberán someterse a una evaluación de impacto ambiental en la forma
prevista en esta disposición, cuando así lo decida el órgano ambiental
en cada caso.
El proyecto "Entubación subterránea del cauce de riego La Mina de
la Comunidad de Regantes de las Huertas de Termens (Lleida)" se encuentra
comprendido en el apartado c del grupo I del anexo II: "proyectos de
consolidación y mejora de regadíos de más de 100 hectáreas", de la Ley
6/2001 antes referida.
Con fecha 2 de octubre tiene entrada en la Dirección General de Calidad
y Evaluación Ambiental, la documentación enviada por la Dirección
General de Desarrollo Rural del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
relativa al proyecto incluyendo sus características, ubicación y potenciales
impactos, al objeto de determinar la necesidad de su sometimiento a
procedimiento de evaluación de impacto ambiental.
El proyecto "Entubación subterránea del cauce de riego La Mina de
la Comunidad de Regantes de las Huertas de Termens (Lleida)" consiste
fundamentalmente en la sustitución de la actual acequia de riego por una
tubería de hinca de hormigón armado de 723 metros de longitud y 1200
milímetros de diámetro, consiguiendo un ahorro en el consumo de agua
y mejorando la eficiencia de la red de distribución. Las obras en esencia
son: excavación de tres pozos de ataque (a la entrada, intermedio y a
la salida), construcción de túnel y simultáneamente colocación de tubería,
construcción de arqueta visitable para pozo de salida y tapado de pozos
de anclaje con tierras seleccionadas procedentes de la excavación.
Según se indica en la memoria resumen remitida por el promotor,
el trazado de la tubería discurrirá por debajo de caminos existentes en
su mayor parte por lo que será mínima la afección a la vegetación.
Igualmente, se minimizarán los movimientos de tierra, trasladando a vertedero
solo los materiales no utilizados.
La Direcció General de Boscos i Biodiversitat, Departament de Medi
Ambient de la Generalitat de Catalunya ha emitido Resolución sobre el
proyecto del asunto con fecha 9 de agosto de 2002 en la que hacen las
siguientes consideraciones:
El proyecto no afecta a ningún espacio de interés natural incluido
en el Plan de espacios de interés natural, aprobado por Decreto 328/92
de 14 de diciembre, ni hábitat de interés comunitario prioritario de acuerdo
con la Directiva 92/43/CEE y 97/62/CE.
El proyecto no se ajusta a los supuestos previstos en el anejo I del
Decreto 114/1988, de 7 de abril, de evaluación de impacto ambiental de
la Generalidad de Cataluña.
La ejecución del proyecto no representa un impacto ambiental
significativo y no supone ninguna afección directa o indirecta sobre espacios
con formaciones naturales de interés botánico o faunístico, ni zonas de
gran valor patrimonial y cultural, así como tampoco áreas de gran densidad
demográfica.
Considerando las respuestas recibidas, y los criterios del anexo III
de la Ley 6/2001, y analizada la totalidad del expediente, no se deduce
la posible existencia de impactos ambientales significativos que aconsejen
someter el proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.
Por lo tanto, en virtud del artículo 1.2 de la Ley precitada, y teniendo
en cuenta la documentación ambiental presentada por el Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación como promotor del proyecto, la
Secretaría General de Medio Ambiente considera que no es necesario someter
al procedimiento de evaluación de impacto ambiental el proyecto
"Entubación subterránea del cauce de riego La Mina de la Comunidad de
Regantes de las Huertas de Termens (Lleida).
Madrid, 4 de diciembre de 2002.-La Secretaria general, P. S. (Orden
MAM/3049/2002, de 3 de diciembre de 2002, "Boletín Oficial del Estado"
del 4), el Director general de Calidad y Evaluación Ambiental, Germán
Glaría Galcerán.
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