La Orden ministerial de 26 de marzo de 1992, reguladora del régimen de becas y ayudas de la Agencia Española de Cooperación Internacional, en sus apartados tercero.4 y quinto.3, y la Resolución de 14 de febrero de 2001, sobre el régimen de ayudas singulares de convocatoria abierta para 2001, en su apartado décimo, establecen la obligación de publicar en el «Boletín Oficial del Estado» las ayudas y subvenciones concedidas.
Asimismo, el Real Decreto 259/98, de 20 de febrero, por el que se establecen las normas especiales sobre ayudas y subvenciones de Cooperación Internacional que no prevén expresamente los requisitos de concurrencia y publicidad en el ámbito de las relaciones internacionales, dispone igualmente la publicación trimestral de los beneficiarios de las mismas.
En ejecución de estos mandatos, la Presidencia de la Agencia, en uso de las facultades que le corresponden, resuelve la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la relación (anexo que se acompaña) de las ayudas y subvenciones abonadas, en los términos previstos en la Resolución de 14 de febrero de 2001 y en el Real Decreto 259/98, de 20 de febrero, entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2001, excluidos los programas de becas y ayudas de convocatoria general y específicas cuyas relaciones de beneficiarios se publican en resolución aparte.
Madrid, 28 de enero de 2002.‒El Presidente, P. D (Resolución de 29 de diciembre de 2000, «Boletín Oficial del Estado» de 12 de febrero de 2001), el Secretario general, Rafael Rodríguez-Ponga y Salamanca.
Ilmos. Señores Directores generales de Cooperación con Iberoamérica, de Cooperación con Africa, Asia y Europa Oriental y de Relaciones Culturales y Científicas, Jefe del Gabinete Técnico, Subdirector general de Cooperación Multilateral y Horizontal y Vicesecretaria General de la AECI.
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