En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta
Universidad, aprobados por Real Decreto 1287/1985, de 26 de junio
("Boletín Oficial del Estado" de 31 de julio), y con el fin de atender
las necesidades de personal funcionario de Administración y
Servicios,
Este Rectorado, en uso de las competencias que le están
atribuidas por el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de
diciembre, de Universidades, en relación con el artículo 2.2.e)
de la misma norma, así como en los Estatutos de esta Universidad,
acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en la Escala
Administrativa de la Universidad Nacional de Educación a
Distancia, con sujeción a las siguientes
Bases
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir cuarenta
plazas de la Escala Administrativa de la UNED por el sistema de
promoción interna.
1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28
de julio; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo ("Boletín
Oficial del Estado" de 10 de abril), por el que se aprueba el
Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo
y de Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado; el Real Decreto 1287/1985, de
26 de junio, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad,
y lo dispuesto en la presente convocatoria.
1.3 El procedimiento de selección constará de una fase de
oposición y una fase de concurso, con las pruebas, puntuaciones
y valoraciones que se especifican en la Base 6.
1.4 El programa que ha de regir la fase de oposición es el
que figura en el anexo I de esta convocatoria.
1.5 El primer ejercicio de la oposición se celebrará a partir
del mes de enero de 2004, determinándose en la Resolución a
que se refiere la base 4.1 los lugares y fecha de su realización.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a las pruebas selectivas, los aspirantes
deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Estar en posesión del título de Bachiller Superior o
Bachillerato Unificado Polivalente, Formación Profesional de segundo
grado o equivalente, o tener aprobadas las pruebas de acceso
a la Universidad para mayores de veinticinco años. En sustitución
de las titulaciones citadas, podrán acceder quienes tengan una
antigüedad de diez años en un Cuerpo o Escala del grupo D,
o en categoría laboral equivalente en el caso del personal laboral
funcionarizado (Disposición transitoria decimoquinta de la Ley
30/1984, de 2 de agosto), o de cinco años siempre y cuando
hayan superado el curso específico de formación previsto en la
disposición adicional novena del Real Decreto 364/1995.
2.2 Los aspirantes que concurran a estas plazas de promoción
interna deberán pertenecer a la Escala de Auxiliares
Administrativos de la UNED, o a un Cuerpo o Escala adscrito al grupo D
del artículo 25 de la Ley 30/1984 y tener destino definitivo en
la UNED, así como poseer una antigüedad de, al menos dos años
en aquel Cuerpo o Escala y reunir los demás requisitos.
Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, en
alguno de los Cuerpos o Escalas anteriormente citados, serán
computables a efectos de antigüedad para participar por promoción
interna en estas pruebas selectivas.
2.3 Todos los requisitos enumerados en esta base deberán
poseerse en el último día del plazo de presentación de solicitudes
y mantenerse hasta el momento de toma de posesión como
funcionario de carrera de la Escala Administrativa de la UNED.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
deberán hacerlo constar mediante instancia en el modelo que se
facilitará en las unidades de Información de la Universidad
Nacional de Educación a Distancia, sitas en la calle Bravo Murillo,
número 38, Pabellón de Gobierno (Ciudad Universitaria, s/n), y en la
calle Senda del Rey, número 7 (Puente de los Franceses).
3.2 Los aspirantes acompañarán a su solicitud una fotocopia
del documento nacional de identidad.
3.3 En la tramitación de sus solicitudes, los aspirantes
tendrán en cuenta lo siguiente:
a) Las solicitudes se dirigirán a la Excma. y Magfca. Sra.
Rectora de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, en el
plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente a
la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de esta
convocatoria.
b) La presentación de solicitudes podrá realizarse en el
Registro General de la Universidad Nacional de Educación a Distancia
o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y de Procedimiento Administrativo Común.
c) Los derechos de examen serán de 6 euros.
Los derechos de examen se ingresarán en la cuenta de la
Universidad Nacional de Educación a Distancia número
0049-0001-54-2211438387, del Banco Santander Central
Hispano, realizando el ingreso en concepto de "Pruebas selectivas
para el ingreso en la Escala Administrativa de la UNED". A la
solicitud de participación deberá adjuntarse el resguardo original
de transferencia o ingreso, o cuando se haya realizado el pago
por otro medio (banca electrónica, internet...) certificado de la
entidad bancaria que justifique la operación realizada.
En ningún caso el abono de los derechos de examen supondrá
sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de
la solicitud.
La no acreditación del pago de los derechos de examen
determinará la exclusión del aspirante.
Ello no obstante, estarán exentos del pago de los derechos
de examen las personas con discapacidad igual o superior al 33 %,
adjuntando el certificado correspondiente a la solicitud.
3.4 Los aspirantes deberán observar las siguientes
instrucciones en la cumplimentación de su solicitud:
a) En el recuadro de la solicitud destinado a Cuerpo o Escala,
los aspirantes harán constar "Escala Administrativa de la UNED".
b) En el recuadro destinado para forma de acceso se
consignará la letra "P", sistema de promoción interna.
3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán
subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del
interesado.
Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho
constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su
modificación mediante escrito motivado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Finalizado el plazo de presentación de instancias, la
Excma. y Magfca. Sra. Rectora de la Universidad dictará Resolución
en virtud de la cual se declararán aprobadas las listas provisionales
de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas. En
esta Resolución, que será publicada en el "Boletín Oficial del
Estado", junto con la relación de los aspirantes excluidos, figurará
la fecha y lugar de celebración del primer ejercicio, así como los
Centros donde estará expuesta la lista certificada completa de
aspirantes admitidos.
4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez
días, contados a partir del siguiente al de la publicación en el
"Boletín Oficial del Estado" de la Resolución aludida en la base
4.1, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión
o su omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Los
aspirantes que, dentro del plazo señalado, no justifiquen su derecho
a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente
excluidos de la realización de las pruebas.
En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto
de producirse, de posibilitar su subsanación en tiempo y forma,
los aspirantes deberán comprobar fehacientemente, no sólo que
no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino además
que sus nombres figuran en la pertinente relación de admitidos.
4.3 La Resolución que eleve a definitivas las listas de
admitidos y excluidos pondrá fin a la vía administrativa y contra la
misma se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante
la Excma. y Mgfca. Sra. Rectora de esta Universidad, en el plazo
de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, o
recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados Centrales
de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a
contar desde el día siguiente a su publicación.
5. Tribunal calificador
5.1 El Tribunal calificador de las presentes pruebas selectivas
estará formado por los miembros que figuran en el anexo II de
estas bases. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 33.2
del Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo, sobre indemnizaciones
por razón de servicio, este Tribunal tendrá la categoría tercera.
5.2 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas en aquellas fases que se estimen
pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración
en sus especialidades técnicas. Igualmente, y cuando así lo
aconsejen las circunstancias del proceso selectivo, podrá ser designado
personal colaborador para el desarrollo de las pruebas que actuará
bajo la dirección del Tribunal calificador.
5.3 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo a la. Excma. y Mgfca. Sra. Rectora de la
Universidad Nacional de Educación a Distancia, cuando concurra en
ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, o si hubieren realizado tareas de preparación de aspirantes
a pruebas selectivas de acceso en los cinco años anteriores a la
publicación de esta convocatoria. El Presidente podrá solicitar
de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse
incursos en las circunstancias de abstención o recusación.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurra alguna de las circunstancias previstas
en el párrafo anterior.
5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el
Tribunal con la asistencia de éste y del Secretario o, en su caso,
de quienes les sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus miembros.
Celebrarán su sesión de constitución con una antelación mínima
de diez días antes de la realización del primer ejercicio de la fase
de oposición. En dicha sesión, el Tribunal acordará las decisiones
que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
5.5 A partir de su constitución, el Tribunal para actuar
válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus
miembros, titulares o suplentes y, en todo caso, la del Secretario
y Presidente (titular o suplente).
5.6 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas precisas
para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición sean
corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
5.7 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Servicio de Personal de la Universidad
Nacional de Educación a Distancia (Bravo Murillo, 38, 28015
Madrid, teléfono 91 398 74 67/91 398 75 44).
5.8 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar
que ha superado las pruebas selectivas un número superior de
aspirantes al de plazas convocadas. Cualquier propuesta de
aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.
5.9 Durante todo el proceso selectivo, el Tribunal resolverá
las dudas que pudieran surgir en aplicación de estas normas, así
como la actuación que proceda en los casos no previstos. En todo
momento, su actuación se ajustará a lo dispuesto en la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
5.10 Contra las actuaciones y actos de trámite del Tribunal
que impidan continuar el procedimiento o produzcan indefensión,
los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la
Excelentísima y Magnífica Señora Rectora de la Universidad Nacional
de Educación a Distancia en el plazo de un mes.
6. Procedimiento de selección
El procedimiento de selección constará de las fases de oposición
y de concurso.
6.1 Fase de oposición: La fase de oposición estará formada
por dos ejercicios, ambos eliminatorios.
a) Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario
de setenta y cinco preguntas con respuestas múltiples, de las que
sólo una será la correcta, basado en el contenido del programa
que figura en el anexo I.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será
de sesenta minutos.
b) Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de dos
supuestos prácticos, elegidos de entre tres propuestos por el
Tribunal, desglosados en quince preguntas con respuestas múltiples,
de las que sólo una será la correcta, relacionadas con los
contenidos de las materias de Derecho Administrativo General,
Gestión de Personal y Gestión Financiera que figuran en el programa
publicado como anexo I a esta convocatoria.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será
de noventa minutos.
c) Calificación de los ejercicios: Ambos ejercicios se
calificarán de cero a cincuenta puntos.
Todos los supuestos tendrán el mismo valor, así como cada
una de las preguntas que componen el supuesto.
El Tribunal fijará la puntuación mínima necesaria para superar
cada uno de los ejercicios. En ambos ejercicios las puntuaciones
mínimas que se establezcan resultarán de las puntuaciones
transformadas que se deriven de los baremos que fije el Tribunal.
Las preguntas contestadas erróneamente se penalizarán en una
cuantía igual a un tercio del valor que se otorgue a una pregunta
contestada correctamente.
6.2 Fase de concurso: En la fase de concurso se valorarán
los méritos de los aspirantes que hubieran superado la fase de
oposición, referidos a la fecha de finalización del plazo de
presentación de instancias para participar en esta convocatoria, de
conformidad con el siguiente baremo:
a) Antigüedad: La antigüedad del funcionario en Cuerpos o
Escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984,
de 2 de agosto, se valorará teniendo en cuenta los servicios
prestados y reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de
diciembre, asignándose a cada año completo de servicios efectivos una
puntuación de 1 punto hasta un máximo de 20 puntos.
b) Grado personal consolidado: Según el grado personal que
se tenga consolidado se otorgará la siguiente puntuación:
Grado 16: 8 puntos.
Grado 17: 9 puntos.
Grado 18: 10 puntos.
c) Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de
destino correspondiente al puesto de trabajo que se desempeñe,
se otorgará la siguiente puntuación:
Nivel 16: 8 puntos.
Nivel 17: 9 puntos.
Nivel 18: 10 puntos.
La valoración efectuada en este apartado no podrá ser
modificada por futuras reclasificaciones de nivel, con independencia
de los efectos económicos de las mismas.
A los funcionarios en comisión de servicio se les valorará el
nivel de complemento de destino de su puesto de origen y a los
funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel
correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo
tuvieran, el nivel mínimo del Grupo D.
A los funcionarios que se encuentren en la situación de
excedencia por el cuidado de familiares, se les valorará el nivel del
puesto reservado y a los funcionarios en situación de servicios
especiales con derecho a reserva de puesto, el nivel del puesto
de trabajo en que les correspondería efectuar el reingreso.
d) Formación: Los cursos de formación o perfeccionamiento
que versen sobre materias directamente relacionadas con los
cometidos propios de los Cuerpos o Escalas desde los que se accede
o de la Escala a la que se pretende acceder, se acreditarán mediante
presentación de fotocopia debidamente cotejada de la
certificación, título o diploma correspondiente. No será necesaria dicha
acreditación cuando los cursos hayan sido impartidos en la UNED
dentro de los Planes de Formación del P.A.S. Se valorarán a razón
de 1 punto por curso hasta un máximo de 5 puntos.
No se valorará en este apartado el curso específico de formación
a que se refiere la disposición adicional novena del Real Decreto
364/1995, de 10 de marzo.
7. Calendario y desarrollo de los ejercicios de la fase de oposición
7.1 Los ejercicios de la fase de oposición de estas pruebas
selectivas se celebrarán en Madrid.
7.2 El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará
a partir del mes de enero de 2004, publicándose en el "Boletín
Oficial del Estado" en la misma Resolución a que se refiere la
base 4.1, el lugar, fecha y hora de su celebración.
El anuncio de celebración del segundo ejercicio, no será objeto
de publicación en el "Boletín Oficial del Estado" y se efectuará
a través de la Resolución del Tribunal calificador en la que se
haga pública la relación de aprobados del primer ejercicio.
7.3 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra "X "de conformidad con
lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para
la Administración Pública de 10 de marzo de 2003 ("Boletín Oficial
del Estado" del 14 de marzo).
7.4 En cualquier momento los aspirantes podrán ser
requeridos por el Tribunal para que acrediten su identidad.
7.5 Los aspirantes serán convocados para la realización de
cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la fase
de oposición quienes no comparezcan.
7.6 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal
tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee
la totalidad de los requisitos de participación exigidos en la
presente convocatoria, previa audiencia del interesado, propondrá
su exclusión a la Excelentísima y Magnífica Señora Rectora, dando
traslado, asimismo, de las inexactitudes o falsedades formuladas
por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas
a los efectos procedentes.
7.7 Corresponderá al Tribunal la verificación y apreciación
de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los
ejercicios, adoptando al respecto las decisiones que estime
pertinentes.
8. Listas de aprobados y valoración de méritos de la fase
de concurso
8.1 Una vez realizado cada uno de los ejercicios de la fase
oposición, el Tribunal hará pública en el lugar o lugares de
celebración de éstos, en la sede del Tribunal y en aquellos otros que
estime oportunos, la relación de aspirantes que lo hayan superado.
Los aspirantes que no se hallen incluidos en la relación
correspondiente tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos,
siendo eliminados del proceso selectivo.
8.2 Publicada la relación de aprobados en el segundo ejercicio
de la fase de oposición, los aspirantes que lo hayan superado
dispondrán de un plazo improrrogable de veinte días naturales,
a contar desde el siguiente en que se haga pública dicha relación,
para presentar en el Registro General de la Universidad los
documentos acreditativos de los méritos referidos en la base 6.2.
La documentación acreditativa de los méritos deberá
presentarse precedida de la carátula que se publica como Anexo III a
esta convocatoria, que servirá como identificativo de la
documentación que cada aspirante entregue.
Los méritos incluidos en las letras a), b) y c) de la base 6.2.
se acreditarán con certificación expedida por la Sección de
Personal en el modelo que figura como anexo IV. Los méritos incluidos
en la letra d) de la misma base serán acreditados mediante la
aportación por los aspirantes de copia cotejada de los documentos
que estén oficialmente establecidos a tal fin.
La no presentación, en el plazo señalado, de los documentos
acreditativos de los méritos determinará la no valoración al
aspirante de la fase de concurso.
8.3 Finalizada la fase de concurso, el Tribunal hará pública,
en la sede del Tribunal (Bravo Murillo, 38, 28015 Madrid), la
relación de puntuaciones obtenidas en esta fase por los aspirantes,
con indicación expresa de la calificación obtenida en cada uno
de los méritos objeto de la valoración.
8.4 Finalizadas ambas fases, el Tribunal hará pública la
relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo de acceso
a las plazas convocadas por el sistema de promoción interna. En
esta lista los aspirantes aparecerán ordenados por la puntuación
total obtenida en el proceso y, asimismo, figurarán las
puntuaciones totales obtenidas en cada fase. En caso de empate, se
resolverá a favor de quien más puntuación hubiera obtenido en la fase
de concurso y, de persistir la igualdad, a favor de quien más
puntuación hubiera obtenido en el mérito que aparece relacionado
en primer lugar, y así sucesivamente con los siguientes méritos.
Si persistiera la igualdad, se resolverá a favor de quien más
puntuación hubiera obtenido en el segundo ejercicio de la fase de
oposición. Finalmente, y de resultar necesario, el Tribunal
efectuará un sorteo entre los aspirantes igualados.
En esta lista no podrá figurar un número mayor de personas
que el de plazas convocada, siendo nula de pleno derecho
cualquier relación de aprobados cuyo número supere al de plazas
convocadas. La motivación de dicha lista, en cuanto acto
administrativo emanado de la discrecionalidad técnica del Tribunal, y que
pone fin al proceso selectivo, estará referida al cumplimiento de
las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
8.5 El Tribunal elevará, finalmente, a la Excelentísima y
Magnífica Señora Rectora, la correspondiente propuesta de
nombramiento como funcionarios de carrera de la Escala Administrativa
de la UNED, a favor de los aspirantes que han superado el proceso
selectivo. El Rectorado hará pública en el "Boletín Oficial del
Estado" la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
9. Presentación de documentos, elección de plazas
y nombramiento de funcionarios de carrera
9.1 En el plazo de veinte días naturales, contados desde el
siguiente a la publicación de la lista de aprobados en el proceso
selectivo, los aspirantes deberán presentar en el Servicio de
Personal de la UNED aquellos documentos que acrediten las
condiciones y requisitos exigidos para el acceso a la Escala
Administrativa de la Universidad Nacional de Educación a Distancia,
a excepción de aquellos que obren ya en poder del citado Servicio,
como consecuencia de la aportación realizada para su anterior
nombramiento como funcionario de carrera. Estos documentos
deberán ser aportados mediante copia cotejada o, en caso
contrario, acompañada de los originales para su comprobación y
posterior cotejo. Asimismo y dentro del citado plazo deberá
entregarse, debidamente cumplimentada, la declaración jurada que
figura como Anexo V a esta convocatoria.
9.2 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza
mayor, no presentasen la documentación, o si del examen de la
misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos que
se indican en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios
de carrera de la Escala Administrativa de la UNED, y quedarán
anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en
que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
9.3 La petición de destinos por parte de los aspirantes
aprobados, deberá realizarse ante el Rectorado de la Universidad,
previa oferta de aquellos, por el orden de puntuación obtenido en
el conjunto de las pruebas selectivas determinado conforme a lo
previsto en la base 8.4.
Asimismo, los aspirantes seleccionados podrán solicitar que
se les adjudique el puesto que vinieran desempeñando en la UNED
con destino definitivo como funcionarios de carrera de la Escala
Administrativa de la UNED, de acuerdo con lo previsto en el art.
78.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. En su caso,
la denominación y características del puesto que vinieran
desempeñando se entenderán automáticamente modificadas y adaptadas
al nuevo Cuerpo, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución
de 9 de enero de 2003, por la que fue aprobada la Relación de
Puestos de Trabajo del Personal Funcionario de Administración
y Servicios de esta Universidad y Resolución de 30 de abril de
2003 que rectifica la de 9 de enero. Los funcionarios que ejerciten
este derecho quedarán excluidos del procedimiento de
adjudicación de destinos por el orden de puntuación obtenido en el proceso
selectivo.
9.4 Por la autoridad convocante se procederá al
nombramiento de funcionarios de carrera de la Escala Administrativa de la
UNED mediante Resolución que será publicada en el "Boletín
Oficial del Estado".
9.5 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será
efectuada en el plazo de un mes, contado desde la fecha de
publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".
10. Normas finales
10.1 Los aspirantes, por el hecho de participar en las
presentes pruebas selectivas, se someten a las bases de esta
convocatoria y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio
de las reclamaciones o recursos pertinentes. El Tribunal se halla
facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo
no previsto en las bases, así como para la adopción de los acuerdos
necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas.
10.2 Contra la presente Resolución, que agota la vía
administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición,
ante la Excma. y Magfca. Sra. Rectora de esta Universidad, en
el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación
o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales
de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a
contar desde el día siguiente a su publicación.
Madrid, 5 de junio de 2003.-La Rectora, Araceli Maciá Antón.
ANEXO
Programa
I. Derecho Administrativo general
Tema 1. Las fuentes del Derecho Administrativo. La jerarquía
de las fuentes. La Constitución. La Ley. Disposiciones normativas
con fuerza de Ley. El Reglamento.
Tema 2. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos.
Eficacia y validez de los actos administrativos. Su motivación y
notificación: Revisión, anulación y revocación. El principio de
legalidad en la actuación administrativa.
Tema 3. El procedimiento administrativo como garantía
formal. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común: Contenido y ámbito
de aplicación. La iniciación, ordenación, instrucción y terminación
del procedimiento administrativo. La interacción de los trámites
de gestión presupuestaria en el procedimiento administrativo.
Tema 4. Los recursos administrativos: Concepto y clases.
Recursos de alzada, reposición y extraordinario de revisión. El
recurso contencioso-administrativo. El recurso de amparo.
Tema 5. Los contratos administrativos: Concepto y clases.
Idea general del procedimiento de contratación.
II. Gestión de Personal
Tema 1. El personal al servicio de las Administraciones
Públicas. Régimen jurídico. El personal funcionario: Funcionarios de
carrera y funcionarios de empleo. La selección de los funcionarios:
Convocatorias y proceso selectivo.
Tema 2. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario.
Situaciones de los funcionarios. Supuestos y efectos de cada una
de ellas.
Tema 3. Provisión de puestos de trabajo en la función pública.
Los deberes y derechos de los funcionarios. La promoción interna.
Las incompatibilidades. Régimen disciplinario: faltas, sanciones
y procedimiento.
Tema 4. Los órganos de representación de los funcionarios
públicos. La negociación colectiva y la participación en la
determinación de las condiciones de trabajo.
Tema 5. El personal funcionario de administración y servicios
de la UNED: Clases y régimen jurídico. Las Escalas de personal
funcionario de la UNED. Relación de Puestos de Trabajo.
Tema 6. El personal laboral de la UNED. Selección. Derechos,
deberes e incompatibilidades. El contrato laboral: Contenido,
duración, suspensión y extinción. Convenio Colectivo de la UNED.
Relación de Puestos de Trabajo.
Tema 7. Participación y régimen de representación del
personal laboral: Comités de Empresa y Delegados de Personal.
Negociación laboral, conflictos y convenios colectivos.
Tema 8. El profesorado universitario: Clases y régimen
jurídico.
Tema 9. El sistema español de Seguridad Social. Régimen
de Seguridad social de los Funcionarios. MUFACE. Sistema de
derechos pasivos. Régimen General de Seguridad social.
Tema 10. La prevención de riesgos laborales: conceptos
básicos, principios de acción preventiva. Derechos y obligaciones de
los trabajadores. Órganos de Prevención. Conceptos básicos sobre
Seguridad, Higiene, Ergonomía y Vigilancia de la Salud.
Accidentes de Trabajo y Enfermedades profesionales.
III. Gestión financiera
Tema 1. El presupuesto: Concepto. Los principios
presupuestarios. El Ciclo presupuestario. El Presupuesto por programas:
Concepto y fases. Terminología y desarrollo del proceso
presupuestario.
Tema 2. El presupuesto del Estado en España: Concepto y
estructura. Los créditos presupuestarios: Características. Las
modificaciones presupuestarias: Créditos extraordinarios y
suplementos de crédito. Ampliaciones de crédito. Generaciones de
crédito. Transferencias de crédito. Incorporaciones de crédito.
Tema 3. Los ingresos: Concepto. Tasas y precios públicos.
Los gastos: Concepto. Gastos para la compra de bienes y servicios.
Transferencias corrientes de capital. Gastos de inversión.
Tema 4. Las retribuciones de los funcionarios públicos.
Conceptos y determinación de sus cuantías. Las retribuciones del
profesorado universitario. Devengo y liquidación de derechos
económicos del personal de las Administraciones Públicas. Las
indemnizaciones por razón del servicio.
Tema 5. El procedimiento administrativo de ejecución del
presupuesto de gasto. Órganos competentes. Fases del procedimiento
y sus documentos contables. Compromisos de gasto para ejercicios
posteriores. La ordenación del pago: Concepto y competencia.
Realización del pago: Modos y perceptores.
Tema 6. El régimen económico y financiero de la Universidad
Nacional de Educación a Distancia. El Presupuesto de la UNED.
Matrículas, tasas académicas y administrativas: Liquidación,
gestión, recaudación y aplicación al presupuesto. La ejecución del
presupuesto de gasto en la UNED: Órganos competentes.
Tema 7. El control del gasto público. Especial referencia al
control de legalidad. El procedimiento de ejecución de los gastos
periódicos y repetitivos.
IV. Gestión Universitaria
Tema 1. La Ley Orgánica de Universidades. Naturaleza,
creación, reconocimiento, régimen jurídico y estructura de las
Universidades.
Tema 2. Los Estatutos de la Universidad Nacional de
Educación a Distancia. Naturaleza, fines y autonomía de la UNED.
La reforma de los Estatutos.
Tema 3. Los órganos de gobierno y representación de las
Universidades públicas. El Consejo de Coordinación Universitaria.
Órganos de gobierno de la UNED.
Tema 4. La estructura académica de la UNED. Facultades,
Escuelas, Departamentos, Institutos Universitarios de
Investigación y otros Centros. Los Centros Asociados en España y en el
extranjero. Enseñanzas y títulos. La Investigación en la
Universidad. Espacio europeo de enseñanza superior.
Tema 5. Los estudiantes universitarios: Derechos y deberes.
Acceso y permanencia en los estudios universitarios. Becas y
ayudas al estudio. El Seguro Escolar.
ANEXO II
Tribunal
Titulares:
Presidente: Don Juan José de la Vega Viñambres. Escala
Técnicos de Gestión de la UNED.
Vocales: Doña María Roca Bernal. Escala de Gestión
Universitaria de la UNED. Doña Mercedes Hernández Morales. Escala
de Gestión Universitaria de la UNED. Doña Guadalupe Damas
Jurado. Escala Administrativa de la UNED.
Secretario: Doña María Nieves García del Valle Manzano.
Escala Administrativa de Organismos Autónomos.
Suplentes:
Presidente: Doña María Teresa Mendiguchía González. Cuerpo
Superior de Administradores Civiles del Estado.
Vocales: Doña Emma E. Barcia Luego. Escala de Gestión
Universitaria de la UNED. Doña Goyi Rey Gutiérrez. Escala
Administrativa de la UNED. Doña Elva Soberón Galán. Escala
Administrativa de la UNED.
Secretario: Don Jerónimo Ferre García. Escala Administrativa
de la UNED.
ANEXO III
Don/doña ........................................................................
aspirante a las plazas de Escala Administrativa de la Universidad
Nacional de Educación a Distancia, habiendo superado la fase
de oposición de las pruebas selectivas y de conformidad con la
base 6.2, presenta la siguiente documentación acreditativa de los
méritos que serán objeto de valoración por el Tribunal calificador
en la fase de concurso:
Certificación acreditativa de los méritos enumerados en las
letras a), b) y c), según modelo anexo IV.
Documentación acreditativa de los méritos enumerados en la
letra d), que a continuación se detalla:
CURSOS
.............................................................
.............................................................
.............................................................
.............................................................
En ................ a ..... de ................ de 2003.
Fdo.:
Sr. Presidente del Tribunal calificador de las pruebas selectivas
para el ingreso en la Escala Administrativa de la Universidad
Nacional de Educación a Distancia.
ANEXO V
Don ...............................................................................,
con domicilio .................................., y con documento nacional
de identidad número ............................, declara bajo juramento
o promete, a efectos de ser nombrado funcionario de la Escala
Administrativa de la Universidad Nacional de Educación a
Distancia de Madrid, que no ha sido separado del servicio de ninguna
de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado
para el ejercicio de las funciones públicas.
En ................ a ..... de ................ de 2003.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid