Visto el expediente de indulto de doña Ana Rosa Fernández Rodríguez,
con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador,
condenada por el Juzgado de lo Penal número 1 de Santander, en sentencia
de fecha 4 de febrero de 2002, como autora de un delito de estafa, a
la pena de seis meses de prisión y de un delito de falsificación documentos
mercantiles, a la pena de un año y nueve meses de prisión, con las
accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante
el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1998, a propuesta
del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros
en su reunión del día 4 de julio de 2003,
Vengo en conmutar a doña Ana Rosa Fernández Rodríguez la pena
privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición
de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años, desde
la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, a 4 de julio de 2003.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
JOSÉ MARÍA MICHAVILA NÚÑEZ
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