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Documento BOE-A-2003-14777

Resolución de 9 de julio de 2003, de la Subsecretaría, por la que se dispone la publicación de nueve acuerdos de encomienda de gestión celebrados entre la Subsecretaría y distintos Organismos Públicos de Investigación.

Publicado en:
«BOE» núm. 175, de 23 de julio de 2003, páginas 28681 a 28684 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia y Tecnología
Referencia:
BOE-A-2003-14777

TEXTO ORIGINAL

La Subsecretaría del Ministerio de Ciencia y Tecnología y el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, el Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, el Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, el Instituto Español de Oceanografía, el Instituto Tecnológico y Minero de España y el Instituto de Astrofísica de Canarias han suscrito, con fecha 30 de junio de 2003, nueve Acuerdos por los que se encomienda a los citados Organismos la gestión material de algunos aspectos de las pruebas selectivas de acceso a diversas Escalas de los Organismos Públicos de Investigación del Ministerio de Ciencia y Tecnología.

Para general conocimiento, se dispone su publicación como anexos I a IX, de la presente Resolución.

Madrid, 9 de julio de 2003.‒El Subsecretario, Tomás Pérez Franco.

ANEXO I
Acuerdo de encomienda de gestión al Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas para la realización material de determinadas actividades sobre las pruebas selectivas para acceso a Cuerpos y Escalas adscritos al Ministerio de Ciencia y Tecnología
Primero.

El Ministerio de Ciencia y Tecnología y el Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas acuerdan, en el marco del articulo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, que el citado Organismo lleve a cabo, por razones de eficacia, la gestión material de las pruebas selectivas de acceso a la Escala de Auxiliares de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación, correspondiente a la Oferta de Empleo Publico de 2003.

Segundo.

La gestión material que se encomienda, con respecto a la Escala citada en el apartado anterior, se concreta en las siguientes actividades:

a) Recepción de solicitudes de participación en las pruebas selectivas.

b) Propuesta de resoluciones por las que se declaren aprobadas las listas de admitidos y excluidos y se señalen el lugar y fecha de comienzo del primer ejercicio, así como la relación de aspirantes excluidos, con indicación de las causas de exclusión.

c) Gestión de la operativa necesaria para el desarrollo material de los ejercicios.

d) Coordinación de los tribunales calificadores de las pruebas selectivas y tramitación y pago de las dietas y asistencias que correspondan a sus miembros.

Tercero.

Los gastos originados por la gestión material objeto de la presente encomienda correrán a cargo del presupuesto del Organismo.

Cuarto.

El plazo de vigencia de la gestión encomendada será de doce meses, a contar desde la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la convocatoria de las pruebas selectivas cuya gestión material se encomienda.

Quinto.

La encomienda de gestión no supone cesión de titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, atribuidas al Ministerio de Ciencia y Tecnología.

Sexto.

Es responsabilidad del Ministerio de Ciencia y Tecnología dictar los actos o resoluciones que den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de la presente encomienda de gestión.

Séptimo.

Suscriben el presente instrumento de formalización de encomienda de gestión el Subsecretario de Ciencia y Tecnología en virtud de las competencias que le han sido delegadas en el apartado Segundo.10.c) de la Orden de 30 de noviembre de 2000 por la que se delegan competencias del Ministerio de Ciencia y Tecnología y por la que se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos superiores y directivos del departamento, publicada en el Boletín Oficial del Estado, número 291, de 5 de diciembre de 2000, y el Director General del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas.

Madrid, 30 de junio de 2003.‒El Subsecretario de Ciencia y Tecnología, Tomás Pérez Franco.‒El Director general del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, César Dopazo García.

ANEXO II
Acuerdo de encomienda de gestión al Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria para la realización material de determinadas actividades sobre las pruebas selectivas para acceso a Cuerpos y Escalas adscritos al Ministerio de Ciencia y Tecnología
Primero.

El Ministerio de Ciencia y Tecnología y el Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria acuerdan, en el marco del artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, que el citado Organismo lleve a cabo, por razones de eficacia, la gestión material de las pruebas selectivas de acceso a la Escala de Ayudantes de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación, correspondiente a la Oferta de Empleo Publico de 2003.

Segundo.

La gestión material que se encomienda, con respecto a la Escala citada en el apartado anterior, se concreta en las siguientes actividades:

a) Recepción de solicitudes de participación en las pruebas selectivas.

b) Propuesta de resoluciones por las que se declaren aprobadas las listas de admitidos y excluidos y se señalen el lugar y fecha de comienzo del primer ejercicio, así como la relación de aspirantes excluidos, con indicación de las causas de exclusión.

c) Gestión de la operativa necesaria para el desarrollo material de los ejercicios.

d) Coordinación de los tribunales calificadores de las pruebas selectivas y tramitación y pago de las dietas y asistencias que correspondan a sus miembros.

Tercero.

Los gastos originados por la gestión material objeto de la presente encomienda correrán a cargo del presupuesto del Organismo.

Cuarto.

El plazo de vigencia de la gestión encomendada será de doce meses, a contar desde la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la convocatoria de las pruebas selectivas cuya gestión material se encomienda.

Quinto.

La encomienda de gestión no supone cesión de titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, atribuidas al Ministerio de Ciencia y Tecnología.

Sexto.

Es responsabilidad del Ministerio de Ciencia y Tecnología dictar los actos o resoluciones que den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de la presente encomienda de gestión.

Séptimo.

Suscriben el presente instrumento de formalización de encomienda de gestión el Subsecretario de Ciencia y Tecnología en virtud de las competencias que le han sido delegadas en el apartado Segundo.10.c) de la Orden de 30 de noviembre de 2000 por la que se delegan competencias del Ministerio de Ciencia y Tecnología y por la que se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos superiores y directivos del departamento, publicada en el Boletín Oficial del Estado, número 291, de 5 de diciembre de 2000, y el Director General del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria.

Madrid, 30 de junio de 2003.‒El Subsecretario de Ciencia y Tecnología, Tomás Pérez Franco.‒El Director general del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, Adolfo Cazorla Montero.

ANEXO III
Acuerdo de encomienda de gestión al Consejo Superior de Investigaciones Científicas para la realización material de determinadas actividades sobre las pruebas selectivas para acceso a Cuerpos y Escalas adscritos al Ministerio de Ciencia y Tecnología
Primero.

El Ministerio de Ciencia y Tecnología y el Consejo Superior de Investigaciones Científicas acuerdan, en el marco del artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, que el citado Organismo lleve a cabo, por razones de eficacia, la gestión material de las pruebas selectivas de acceso a la Escala de Técnicos Especialistas de Grado Medio de los Organismos Públicos de Investigación, correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2003.

Segundo.

La gestión material que se encomienda, con respecto a la Escala citada en el apartado anterior, se concreta en las siguientes actividades:

a) Recepción de solicitudes de participación en las pruebas selectivas.

b) Propuesta de resoluciones por las que se declaren aprobadas las listas de admitidos y excluidos y se señalen el lugar y fecha de comienzo del primer ejercicio, así como la relación de aspirantes excluidos, con indicación de las causas de exclusión.

c) Gestión de la operativa necesaria para el desarrollo material de los ejercicios.

d) Coordinación de los tribunales calificadores de las pruebas selectivas y tramitación y pago de las dietas y asistencias que correspondan a sus miembros.

Tercero.

Los gastos originados por la gestión material objeto de la presente encomienda correrán a cargo del presupuesto del Organismo.

Cuarto.

El plazo de vigencia de la gestión encomendada será de doce meses, a contar desde la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la convocatoria de las pruebas selectivas cuya gestión material se encomienda.

Quinto.

La encomienda de gestión no supone cesión de titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, atribuidas al Ministerio de Ciencia y Tecnología.

Sexto.

Es responsabilidad del Ministerio de Ciencia y Tecnología dictar los actos o resoluciones que den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de la presente encomienda de gestión.

Séptimo.

Suscriben el presente instrumento de formalización de encomienda de gestión el Subsecretario de Ciencia y Tecnología en virtud de las competencias que le han sido delegadas en el apartado Segundo.10.c) de la Orden de 30 de noviembre de 2000 por la que se delegan competencias del Ministerio de Ciencia y Tecnología y por la que se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos superiores y directivos del departamento, publicada en el Boletín Oficial del Estado, número 291, de 5 de diciembre de 2000, y el Presidente del Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

Madrid, 30 de junio de 2003.‒El Subsecretario de Ciencia y Tecnología, Tomás Pérez Franco.‒El Presidente del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Emilio Lora-Tamayo.

ANEXO IV
Acuerdo de encomienda de gestión al Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas para la realización material de determinadas actividades sobre las pruebas selectivas para acceso a Cuerpos y Escalas adscritos al Ministerio de Ciencia y Tecnología
Primero.

El Ministerio de Ciencia y Tecnología y el Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT) acuerdan, en el marco del articulo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, que el citado Organismo lleve a cabo, por razones de eficacia, la gestión material de algunos aspectos de las pruebas selectivas de acceso a las siguientes Escalas de los Organismos Públicos de Investigación, correspondientes a la Oferta de Empleo Público de 2003: por el turno de acceso libre, Investigadores Titulares y Técnicos Superiores Especialistas, y, por el turno de promoción interna, Técnicos Superiores Especialistas, Técnicos Especialistas de Grado Medio y Ayudantes de Investigación.

Segundo.

La gestión material que se encomienda, con respecto a las Escalas citadas en el apartado anterior, se concreta en las siguientes actividades:

Tramitación y pago de las dietas y asistencias que correspondan a los miembros de los tribunales de las especialidades cuyas plazas estén exclusivamente atribuidas al Organismo y, en tribunales de especialidades que afecten a más de un Organismo, la tramitación y pago de las dietas y asistencias que correspondan a los miembros propuestos por el CIEMAT.

Tercero.

Los gastos originados por la gestión material objeto de la presente encomienda correrán a cargo del presupuesto del Organismo.

Cuarto.

El plazo de vigencia de la gestión encomendada será de doce meses, a contar desde la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la convocatoria de las pruebas selectivas cuya gestión material se encomienda.

Quinto.

La encomienda de gestión no supone cesión de titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, atribuidas al Ministerio de Ciencia y Tecnología.

Sexto.

Es responsabilidad del Ministerio de Ciencia y Tecnología dictar los actos o resoluciones que den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de la presente encomienda de gestión.

Séptimo.

Suscriben el presente instrumento de formalización de encomienda de gestión el Subsecretario de Ciencia y Tecnología en virtud de las competencias que le han sido delegadas en el apartado Segundo.10.c) de la Orden de 30 de noviembre de 2000 por la que se delegan competencias del Ministerio de Ciencia y Tecnología y por la que se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos superiores y directivos del departamento, publicada en el Boletín Oficial del Estado, número 291, de 5 de diciembre de 2000, y el Director General del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas.

Madrid, 30 de junio de 2003.‒El Subsecretario de Ciencia y Tecnología, Tomás Pérez Franco.‒El Director general del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, César Dopazo García.

ANEXO V
Acuerdo de encomienda de gestión al Consejo Superior de Investigaciones Científicas para la realización material de determinadas actividades sobre las pruebas selectivas para acceso a Cuerpos y Escalas adscritos al Ministerio de Ciencia y Tecnología
Primero.

El Ministerio de Ciencia y Tecnología y el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) acuerdan, en el marco del articulo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, que el citado Organismo lleve a cabo, por razones de eficacia, la gestión material de algunos aspectos de las pruebas selectivas de acceso a las siguientes Escalas de los Organismos Públicos de Investigación, correspondientes a la Oferta de Empleo Publico de 2003: Técnicos Especialistas de Grado Medio y Ayudantes de Investigación, por el turno de promoción interna.

Segundo.

La gestión material que se encomienda, con respecto a las Escalas citadas en el apartado anterior, se concreta en las siguientes actividades:

Tramitación y pago de las dietas y asistencias que correspondan a los miembros de los tribunales de las especialidades cuyas plazas estén exclusivamente atribuidas al Organismo y, en tribunales de especialidades que afecten a más de un Organismo, la tramitación y pago de las dietas y asistencias que correspondan a los miembros propuestos por el CSIC.

Tercero.

Los gastos originados por la gestión material objeto de la presente encomienda correrán a cargo del presupuesto del Organismo.

Cuarto.

El plazo de vigencia de la gestión encomendada será de doce meses, a contar desde la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la convocatoria de las pruebas selectivas cuya gestión material se encomienda.

Quinto.

La encomienda de gestión no supone cesión de titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, atribuidas al Ministerio de Ciencia y Tecnología.

Sexto.

Es responsabilidad del Ministerio de Ciencia y Tecnología dictar los actos o resoluciones que den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de la presente encomienda de gestión.

Séptimo.

Suscriben el presente instrumento de formalización de encomienda de gestión el Subsecretario de Ciencia y Tecnología en virtud de las competencias que le han sido delegadas en el apartado Segundo. 10.c) de la Orden de 30 de noviembre de 2000 por la que se delegan competencias del Ministerio de Ciencia y Tecnología y por la que se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos superiores y directivos del departamento, publicada en el Boletín Oficial del Estado, número 291, de 5 de diciembre de 2000, y el Presidente del Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

Madrid, 30 de junio de 2003.‒El Subsecretario de Ciencia y Tecnología, Tomás Pérez Franco.‒El Presidente del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Emilio Lora-Tamayo.

ANEXO VI
Acuerdo de encomienda de gestión al Instituto de Astrofísica de Canarias para la realización material de determinadas actividades sobre las pruebas selectivas para acceso a Cuerpos y Escalas adscritos al Ministerio de Ciencia y Tecnología
Primero.

El Ministerio de Ciencia y Tecnología y el Instituto de Astrofísica de Canarias (IAC) acuerdan, en el marco del articulo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, que el citado Organismo lleve a cabo, por razones de eficacia, la gestión material de algunos aspectos de las pruebas selectivas de acceso a la Escala de Investigadores Titulares de los Organismos Públicos de Investigación correspondiente a la Oferta de Empleo Publico de 2003.

Segundo.

La gestión material que se encomienda, con respecto a la Escala citada en el apartado anterior, se concreta en las siguientes actividades:

Tramitación y pago de las dietas y asistencias que correspondan a los miembros de los tribunales de las especialidades cuyas plazas estén exclusivamente atribuidas al Organismo y, en tribunales de especialidades que afecten a más de un Organismo, la tramitación y pago de las dietas y asistencias que correspondan a los miembros propuestos por el IAC.

Tercero.

Los gastos originados por la gestión material objeto de la presente encomienda correrán a cargo del presupuesto del Organismo.

Cuarto.

El plazo de vigencia de la gestión encomendada será de doce meses, a contar desde la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la convocatoria de las pruebas selectivas cuya gestión material se encomienda.

Quinto.

La encomienda de gestión no supone cesión de titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, atribuidas al Ministerio de Ciencia y Tecnología.

Sexto.

Es responsabilidad del Ministerio de Ciencia y Tecnología dictar los actos o resoluciones que den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de la presente encomienda de gestión.

Séptimo.

Suscriben el presente instrumento de formalización de encomienda de gestión el Subsecretario de Ciencia y Tecnología en virtud de las competencias que le han sido delegadas en el apartado Segundo.10.c) de la Orden de 30 de noviembre de 2000 por la que se delegan competencias del Ministerio de Ciencia y Tecnología y por la que se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos superiores y directivos del departamento, publicada en el Boletín Oficial del Estado, número 291, de 5 de diciembre de 2000, y el Director del Instituto de Astrofísica de Canarias.

Madrid, 30 de junio de 2003.‒El Subsecretario de Ciencia y Tecnología, Tomás Pérez Franco.‒El Director del Instituto de Astrofísica de Canarias, Francisco Sánchez Martínez.

ANEXO VII
Acuerdo de encomienda de gestión al Instituto Español de Oceanografía para la realización material de determinadas actividades sobre las pruebas selectivas para acceso a Cuerpos y Escalas adscritos al Ministerio de Ciencia y Tecnología
Primero.

El Ministerio de Ciencia y Tecnología y el Instituto Español de Oceanografía (IEO) acuerdan, en el marco del articulo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, que el citado Organismo lleve a cabo, por razones de eficacia, la gestión material de algunos aspectos de las pruebas selectivas de acceso a las siguientes Escalas de los Organismos Públicos de Investigación, correspondientes a la Oferta de Empleo Publico de 2003: por el turno de acceso libre, Investigadores Titulares y Técnicos Superiores Especialistas, y, por el turno de promoción interna, Técnicos Superiores Especialistas, Técnicos Especialistas de Grado Medio y Ayudantes de Investigación.

Segundo.

La gestión material que se encomienda, con respecto a las Escalas citadas en el apartado anterior, se concreta en las siguientes actividades:

Tramitación y pago de las dietas y asistencias que correspondan a los miembros de los tribunales de las especialidades cuyas plazas estén exclusivamente atribuidas al Organismo y, en tribunales de especialidades que afecten a más de un Organismo, la tramitación y pago de las dietas y asistencias que correspondan a los miembros propuestos por el IEO.

Tercero.

Los gastos originados por la gestión material objeto de la presente encomienda correrán a cargo del presupuesto del Organismo.

Cuarto.

El plazo de vigencia de la gestión encomendada será de doce meses, a contar desde la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la convocatoria de las pruebas selectivas cuya gestión material se encomienda.

Quinto.

La encomienda de gestión no supone cesión de titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, atribuidas al Ministerio de Ciencia y Tecnología.

Sexto.

Es responsabilidad del Ministerio de Ciencia y Tecnología dictar los actos o resoluciones que den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de la presente encomienda de gestión.

Séptimo.

Suscriben el presente instrumento de formalización de encomienda de gestión el Subsecretario de Ciencia y Tecnología en virtud de las competencias que le han sido delegadas en el apartado Segundo.10.c) de la Orden de 30 de noviembre de 2000 por la que se delegan competencias del Ministerio de Ciencia y Tecnología y por la que se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos superiores y directivos del departamento, publicada en el Boletín Oficial del Estado, número 291, de 5 de diciembre de 2000, y el Director General del Instituto Español de Oceanografía.

Madrid, 30 de junio de 2003.‒El Subsecretario de Ciencia y Tecnología, Tomás Pérez Franco.‒El Director general del Instituto Español de Oceanografía, Octavio Llinás González.

ANEXO VIII
Acuerdo de encomienda de gestión al Instituto Geológico y Minero de España para la realización material de determinadas actividades sobre las pruebas selectivas para acceso a Cuerpos y Escalas adscritos al Ministerio de Ciencia y Tecnología
Primero.

El Ministerio de Ciencia y Tecnología y el Instituto Geológico y Minero de España (IGME) acuerdan, en el marco del articulo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, que el citado Organismo lleve a cabo, por razones de eficacia, la gestión material de algunos aspectos de las pruebas selectivas de acceso a las siguientes Escalas de los Organismos Públicos de Investigación, correspondientes a la Oferta de Empleo Publico de 2003: por el turno de acceso libre, Investigadores Titulares y Técnicos Superiores Especialistas, y, por el turno de promoción interna, Técnicos Superiores Especialistas, Técnicos Especialistas de Grado Medio y Ayudantes de Investigación.

Segundo.

La gestión material que se encomienda, con respecto a las Escalas citadas en el apartado anterior, se concreta en las siguientes actividades:

Tramitación y pago de las dietas y asistencias que correspondan a los miembros de los tribunales de las especialidades cuyas plazas estén exclusivamente atribuidas al Organismo y, en tribunales de especialidades que afecten a más de un Organismo, la tramitación y pago de las dietas y asistencias que correspondan a los miembros propuestos por el IGME.

Tercero.

Los gastos originados por la gestión material objeto de la presente encomienda correrán a cargo del presupuesto del Organismo.

Cuarto.

El plazo de vigencia de la gestión encomendada será de doce meses, a contar desde la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la convocatoria de las pruebas selectivas cuya gestión material se encomienda.

Quinto.

La encomienda de gestión no supone cesión de titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, atribuidas al Ministerio de Ciencia y Tecnología.

Sexto.

Es responsabilidad del Ministerio de Ciencia y Tecnología dictar los actos o resoluciones que den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de la presente encomienda de gestión.

Séptimo.

Suscriben el presente instrumento de formalización de encomienda de gestión el Subsecretario de Ciencia y Tecnología en virtud de las competencias que le han sido delegadas en el apartado Segundo. 10.c) de la Orden de 30 de noviembre de 2000 por la que se delegan competencias del Ministerio de Ciencia y Tecnología y por la que se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos superiores y directivos del departamento, publicada en el Boletín Oficial del Estado, número 291, de 5 de diciembre de 2000, y el Director General del Instituto Geológico y Minero de España.

Madrid, 30 de junio de 2003.‒El Subsecretario de Ciencia y Tecnología, Tomás Pérez Franco.‒El Director general del Instituto Geológico y Minero de España, Emilio Custodio Gimena.

ANEXO IX
Acuerdo de encomienda de gestión al Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria para la realización material de determinadas actividades sobre las pruebas selectivas para acceso a Cuerpos y Escalas adscritos al Ministerio de Ciencia y Tecnología
Primero.

El Ministerio de Ciencia y Tecnología y el Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA) acuerdan, en el marco del articulo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, que el citado Organismo lleve a cabo, por razones de eficacia, la gestión material de algunos aspectos de las pruebas selectivas de acceso a las siguientes Escalas de los Organismos Públicos de Investigación, correspondientes a la Oferta de Empleo Publico de 2003: por el turno de acceso libre, Investigadores Titulares y Técnicos Superiores Especialistas, y, por el turno de promoción interna, Técnicos Superiores Especialistas, Técnicos Especialistas de Grado Medio y Ayudantes de Investigación.

Segundo.

La gestión material que se encomienda, con respecto a las Escalas citadas en el apartado anterior, se concreta en las siguientes actividades:

Tramitación y pago de las dietas y asistencias que correspondan a los miembros de los tribunales de las especialidades cuyas plazas estén exclusivamente atribuidas al Organismo y, en tribunales de especialidades que afecten a más de un Organismo, la tramitación y pago de las dietas y asistencias que correspondan a los miembros propuestos por el INIA.

Tercero.

Los gastos originados por la gestión material objeto de la presente encomienda correrán a cargo del presupuesto del Organismo.

Cuarto.

El plazo de vigencia de la gestión encomendada será de doce meses, a contar desde la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la convocatoria de las pruebas selectivas cuya gestión material se encomienda.

Quinto.

La encomienda de gestión no supone cesión de titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, atribuidas al Ministerio de Ciencia y Tecnología.

Sexto.

Es responsabilidad del Ministerio de Ciencia y Tecnología dictar los actos o resoluciones que den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de la presente encomienda de gestión.

Séptimo.

Suscriben el presente instrumento de formalización de encomienda de gestión el Subsecretario de Ciencia y Tecnología en virtud de las competencias que le han sido delegadas en el apartado Segundo.10.c) de la Orden de 30 de noviembre de 2000 por la que se delegan competencias del Ministerio de Ciencia y Tecnología y por la que se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos superiores y directivos del departamento, publicada en el Boletín Oficial del Estado, número 291, de 5 de diciembre de 2000, y el Director General del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria.

Madrid, 30 de junio de 2003.‒El Subsecretario de Ciencia y Tecnología, Tomás Pérez Franco.‒El Director general del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, Adolfo Cazorla Montero.

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