En congruencia con el Acuerdo de 31 de julio de 2003, de
la Comisión de Reclamaciones del Claustro Universitario de esta
Universidad, declarando no ratificar la propuesta en su día
realizada por la Comisión Juzgadora del concurso relativo a la plaza
01/069, de Catedrático de Universidad, área de conocimiento
"Filosofía", del Departamento de Filosofía y Métodos de Investigación
en Educación,
Este Rectorado, en uso de la atribuciones conferidas por el
art. 40 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma
Universitaria, y demás disposiciones que la desarrollan, ha resuelto
la no provisión de la referida plaza.
Contra la presente resolución y de conformidad con lo dispuesto
en el art. 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, cabe interponer recurso
contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo
en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en
el art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha
Jurisdicción o, potestativamente, recurso de reposición ante el
Rector en el plazo de un mes, contados ambos a partir del día
siguiente al de la notificación o publicación, sin perjuicio de poder
interponer cualquier otro recurso que legalmente proceda.
A Coruña, 1 de agosto de 2003.-El Rector, José Luis Meilán
Gil.
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