Padecidos errores en el Anexo de la Orden ECD/2633/2003,
de 11 septiembre (Boletín Oficial del Estado del 26), por la que
a propuesta de la Consejería de Educación y Cultura del Principado
de Asturias, se nombran funcionarios de carrera a los aspirantes
seleccionados en los procedimientos selectivos de ingreso y acceso
a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores
Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes
Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de
Taller de Artes Plásticas y Diseño, a los seleccionados en los
procedimientos selectivos convocados por Resoluciones de 30 de
mayo de 2001 y 10 de mayo de 2002.
Este Ministerio, vista la propuesta de la Consejería de
Educación y Cultura del Principado de Asturias, ha dispuesto su
corrección en el siguiente sentido:
Primero.-En la página 35140, Cuerpo: 595. Profesores de
Artes Plásticas y Diseño, donde dice : "... Especialidad 508. Diseño
de Interiores", debe decir: "... Especialidad: 508 Dibujo técnico".
En la misma página, donde dice: "... Especialidad: 509. Diseño
de Moda", debe decir: "... Especialidad: 509. Diseño de interiores".
En la misma página, donde dice: "...Especialidad: 512. Edición
de Arte", debe decir: "... Especialidad: 512. Diseño Gráfico".
En la página 35141, donde dice: "... Especialidad: 521.
Organización Industrial y Legislación", debe decir: "... Especialidad:
521. Medios Audiovisuales".
Segundo.-Contra esta Orden que es definitiva en la vía
administrativa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante
la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,
conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio,
del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica
6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde
el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Asimismo, la presente Orden podrá ser recurrida
potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano
que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos
116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999,
de 13 de enero.
Madrid, 7 de octubre de 2003.- La Ministra, P.D. (O. 1-2-2001,
B.O.E. del 9), la Directora General de Programación Económica,
Personal y Servicios, Engracia Hidalgo Tena.
Ilma. Sra. Directora General de Programación Económica,
Personal y Servicios.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid