Visto el expediente de indulto de don José Miguel Bretón Burgui, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial, Sección Primera de Logroño, en sentencia de fecha 14 de junio de 2002, como autor de un delito de tráfico de drogas, a la pena de tres años de prisión y multa de 360,61 euros, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2001, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 21 de marzo de 2003,
Vengo en conmutar a don José Miguel Bretón Burgui, la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no abandone el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años, desde la publicación del presente real decreto.
Dado en Madrid, a 21 de marzo de 2003.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
JOSÉ MARÍA MICHAVILA NÚÑEZ
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