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Documento BOE-A-2006-557

Resolución de 2 de enero de 2006, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se convocan pruebas para el reconocimiento de la capacitación profesional para prestar servicios portuarios de practicaje en los puertos de Gijón, Avilés, Burela-Cariño-Vivero, Vigo, Sevilla, Cádiz, Valencia, Requejada-Ría de San Martín de la Arena y Arguineguín-Santa Agueda (Gran Canaria).

Publicado en:
«BOE» núm. 12, de 14 de enero de 2006, páginas 1749 a 1750 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2006-557

TEXTO ORIGINAL

La Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, establece en su artículo 102.8.b), entre otras competencias de la administración marítima, el establecimiento y realización de las pruebas precisas para el reconocimiento de la capacitación para prestar los servicios de practicaje en un puerto o grupo de puertos determinado. Igualmente el artículo 13.2 del Reglamento General de Practicaje, aprobado por Real Decreto 393/1996 de 1 de marzo (Boletín Oficial del Estado número 66, del 16), dispone que la Dirección General de la Marina Mercante, una vez determinadas las pruebas teóricas y prácticas, aprobará el programa de materias a que habrán de ajustarse los ejercicios para el acceso a la actividad de práctico en un puerto o grupo de puertos determinado, y convocará y realizará las pruebas pertinentes para acreditar la capacitación de los aspirantes para prestar los servicios portuarios de practicaje. Por otro lado, la Orden de 20 de febrero de 1997 por la que se regula el reconocimiento de capacitación profesional para la prestación de los servicios portuarios de practicaje, desarrollada posteriormente por resolución de 1 de diciembre de 1998, establece la división de las pruebas en dos partes, la primera, sobre legislación nacional, internacional, e idioma, que se organizará y llevará a cabo por la Dirección General de la Marina Mercante, y la segunda, sobre conocimientos específicos del puerto y resolución teórica de maniobras, que tendrá lugar en el puerto que corresponda. En su virtud, resuelvo:

Primero.-Convocar a los aspirantes que deseen presentarse y cumplan los requisitos establecidos en la norma para obtener la habilitación para prestar servicio como prácticos en los puertos de Gijón (1 plaza), Avilés (2 plazas), Burela-Cariño-Vivero (1 plaza), Vigo (1 plaza), Sevilla (1 plaza), Cádiz (1 plaza), Valencia (1 plaza), Arguineguín-Santa Agueda (Gran Canaria) (1 plaza) y Requejada-Ría de San Martín de la Arena (1 plaza).

Segundo.-Solicitudes: Los aspirantes deberán reunir los requisitos de titulación y mando que se señalan en el artículo 12 del Reglamento General de Practicaje, y solicitar la admisión a las pruebas en instancia dirigida al Director General de la Marina Mercante, en la que se hará mención expresa del puerto o puertos para los que pretenden obtener la habilitación, si tiene aprobada las pruebas en Madrid y en qué convocatoria, a la que deberán unirse los siguientes documentos:

1. Aspirantes que superaron la primera parte de las pruebas realizadas en Madrid y que conserven la calificación obtenida de acuerdo con el plazo previsto en el punto duodécimo de la presente Resolución: 1.1 Certificación de la Capitanía Marítima, Consulado del país de bandera del buque, u otro organismo público, acreditativa de haber tenido el mando de buque o buques de arqueo superior a 1.000 GT, al menos durante dos años (730 días) dentro de los últimos diez de actividad profesional que precedan inmediatamente a la presente convocatoria.

1.2 Copia del resguardo de autoliquidación en cualquier entidad colaboradora por importe de 39,04€ de tasa por cada uno de los puertos a que opten, código 001 derechos de examen (impreso modelo 790, disponible en Capitanías Marítimas, Dirección General de la Marina Mercante o en cualquier otra dependencia administrativa).

2. Resto de aspirantes:

2.1 Certificación de la Capitanía Marítima, Consulado del país de bandera del buque, u otro organismo público, acreditativa de haber tenido el mando de buque o buques de arqueo superior a 1.000 GT, al menos durante dos años (730 días) dentro de los últimos diez de actividad profesional que precedan inmediatamente a la presente convocatoria.

2.2 Fotocopia de la tarjeta profesional de Capitán de la Marina Mercante. 2.3 Copia del resguardo de autoliquidación en cualquier entidad colaboradora por importe de 39,04 € de tasa por cada uno de los puertos a que opten, código 001 de derechos de examen (impreso modelo 790, disponible en Capitanías Marítimas o Dirección General de la Marina Mercante o en cualquier otra dependencia Administrativa). 2.4 Fotocopia del documento nacional de identidad o pasaporte.

Tercero.-Presentación de solicitudes: Podrán presentarse en la Dirección General de la Marina Mercante, en cualquier Capitanía Marítima, o bien en los lugares indicados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1.992, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes a contar del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Cuarto.-Al día siguiente, o el primer día hábil tras haber finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de la Marina Mercante publicará la lista provisional de los solicitantes admitidos y de los excluidos, señalándose el puerto o puertos a que optan y, en su caso, las causas de la exclusión, así como las calificaciones obtenidas por los aspirantes que hubieran superado las tres pruebas de la primera parte en convocatorias anteriores, concediéndose un período de diez días naturales para subsanación de errores existentes, al término de los cuales se publicará la lista definitiva de excluidos. Las citadas listas se publicarán en los tablones de anuncios de la Dirección General de la Marina Mercante y en las Capitanías Marítimas de primera categoría, junto con el lugar, fecha y hora señalada para la realización del primer ejercicio de la primera parte de las pruebas, a realizar en Madrid. Quinto.-Calificaciones: En un plazo no mayor de siete días desde la celebración del primer ejercicio se publicará en los tablones de anuncios citados en el punto anterior la lista de aprobados, así como la fecha, hora y lugar señalados para la celebración del segundo ejercicio; estableciéndose iguales plazos y condiciones para la celebración del tercer ejercicio y publicación de resultados globales correspondientes a esta primera parte. Sexto.-Órgano de evaluación para la primera parte de las pruebas: El Órgano de Evaluación de las tres pruebas que integran esta primera parte se compondrá como sigue:

Titulares: Presidente: Don Francisco Suárez-Llanos Galán.

Vocales: Don Antonio Bustamante de la Rocha; don Alfonso Muñoz Fernández y don Juan Martín Cobeaga Ibieta. Secretario: Don Juan Ignacio Arribas Ruiz-Escribano.

Suplentes:

Presidente: Don Francisco Ramos Corona.

Vocales: Don Antonio Santos Moro; don Antonio Molinero Gutiérrez. y don Ángel Caballero Cantero. Secretario: Doña Itziar Martín Partida.

Séptimo.-En la publicación de los resultados del tercer ejercicio el tribunal emplazará a los candidatos que puedan presentarse a la segunda parte de las pruebas para que presenten, en un plazo no superior a diez días, las certificaciones, de superación de pruebas físicas, y reconocimiento médico inicial, descritas en los puntos octavo y segundo respectivamente, de la Resolución de la Dirección General de la Marina Mercante de 29 de julio de 1998.

Octavo.-Finalizado el plazo de aportación de certificaciones que se menciona en el punto anterior, la Dirección General de la Marina Mercante publicará, en los mismos lugares que se indica en el punto tercero, la lista de los aspirantes admitidos y el lugar, fecha y hora de celebración de la segunda parte de las pruebas. Noveno.-Órganos de evaluación de la segunda parte de las pruebas:

Gijón

Titulares: Presidente: Don Angel Sabino Alonso Fernández.

Vocales: Don Alejandro Coto González; don Marcelino Fernández Gutiérrez y don Angel Caballero Cantero. Secretario: Don Laureano Fernández Barcia.

Suplentes:

Presidente: Don Aurelio Ignacio Fernández Fidalgo.

Vocales: Don Emilio Alvarez Rico; don Marco A. Gutiérrez Alonso y don Joaquín Rayo Fernández. Secretario: Don Alfonso Miguel García Muñoz.

Avilés

Titulares:

Presidente: Don Licinio Alonso de la Torre García.

Vocales: Don Antonio Navarro Bidegaín; don Jesús Señeriz López y don José Angel Suárez Fernández. Secretario: Don Manuel Foyaca García-Robes.

Suplentes:

Presidente: Don Félix Granda Rodríguez.

Vocales: Doña Cristina López Arias; don Jorge Menéndez García y don Angel Caballero Cantero. Secretario: Don José Luis Santamaría Conejo.

Burela-Cariño-Vivero

Titulares:

Presidente: Don Rafael Casanueva Alonso.

Vocales: Don Antonio López Fernández; don Nemesio Rodríguez Insua y don José Manuel Bermúdez Garrote. Secretario: Don Antonio Bustamante de la Rocha.

Suplentes:

Presidente: Don José Leopoldo Segueiro Mallo.

Vocales: Don Gustavo Iglesias Pereiro; don José Antonio Torviso Vázquez y don José Jesús Centeno Vidal. Secretario: Don Angel Fernández Acción.

Vigo

Titulares:

Presidente: Don Juan José Escolar Calzón.

Vocales: Don Luis Lara Rubido; don José Ramón Vázquez Acuña y don Gerardo Martínez Area. Secretario: Don Francisco Sánchez Fariñas.

Suplentes:

Presidente: Don José Bernardo Rodríguez González.

Vocales: Dña. Mar Chao López; don José Carlos Gómez Martínez y don Jesús Lemos Giráldez. Secretario: Don Fernando Martín Pellicer.

Sevilla

Titulares:

Presidente: Don Cristóbal González-Aller Suevos.

Vocales: Don Antonio Ruiz-Granados López; don Carlos Esquivias Martínez y don Miguel Angel Ruiz-Calderón Martín. Secretario: Don Juan Ignacio Arribas Ruiz-Escribano.

Suplentes:

Presidente: Don Gerardo Gil de Montes.

Vocales: Don Luis Ibarrola López; don José Antonio Távora Palazón y don Ricardo Franco Rioboo. Secretario: Don Fernando Ales Montes.

Cádiz

Titulares:

Presidente: Don Pedro de Frutos Garcóa.

Vocales: Don Albino Pardo Rodríguez; don Luis A. Domínguez San Miguel y don Rafael A. Ponce Calvo. Secretario: Don Francisco José Hernández Gutiérrez.

Suplentes:

Presidente: Don Serafín Muñoz Alvarez.

Vocales: Don J. Agustín Romero Gago; don Pelayo Infante Domínguez y don Carlos Valle Palacios. Secretario: Don Juan Antonio Cruz Rodríguez.

Valencia

Titulares:

Presidente: Don Felipe Cano Navarro.

Vocales: Don Néstor Martínez Roger; don Tomás Navarro Alonso y don Fernando Hermida Castro. Secretario: Don Francisco Sánchez Fariñas.

Suplentes:

Presidente: Don Ricardo Catalá Fabregat.

Vocales: Don Luis Misas Maestro; don Juan Antonio Carmona Sánchez y don Manuel Julio Menéndez Suárez. Secretario: Don Francisco Aragonés Carrión.

Arguineguín-Santa Agueda

Titulares:

Presidente: Don Pedro Mederos Martín.

Vocales: Don José Antonio Nelson Santana; don Pedro Loyola Pérez y don Gregorio Darias Álvarez. Secretario: Don Francisco Ramos Corona.

Suplentes:

Presidente: Don Juan Mederos González.

Vocales: Don José Antonio Nelson Santana; don Alvaro Cáceres Rodríguez y don Antonio Naranjo Cabrera. Secretario: Don Andrés Real-Arce Valido.

Requejada-Ría de San Martín de la Arena

Titulares:

Presidente: Don Francisco López-Dóriga Saínz-Trápaga.

Vocales: Don Julio Cabrero Carral; don Alfredo Cuervas Mons y don Juan Cuesta Fernández. Secretario: Don Juan Ignacio Arribas Ruiz-Escribano.

Suplentes:

Presidente: Don José Luis Gamboa Alegría.

Vocales: Don Julio Cabrero Ibáñez; don Emilio Martínez Agudo y don José Antonio Arce Llata. Secretario: Don Carlos Lalinde Pérez.

Décimo.-Segunda parte de las pruebas: La fecha y lugar de celebración de los ejercicios será la que se indique en el apartado octavo, salvo que por fuerza mayor, el Presidente del Órgano establezca otras fechas que deberán tener la misma publicidad.

Antes de la celebración de los ejercicios se comunicará por parte del Órgano las condiciones de realización y la fecha tope de publicación de resultados, repitiéndose el mismo proceso para el segundo ejercicio. Undécimo.-Certificaciones, período de prácticas y habilitación: En un plazo no mayor de diez días desde la celebración del segundo ejercicio, el tribunal publicará las listas con los resultados obtenidos por cada uno de los aspirantes, y la remitirá a la Dirección General de la Marina Mercante, que emitirá la certificación prevista en el artículo 14 del Reglamento General de Practicaje, señalará el período de prácticas correspondiente a cada caso, teniendo en cuenta lo que al respecto señala el artículo 16. 4, y estará en lo que a habilitación y nombramiento dispone el mencionado Reglamento. Duodécimo.-Los aspirantes que hayan superado la primera parte de las pruebas, así como aquellos que la superaron en anteriores convocatorias, conservarán la calificación obtenida en las mismas durante cinco años a contar desde la fecha de publicación del tercer ejercicio de las pruebas celebradas en Madrid. Decimotercero.-Los aspirantes que hayan superado la segunda parte de las pruebas realizadas en los respectivos puertos, conservarán el aprobado hasta que haya sido cubierta la plaza o plazas convocadas en esta Resolución, mediante la correspondiente habilitación por la Dirección General y nombramiento como Prácticos de Puerto por la Autoridad Portuaria.

Disposición final.

La presente Resolución y cuantos actos administrativos se deriven de ella podrán ser impugnados de acuerdo con lo establecido en la Ley de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 2 de enero de 2006.-El Director General, Felipe Martínez Martínez.

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